Hola! Buenas Tardes.. Noches.. Dias... (según lo lean).
Os escribo porque en la empresa nos sale una duda.
Somos distribuidores de productos de alimentación, todos los "repartidores" que tenemos son AUTÓNOMOS, ellos llegan cargan lo que quieren.. creen que venderán o consideran que necesitan, muchos incluso luego van a otros sitios y cargan por ejemplo latas de coca-cola y o agua... con el peso que ello lleva....
Hace nada pararon a uno de estos repartidores y tenía un exceso de carga, le dijeron que la sanción sería para él... y para nosotros (la empresa) ya que según el agente... su furgón "lleva nuestro logo pintado...." (o eso nos ha dicho el repartidor...)
Se que cuando son transportitas de la empresa pasa esto... que se multa a los dos.... pero si el que carga es una persona autónoma??? también se nos multa a los dos?? no se considera que el autónomo es "su própia empresa"??? si el transportista sale con su furgón y luego carga ladrillos ¿que culpa tengo yo??...
Disculpen tanta molestia y muchas gracias por su atención.
UN SALUDO!!
Sanción por Exceso de Carga AUTÓNOMO..
Re: Sanción por Exceso de Carga AUTÓNOMO..
se sanciona al cargador y al transportista, entonces si el autónomo es cargador la denuncia es para él.-
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