Mensajepor lois » Jue Ene 27, 2011 7:08 pm
En principio, si estacionastes en un carril, es denunciable según el art 94 del reglamento gral de circulación, el cual prohibe estacionar en un carril o parte de la via reservado exclusivamente a la circulación, por lo que, aunque no exista señalización específica y salvo que exista alguna otra circunstancia, no se puede estacionar, aunque la calle tenga poco tráfico y sea algo habitual por parte de los vecinos. Pero si se trata de un carril, el primero que comete una infracción es el propio ayuntamiento al colocar en el mismo, dos contenedores de basura, con el riesgo que eso supone para los vehículos, que no esperan encontrarse ese obstáculo en el carril, aunque habria que ver si existe alguna regulación municipal para ese cso. Un saludo.