recurso multa aparcamiento

Multas de estacionamiento y zona azul

Moderador: santander

Pi_p
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recurso multa aparcamiento

Mensajepor Pi_p » Mié May 09, 2012 7:27 pm

Hola me he registrado aqui por si alguien puede ayudarme, gracias. Explico el tema: tengo que redactar un recurso de alegaciones ya mismo , es para mi y 42 denunciados mas. Se nos denuncio de madrugada en un aparcamiento por pisar el acerado con dos ruedas laterales, donde no existen vados, no se ebtaculiza la circulacion de peatones ni vehiculos, ni existe paso rebajado para minusvalido ni peaton , el acerado tiene como 4m de ancho y no existen viviendas pegadas a el.

El tema es que se nos denuncia con caracter grave, pero nosotros entendemos que corresponde a infraccion leve y citamos para ello otras sanciones puestas exactamente en el mismo sitio. Explico seguidamente los dos tipos de sanciones para no repetirme:


Segun ordenanza municipal:

“Estacionar obstaculizando gravemente la circulación o constituyendo riesgo para el resto de usuarios (Artículo 27)” y “Estacionar en zona de parada o estacionamiento de transporte público o Estacionar en una Vía de Alta Ocupación
"ART . 94.2 E RGC " ( Esta es la que nos cascan)


(Artículo 28.1). El resto de denuncias por estacionamiento indebido deberán ser sancionadas con denuncias multas de hasta 90 euros. " ( Y este articulo es el que creemos coresponde nos hubiesen denunciado).


Parece bien sencillo que poner en el pliego de aleaciones , pero... problema : " ART. 94.2 E RGC " por el que se nos sanciona resulta que no corresponde tampoco a ninguna infraccion grave , no lo refleja su articulo ni tampoco en su desarrollo "que yo sepa". Aqui se utiliza ese articulo como infraccion "grave 200" cuando segun el RGC es de calificacion "leve."

La verdad no entiendo esto puesto que se que todas las sanciones en mi ciudad se ponen asi. Y ya que no he conseguido completo el cuadro de sanciones municipal , ni tampoco en la Policia Local me explicaron Pues me encontre pensando si deberia ya pedir explicaciones por todas las denuncias de este municipo Total somos 42 vecinos denunciados, alguien nos hara caso.

MI PREGUNTA : por que se refleja este articulo ART 94.2 e RGC como infraccion grave.


Gracias de antemano y espero puedan ayudarme

lois
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor lois » Mié May 09, 2012 11:45 pm

Veamos, si yo no entiendo mal, te han denunciado en base a una ordenanza municipal ¿No?, relacionado con el Art 94-2-E del RGC. Si es así, el citado Art. del reglamento dice que:"Queda prohibido estacionar en los siguientes casos:
e.- Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas el paso de peatones."
Mientras que el Art 65 de la ley 18/1989 de 25 de julio (BOE 175) de bases sobre tráfico, circulaciónde vehículos a motor y seguridad vial, indica en su apartado 4 que: Serán infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductoas tipificadas en esta Ley referidas a:
- Parar o ESTACIONAR en el carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones, o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones.".
En base a esto, estacionar encima de la acera, está considerado por el reglamento, una infracción grave, con una sanción económica de 200€. Quizás hallas visto algún reglamento antiguo, con otra calificación de la infracción, pero a día de hoy, es infracción grave. Podeis presentar recurso, pero de forma individual, y seguramente, el agente se ratificará en la denuncia, con lo cual desestimarán el recurso. Pero es un derecho que existe y del cual puede hacerse uso. Suerte. Un saludo.

Pi_p
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor Pi_p » Vie May 11, 2012 12:12 am

Muchisimas gracias Lois por tu pronta ayuda. Veras para no alargarme mucho en ese articulo en si no recoge como grave el estacionar sin obstaculizar, Ahora si entendi el problema ya que he podido obtener completa la ordenanza municipal. Veras tengo hasta tres tipos de infracciones en el mismo lugar , todas se refieren al mismo articulo y ninguna deberia de ser grave , tanto si eres sancionado por ocupar parte de la calzada ; como si eres sancionado por pisar la acera
( sin obstaculizar ) ; El problema es un poco lioso de explicar Resulta que la ordenanza municipal, toma en uno de sus puntos por grave el estacionar en cualquier parte donde este prohibido la parada , en principio en zona peatonal y aceras no esta prohibido la parada , si estando el aparcamiento y el circular por ellas. Pero este regalamento tambien prohibe la parada Por lo que resulta que TODAS LAS MULTAS de aparcamiento en mi municipio se consideran como graves, excepto las de zona azul.

Los agentes al sancionar , suelen sancionar por parar ocupando la calzada para que asi figure como Leve y no ponerte Grave, cosa que agradecemos. Me esta haciendo un lio esto verdaderamente segun ordenanza municipal no existe denuncia de aparcamiento que sea leve Excepto zona azul.

Somos un colectivo grande quien estamos reclamando esto y claro no se bien hasta donde podriamos reclamar. Por mi parte creo que la ordenanza municipal en dos puntos no esta bien y entra en conflicto con el RGT. La policia Local se a empeñado en seguir adelante y no atender ni dar explicaciones, y el Alcalde exactamente igual.

MultaMan
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor MultaMan » Vie May 11, 2012 12:52 am

Pi_p escribió:Muchisimas gracias Lois por tu pronta ayuda. Veras para no alargarme mucho en ese articulo en si no recoge como grave el estacionar sin obstaculizar, Ahora si entendi el problema ya que he podido obtener completa la ordenanza municipal. Veras tengo hasta tres tipos de infracciones en el mismo lugar , todas se refieren al mismo articulo y ninguna deberia de ser grave , tanto si eres sancionado por ocupar parte de la calzada ; como si eres sancionado por pisar la acera
( sin obstaculizar ) ; El problema es un poco lioso de explicar Resulta que la ordenanza municipal, toma en uno de sus puntos por grave el estacionar en cualquier parte donde este prohibido la parada , en principio en zona peatonal y aceras no esta prohibido la parada , si estando el aparcamiento y el circular por ellas. Pero este regalamento tambien prohibe la parada Por lo que resulta que TODAS LAS MULTAS de aparcamiento en mi municipio se consideran como graves, excepto las de zona azul.

Los agentes al sancionar , suelen sancionar por parar ocupando la calzada para que asi figure como Leve y no ponerte Grave, cosa que agradecemos. Me esta haciendo un lio esto verdaderamente segun ordenanza municipal no existe denuncia de aparcamiento que sea leve Excepto zona azul.

Somos un colectivo grande quien estamos reclamando esto y claro no se bien hasta donde podriamos reclamar. Por mi parte creo que la ordenanza municipal en dos puntos no esta bien y entra en conflicto con el RGT. La policia Local se a empeñado en seguir adelante y no atender ni dar explicaciones, y el Alcalde exactamente igual.

Pero para poder llegar a estacionar en una acera o zona peatonal entiendo que previamente has tenido que circular por ella, es una cuestión física de lógica pura... En base a esto entiendo que la infracción deviene en grave "per se" ya que, como nos indicas, el hecho de circular por la acera o por la zona peatonal es una infracción calificada como grave.

Efectivamente, desde la última reforma el resultado real y tangible es que la mayoría de las infracciones acaban calificándose como graves, basta ver el manual de los instructores de expedientes sancionadores para observar que si tiene, por poner un ejemplo, 10 páginas, aproximadamente 2 corresponderían a infracciones leves y el resto a graves (la mayoría) y muy graves y es más, las más comunes y cotidianas, como son los estacionamientos antireglamentarios dentro de las ciudades, en la mayor parte de sus formas, acaban resultando como infracciones graves. Desde luego si los Agentes consiguen denunciar de manera que el instructor del expediente considere incoar el mismo empleando la calificación de leve, es algo digno de elogio porque tal y como están a día de hoy las normativas, o la descripción no se ajusta fielmente al hecho observado o se hace un buen encaje de bolillos para poder interpretarla como leve por lo cual ya digo que es de agradecer, al menos por parte de los infractores.

Como bien te ha dicho Lois, las reclamaciones tendrán que ser personales, al igual que lo han sido las denuncias, no está contemplado en la Ley de Procedimiento Administrativo Común la interposición de una única alegación para varios expedientes individuales y independientes.

Yo creo que te estás complicando demasiado la vida y dándole vueltas a una cuestión que difícilmente va a dar los frutos que buscas en la vía administrativa, una cuestión como la que planteas se podría pelear en el Contencioso (si acaso hubiera base legal bastante, que eso habría que estudiarlo acudiendo a la Ordenanza correspondiente, que es la que desarrolla los Reglamentos y a la que se debe acudir para cuestiones de tráfico dentro de los municipios a los que afecte) pero en vía administrativa ordinaria como te comentan, llegará al Agente y éste no hará sino ratificarse ya que él únicamente tipifica la infracción y su palabra da fe de la comisión de la misma.

Pi_p
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor Pi_p » Mar May 15, 2012 1:16 am

Muchisimas gracias a los dos, finalmente nos hemos visto perdidos ya que ni Policia Local , ni ayuntamiento atiende a modificar esas denuncias, sinceramente para mi la ordenanza municipal esta hecha con mala leche solo deja lugar a llevarla al contencioso.

Bueno si alguno es abogado o tiene curiosisdad por ver donde pienso se esta llevando a confusion , engaño ... esta ordenanza , con el R.G.C. se lo envio por correo , yo de todas formas junto con todos los denunciados nos hemos quedado con la impotencia de que nos han venido a robar descaradamente.

Hemos denunciado este abuso en Prensa en varios periodicos , pero bueno no he podido hacer nada mas.

MultaMan
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor MultaMan » Mar May 15, 2012 2:41 am

Esté hecha la Ordenanza con mala leche o no mala leche, la mejor opción para evitar estos malos tragos es cumplirla, es como el que viaja a un país en el que las normas, desde un pensamiento propio de otra región o país, se ven totalmente absurdas e injustas, puede que así lo sean o así nos parezcan desde nuestra cultura pero la única manera que tenemos de no tener problemas con ellas, es cumplirlas.

Pi_p
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor Pi_p » Mar May 15, 2012 3:50 am

MultaMan Te recuerdo este hecho como este hecho el R.G.C. la ordenanza municipal se tiene que zeñir a el sea el pais que sea y aqui la ordenanza municipal pone lo que le da la gana. Para atacar esa ordenanzas existen recursos , y esten hechos esos recursos con mala o buena leche , lo que se resuelva de ellos hay que cumplirlo , vayas al pais que vayas,..................... y asi podemos seguir. La ordenanza municipal tiene que atender a lo que dice la LSV. y su R.G.C. otra cosa es que espabilaos y corruptos les guste robarnos y envien a sus matones a perpetrar esos robos para no perder su plus de productividad. Hay que cumplir hay mucho agradecio en la Policia Local y se puede decir que son como familia vamos o familia directamente mejor dicho.

MultaMan
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor MultaMan » Mar May 15, 2012 1:37 pm

No es necesario que me recuerdes nada, estoy al tanto de estas cuestiones legales. Yo sí te puedo recordar que el desconocimiento de la norma no te exime del deber de cumplirla. Dicho esto te responderé a las cuestiones legales, que es lo que realmente interesa, los comentarios absurdos y resultantes de una pataleta los obviaré. Las Ordenanzas Municipales, en este caso la de Circulación, Vialidad o como quiera que la denomine el Municipio correspondiente, pueden desarrollar normas de rango superior a las que se deban y en las que se basen, en este caso Reglamentos como el de Circulación, Conductores, etc y Normas con rango de Ley, como la de Seguridad Vial. En este desarrollo pueden ser más restrictivas que las normativas superiores jerárquicas que desarrollan pero nunca las podrán contradecir, en la práctica esto quiere decir que, mientras no suponga una contradicción de la norma superior jerárquica a la que se deba, la inferior jerárquica podrá imponer restricciones adicionales en base a preceptos ya regulados por la anterior que no estén expresamente contemplados por ésta. Esto no es dejar de atender a la L.S.V. ni al R.G.C. sino desarrollar el derecho normativo conforme a éste. Siento que estés indignado por lo que te ha sucedido pero, como te digo, ésta es la Ley y para que no te ocurran cosas como ésta no te queda otra que cumplirla y decir sandeces como la que has dicho, lejos de darte la razón, no hace sino quitarte la poca (moral si acaso, porque legal no) que pudieras tener.

Pi_p
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor Pi_p » Mar May 15, 2012 3:20 pm

Gracias Multaman , de todos modos aunque no te ponga aqui exactamente los articulos sigo pensando se contradice con la LSV e induce a confusion , tambien hay un articulo en esta ley donde define que se puede regular en estas ordenanzas, y despues de leerlo sigo pensando igual , mira para no calificarte la verdadera infraccion la policia ha llegado a utilizar hasta cuatro articulos diferentes , justamente en el mismo lugar , cuando verdaderamente corresponde poner la sancion de mayor cuantia, evitando asi esta sancion en concreto.Bueno solo podemos hacer consultar a un abogado pero como no podemos llegar mucho mas lejos te tengo que dar toda la razon por que soy completamente ignorante en cuestion legal y no puedo llegar a mucho mas. Aresignarse y pagar me nos queda. Gracias

Pi_p
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor Pi_p » Mar May 15, 2012 3:50 pm

Es mas hasta hace bien poco esa parcela donde se hubica el aparcamiento era de propiedad privada , cosa que desconozco si aun sigue siendolo, siendo asi no podria sancionar a nadie. Pero como ya te digo nos plantamos aqui , por desconocimiento no puedo hacer mas. Gracias por haber invertido parte de tu tiempo en atenderme MultaMan.

MultaMan
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor MultaMan » Mar May 15, 2012 5:36 pm

El Agente de Policía lo que suele hacer es una narración sucinta del hecho que motiva la infracción susceptible de multa y es el instructor del expediente sancionador quien incoa dicho expediente y lo transforma en la propia multa, es decir, el Agente denuncia un hecho que, en base a su propio criterio que debe de estar a su vez basado en la legislación vigente, supone una infracción a alguna de las normativas aplicables. Esto en la práctica implica que haya ocasiones en las que un mismo hecho pueda suponer distinas infracciones, según cómo se redacte la denuncia y que pueden estar o no gravadas con la misma cuantía y ésto suele ser a menudo motivo de recurso. Como ejemplo ponerte el estacionamiento sobre la acera, que creo que ya expuse en su momento en algún otro post, hay municipios en los que en la calificación de las infracciones tienen diferente tipificación según se documente que el vehículo está estacionado en una zona peatonal o en la acera. El hecho es el mismo pero una diferente (que no incorrecta) redacción del hecho denunciado hace que el instructor incoe el expediente en base a dos tipos diferentes que, como digo, pueden estar también gravados con cuantías de multa diferentes. Y en cambio si nos vamos a la Ley y a sus definiciones, sin transcribirlas puedo decirte que la acera tiene una definición específica en lo que a su composición física se refiere y posteriormente en la definición de zona peatonal se hace constar que las aceras se comprenden dentro de las zonas peatonales con lo que la denuncia puede estar igual de bien tramitada exponiendo cualquiera de los dos conceptos.

Respecto a la denuncia en zonas de titularidad privada, es un tema que también se ha tratado en el foro pero vamos, comentarte que es perfectamente denunciable con independencia de la titularidad si el uso sigue siendo público, es decir, que no está sustraída esa parte de terreno de ninguna forma de la parte de terreno de titularidad y uso público y puede ser utilizada por una colectividad indeterminada de usuarios. Un saludo y no hay de qué.

jomache
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor jomache » Mié May 23, 2012 11:08 am

Hola al foro. Voy a poner un recurso por una multa GRAVE (200 euros, una pasada) por "ESTACIONAR SOBRE LA ACERA". Voy a fundamentar en una tipificacion incorrecta. LO adecuado es tipificar la infraccion como LEVE. Creo que la mera referencia por parte de los agernte denunciantes O INSTRUCTOR al art 65, no es suficiente, es necesario indicar por parte de los agentes que conducta genera un riesgo para los peatones(por ejemplo, aparcar sobre paso de peatones, impedir o obstaculizar el paso de peatones, o similares) pero el mero hecho de aparcar sobre una acera no genera de forma necesaria ni mucho menos de forma automática un riesgo para los peatones. En otro caso , estariamos en pura indefensión...
A ver si algún abogado me ayuda...., se agradecen respuestas
Gracias y un saludo.
PD: Asombrosamente tambien, me ha venido a notificar la multa de mi ayuntamiento, Dos Hermanas (Sevilla), un empleado de una empresa privada " El Gaucho Veloz", "gestionador" de ese servicio del Ayto, y que mantenía que el era suficiente para dar fe de que de me negaba a recibir la notificacíon ( según decía, no hace falta funcionario, empleado de correos), y continuar con el procedimiento. Me parce ademas de asombroso, ilegal, si quiere desde su oficina puede poner que todos los ciudadanos nos negamos a recibir sus notificaciones ¿puede ayudartme alguien".

Pi_p
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor Pi_p » Vie May 25, 2012 3:19 am

Te animo a que lo hagas pero si te aviso, que no te vas a quitar la multa exponiendo eso en escrito de alegaciones ni nada. Hay que atacar a la ordenanza municipal. Por legislar o regular con un afan recaudativo , Bueno te comento: lo primero que te hace falta es conocer la ordenanza municipal de trafico, de tu municipio ( la que este en vigor de este año ). Leerla bien en los puntos donde te estan sancionando, y comparar que dice el R.G.C.
El reglamento verdaderamente no califica esta infraccion como grave.

Tambien te recomiendo leas bien los apartados referente a "Paradas" ya que seguramente tambien difiera un poco del RGC pudiendo esto afectar a la hora de sancionar el aparcamiento. Bueno si te puedes permitir el ir a un contencioso y hacerlo bien, animo por que yo pienso igual que tu : " Se estan aprovechando asi muchisimos municipios".

Pi_p
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor Pi_p » Dom Jul 29, 2012 4:51 pm

Bueno, solo comunicar aunque costo su tiempo , mi sancion nunca me a sido entregada , ni a mi , ni a las poquitas personas que seguimos adelante pensando en recurrir la ordenanza municipal. Casi todo el mundo se echo atras y pago la multa renunciando a recurrirla. Vamos nos abandonaron, asi que bueno seguiran cascando 200 euros , ya vere que hago si vuelven a ponerme otra, por ahora de esta me libre.

poliport
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Re: recurso multa aparcamiento

Mensajepor poliport » Lun Jul 30, 2012 6:49 am

Es agradable el ver como alguien informa de como quedó el asunto y no sólo se utiliza el foro para evitar la sanción.
Saludos.


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