Interrupcion de la prescripcion

Multas de estacionamiento y zona azul

Moderador: santander

sebastianlorca
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Interrupcion de la prescripcion

Mensajepor sebastianlorca » Jue Sep 20, 2012 5:19 pm

Tengo una duda en materia de prescripcion , las infracciones graves prescriben a los 6 meses .
La infraccion se comete el 16 de junio y no se tiene conocimiento de ella hasta el 12 de septiembre mediante publicacion en el bop , cierto es que el 22 de agosto me llama un antiguo compañero de piso y me dice que en el buzon de su casa hay un aviso de correos , yo vivi hace años en esa casa pero actualmente no es ni mi domicilio y ni mucho menos la direccion que consta en mi carnet de conducir.
Desde el dia 12 de septiembre tengo 20 dias para identificar al conductor , puesto que han transcurrido ya unos meses desde la comisión de la infracción estoy pensando identificar a un tercero e intentar ganar la pescripcion .
Mi duda viene con la interrupcion de la prescripcion , entiendo que con la publicacion en el bop y al identificar yo al conductor estoy dando por buena la notificacion ( pese a que entiendo que los intentos de notificacion son claramente nulos pues lo han sido en un domicilio distinto al que consta en la direccion general de trafico ) pero la duda es desde cuando se interrumpio la prescripcion ???

se interrumpio al publicarse o sea el 12 de septiembre o se interrumpio con el primer intento de notificacion por ejemplo el dia 21 de agosto a pesar que dicho intento debio ser nulo ?? Debemos entender que al menos el periodo del 16 de junio al 21 de agosto si debe computar a efectos de la prescripcion en tanto en cuanto anteriormente no se hizo ningun intento de notificacion y ahora el plazo volvera a contar desde que la administracion conozca que el conductor es distinto del publicado en bop.

Es asi como se aplica la interrupcion de la precripcion ??

saludos

lois
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Registrado: Mié May 19, 2010 7:42 pm

Re: Interrupcion de la prescripcion

Mensajepor lois » Vie Sep 21, 2012 7:31 pm

Los plazos de prescripción y caducidad, vienen reflejados en el Capítulo VI, Art 92 y siguientes de la ley 18/1989 de 25 de julio, boe Nº 175. Hay se indica los plazos de prescripción, caducidad, y de como funciona la interrupción de la prescipción. Un saludo.


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