ESTACIONAR CON RIESGO PARA LOS PEATONES

Multas de estacionamiento y zona azul

Moderador: santander

gladiatore
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ESTACIONAR CON RIESGO PARA LOS PEATONES

Mensajepor gladiatore » Mié Abr 25, 2012 1:28 pm

Imagen

Muy buenas,
Pues eso, como veis en la imagen hay un vado que no obstruyo, es una entrada y salida de coches a una especie de aparcamiento privado del centro médico donde me dirigía con un familiar.
Aparte otros coches que tb han invadido la acera para aparcar junto a ese vado y eso es algo habitual y aceptado.
Luego está mi monovolumen VW. Yo paré, no estacioné, para bajar a un discapacitado y llevarle hasta el centro médico que es el edificio que está a la derecha y coloqué la tarjeta de aparcamiento de minsválidos bien visible.
Por otro lado se puede observar que la acera es muy ancha y no dificulto el paso de peatones.
Por supuesto voy a recurrir la multa. Además de alegar que fue una parada y no estacionamiento, me gustaria rebatir el riesgo que me achacan. Sabeis a que precepto me puedo acoger?
Muchas gracias de antemano. Saludos

lois
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Re: ESTACIONAR CON RIESGO PARA LOS PEATONES

Mensajepor lois » Jue Abr 26, 2012 4:44 pm

En el momento que abandonas el vehículo, pasa a ser estacionamiento, independientemente del tiempo que transcurra. El Art 94 del reglamento de circulación, prohibe la parada en zonas de la vía destinada al uso de otros usuarios, y al acera está destinada al uso de los peatones, y el mismo artículo, prohibe estacionar en las aceras. Que sea algo habitual y aceptado por los conductores no significa que sea legal y que no se pueda denunciar. Si presentas las alegaciones y no las aceptan, tendrás que abonar el importe íntegro de la denuncia. Suerte. Un saludo.

gladiatore
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Re: ESTACIONAR CON RIESGO PARA LOS PEATONES

Mensajepor gladiatore » Vie Abr 27, 2012 9:40 am

Gracias Lois por responder.
Una duda, me aconsejais aportar esa foto como prueba de que estaba en una zona de paso de vehículos a ver si al menos desestimen el riesgo para los peatones???
Un saludo cordial

invitado 123
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Re: ESTACIONAR CON RIESGO PARA LOS PEATONES

Mensajepor invitado 123 » Sab Abr 28, 2012 9:06 am

Hola Gladiatore,

La excusas no son buenas y con todos los respetos pero creo que hay algo que estás enfocando mal. Tú has estacionado mal el vehículo sea para lo que sea, el que te ha denunciado no tiene una bola de cristal para saber que has ido a hacer. Partiendo de esa base, ahora tienes que justificar porqué lo has hecho, pero recuerda!! no lo has hecho bien.
Según lo que te comenta Lois me imagino que ya no piensas que es una parada, sino como es posible que tú estés en el interior del vehículo y veas como te están denunciando?
Lo que tienes que hacer es explicar por qué lo hiciste, si lo creen conveniente te retiraran la multa.

Y recuerda todos nos equivocamos, yo el primero. Seguro que la próxima vez lo haremos mejor.

Un saludo.

Pi_p
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Re: ESTACIONAR CON RIESGO PARA LOS PEATONES

Mensajepor Pi_p » Mar May 22, 2012 8:05 pm

Bueno Gladiatore , creo que te vas a tropezar en tu recurso con algo bien precido a mi caso . Veras en principio la parada sobre la hacera no esta prohibida , si estandolo cuando se obstaculiza el trafico , o a los peatones , no estando permitido el estacionamiento , ni el circular sobre estas. Tu verdaderamente has estacionado hay, puesto que abandonas el vehiculo.
Pero si hay una cosa interesante a la hora de calificar tu infraccion como "grave" ya que si no obstaculizas ni constituyes riesgo ( hay una normativa clara que dice donde y cuando se obstaculiza) deberia ser considerada como infraccion leve, Mira ve a mirar que dice la ordenanza municipal de tu ciudad, y si hay no se recoge o se modifican los puntos que se refieren a las paradas (prohibiendo estas en toda zona peatonal ) ; ni tampoco se a agravado en ella la sancion por aparcar pisando la zona peatonal , pues justifica que no obstaculizabas el paso y haz constar que es un tipo de infraccion leve. Bueno leete esa ordenanza municipal y comparala con el reglamento general. Seguramente descubriras que han modificado tanto lo referente a las paradas incluyendolo como sancion grave , y veras que tambien han incluido como grave el estacionar pisando la acera , ya sea obstaculizando o sin obstaculizar.
Me da la impresion tendras que pagar esta sancion.

A estacionar sobre aceras se refiere concretamente el Art. 94.2 E del R.G.C. ( tiene su articulado que te lo desarrolla) la ordenanza busca en paginas del ayuntamiento deberia de estar completa. Bueno si me equivoco espero me corrijan

Un saludo


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