Buenos días,
Quisiera me aconsejaran con el siguiente caso que me sucedió en Cerdanyola del Vallès (BCN).
El día 04.02.11, dejé el coche en doble fila. Un agente local me puso una multa de 200 euros y aparte el coche fue retirado por la grúa.
Dado que tenía razón, acepto pagar la multa, no obstante, creo que no había necesidad de retirarlo con la grúa.
Mi duda es la siguiente: He leído que existe la posibilidad de recurrir la grúa mediante un error producido en la nueva ley de tráfico, artículo 85, que dice:
Artículo 85. Retirada y depósito del vehículo
1. La Autoridad encargada de la gestión del tráfico podrá proceder, si el obligado a ello no lo hiciera, a la retirada del vehículo de la vía y su depósito en el
lugar que se designe en los siguientes casos...(Actualizado a Ley 25/2009)
Según he leído, y cito ""la Autoridad encargada de la gestión del tráfico", un rango que sólo ostenta el alcalde o, por delegación de poderes, el concejal de Tráfico y Seguridad. Nunca los policías."
¿Es viable un recurso, o es pura fantasía?
En el caso de que fuera posible, me podrían decir los pasos a seguir (lugar en el que debo hacerlo, tipo de recurso ya que he visto que existen ESCRITO DE ALEGACIONES, RECURSO ORDINARIO, DE ALZADA, DE REPOSICIÓN...)
Muchas gracias de antemano!
Recurso grúa
Moderador: santander
Re: Recurso grúa
Cuando se modifico la ley de tráfico, quedo reflejado en la misma, ese "error" que rápidamente fue subsanado por la mayoría de ayuntamientos, los cuales delegaron ese potestad en los agentes, para evitar recursos por ese motivo. Si tu ayuntamiento no es de esos, puedes presentar recurso basándote en ese punto de la ley. Lo primero sería presentar un recurso a la autoridad competente en materia de tráfico del ayuntamiento, normalmente al alcalde o concejal de tráfico. Si lo desestiman, recurso de alzada y si siguen desestimándolo, solo queda el contencioso. Suerte. Un saludo.
Re: Recurso grúa
Se me olvidaba: Todo viene muy bien reflejado a partir del Art 70, procedimiento sancionador, de la ley 18/1989 de 25 de julio, boe 178 de bases de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Espero que te sirva. Un saludo.
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