aparcamiento en zona de carga y descarga
Moderador: santander
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ALPH
aparcamiento en zona de carga y descarga
Me han multado en zona de carga y descarga, no estaba presente, cuando he recogido el boletín observo que no han puesto el importe de la multa ni tampoco la hora. Es del ayuntamiento de Elda (Alicante) y envían los boletines a Suma (organismo que se encarga de cobrar por la vía directa) por lo que si espero la notificación para realizar un recurso por defecto de forma, lo mismo el Ayuntamiento ya Lo entregó a Suma y es tarde.
Re: aparcamiento en zona de carga y descarga
Al no estar presente el conductor en el momento de la denuncia, deberian enviar una notificación al titular del vehículo notificándoles la denuncia y pidiéndole que identifique al conductor. Una vez que indique el titular quien conducía, la administración correspondiente debería notificar la infracción al conductor, y este, en el plazo de 20 días, puede pagar con el 50% de descuento o presentar recurso. El que no figure el importe de la sanción en el boletín de denuncia, no es un defecto de forma, ya que este dato no es obligatorio según el art 74 de la ley 18/1989. Un saludo.
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arjuangenil
Re: aparcamiento en zona de carga y descarga
Muchas gracias por informarme
Efectivamente eso han echo, comunicar a la empresa la infracción y darle ese plazo para comunicar que yo era el conductor, el caso es que yo he llamado y les he dicho que al ser un vehiculo a nombre de una empresa(turismo) y venir reflejado en la denuncia el titular como empresa, que ¿como me han denunciado? si yo aparque alli fue para eso descargar unos paquetes y me han dicho que debo de tener una autorizacion expresa del ayuntamiento de granada, y esa es mi cosa, si la empresa trabaja por media andalucia entonces ¿que estoy obligado a pedir a los ayuntamientos de media andalucia autorizacion para utilizar la zona de carga y descarga? no lo veo logico, pues yo soy de cordoba y he llamado al ayuntamiento de cordoba y eso aqui no es necesario, el caso es que si me identifico yo como conductor yo ya no soy trabajador de esa empresa, pues el coche lo compre cuando estaba dado de alta para que me saliera mas economico pero ahora estoy de autonomo como un distribuidor de ellos, si me identifican me puede perjudicar para luego recurrirla?
Esto tiene alguna escapatoria para recurrir algo?
un saludo y muchisimas gracias
juan carlos
Efectivamente eso han echo, comunicar a la empresa la infracción y darle ese plazo para comunicar que yo era el conductor, el caso es que yo he llamado y les he dicho que al ser un vehiculo a nombre de una empresa(turismo) y venir reflejado en la denuncia el titular como empresa, que ¿como me han denunciado? si yo aparque alli fue para eso descargar unos paquetes y me han dicho que debo de tener una autorizacion expresa del ayuntamiento de granada, y esa es mi cosa, si la empresa trabaja por media andalucia entonces ¿que estoy obligado a pedir a los ayuntamientos de media andalucia autorizacion para utilizar la zona de carga y descarga? no lo veo logico, pues yo soy de cordoba y he llamado al ayuntamiento de cordoba y eso aqui no es necesario, el caso es que si me identifico yo como conductor yo ya no soy trabajador de esa empresa, pues el coche lo compre cuando estaba dado de alta para que me saliera mas economico pero ahora estoy de autonomo como un distribuidor de ellos, si me identifican me puede perjudicar para luego recurrirla?
Esto tiene alguna escapatoria para recurrir algo?
un saludo y muchisimas gracias
juan carlos
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arjuangenil
Re: aparcamiento en zona de carga y descarga
lois escribió:Al no estar presente el conductor en el momento de la denuncia, deberian enviar una notificación al titular del vehículo notificándoles la denuncia y pidiéndole que identifique al conductor. Una vez que indique el titular quien conducía, la administración correspondiente debería notificar la infracción al conductor, y este, en el plazo de 20 días, puede pagar con el 50% de descuento o presentar recurso. El que no figure el importe de la sanción en el boletín de denuncia, no es un defecto de forma, ya que este dato no es obligatorio según el art 74 de la ley 18/1989. Un saludo.
Muchas gracias por informarme Lois
Efectivamente eso han echo, comunicar a la empresa la infracción y darle ese plazo para comunicar que yo era el conductor, el caso es que yo he llamado y les he dicho que al ser un vehiculo a nombre de una empresa(turismo) y venir reflejado en la denuncia el titular como empresa, que ¿como me han denunciado? si yo aparque alli fue para eso descargar unos paquetes y me han dicho que debo de tener una autorizacion expresa del ayuntamiento de granada, y esa es mi cosa, si la empresa trabaja por media andalucia entonces ¿que estoy obligado a pedir a los ayuntamientos de media andalucia autorizacion para utilizar la zona de carga y descarga? no lo veo logico, pues yo soy de cordoba y he llamado al ayuntamiento de cordoba y eso aqui no es necesario, el caso es que si me identifico yo como conductor yo ya no soy trabajador de esa empresa, pues el coche lo compre cuando estaba dado de alta para que me saliera mas economico pero ahora estoy de autonomo como un distribuidor de ellos, si me identifican me puede perjudicar para luego recurrirla?
Esto tiene alguna escapatoria para recurrir algo?
un saludo y muchisimas gracias
juan carlos
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