Multa aparcamiento en campo-medianera
Publicado: Mar Oct 29, 2013 12:22 am
Hoy me han puesto una multa por mal estacionamiento en medianera, refugio o acera, al lado del Hospital Juan Canalejo de Coruña. La famosa medianera, es un campo lleno de montañas con baches enormes de tierra embarrada, con eucaliptos por medio, donde solo aparcamos 4x4, porque no hay otra forma de poder meterse alli. Siempre han aparcado alli todo este tipo de coches,porque además alli subidos no molestan a nadie, ni de subida,ni de bajada. Hace unos meses la policia local puso una cinta de plastico atada a los eucaliptos para cerrarla, que hoy evidentemente ya no esta, porque ha volado. Alrededor esta todo en obras con un lio de direcciones y los coches no caben apenas por la carretera normal que rodea ambos lados de este campo-medianera, porque es todo un verdadero lio de direcciones y hay coches por todos lados
La saccion ha sido de 200 euros y según creo Según el artículo 65 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, son infracciones de parada o aparcamiento graves: Parar o aparcar en el carril bus, en curvas, zonas de aparcamiento para discapacitados, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, cruces o en cualquier lugar peligroso o en el que se entorpezca de forma grave la circulación o ponga en riesgo a otros vehículos o peatones.
El resto de paradas o estacionamientos prohibidos tendrán la consideración de infracción leve.
Según el artículo 67 de la misma ley antes mencionada Las infracciones leves serán castigadas con multa de tráfico de hasta 100 euros y las graves con multa de tráfico de 200 euros.
Por lo que lo primero es que no sé porque me han puesto una sanción de 200 euros, pues una acera, medianera o refugio o como quieran llamarle a eso, porque hay que verlo para flipar, que no pone en peligro a nadie, no molesta a nadie, porque molestan más los coches que aparcan al lado de las aceras laterales entorpecen más,pues estrechan el paso de subida por la via, supuestamente normal, y yo alli subida no, en lugar, en todo caso de ponerme 100 euros.
y las demás dudas, es que la multa me la han dejado en el parabrisas. Se considera ya notificada? Cuantos días tendría para no perder la bonificacion? Desde el momento de notificacion en domicilio o ya se da por notificada? Si paso de pagarla te retiran el importe con recargo en Hacienda? Compensa recurrir?
Gracias y un saludo
maría
La saccion ha sido de 200 euros y según creo Según el artículo 65 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, son infracciones de parada o aparcamiento graves: Parar o aparcar en el carril bus, en curvas, zonas de aparcamiento para discapacitados, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, cruces o en cualquier lugar peligroso o en el que se entorpezca de forma grave la circulación o ponga en riesgo a otros vehículos o peatones.
El resto de paradas o estacionamientos prohibidos tendrán la consideración de infracción leve.
Según el artículo 67 de la misma ley antes mencionada Las infracciones leves serán castigadas con multa de tráfico de hasta 100 euros y las graves con multa de tráfico de 200 euros.
Por lo que lo primero es que no sé porque me han puesto una sanción de 200 euros, pues una acera, medianera o refugio o como quieran llamarle a eso, porque hay que verlo para flipar, que no pone en peligro a nadie, no molesta a nadie, porque molestan más los coches que aparcan al lado de las aceras laterales entorpecen más,pues estrechan el paso de subida por la via, supuestamente normal, y yo alli subida no, en lugar, en todo caso de ponerme 100 euros.
y las demás dudas, es que la multa me la han dejado en el parabrisas. Se considera ya notificada? Cuantos días tendría para no perder la bonificacion? Desde el momento de notificacion en domicilio o ya se da por notificada? Si paso de pagarla te retiran el importe con recargo en Hacienda? Compensa recurrir?
Gracias y un saludo
maría