MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Cualquier otro tipo de multa que no se encuentre recogida en los temas anteriores.
MAO

MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor MAO » Mié Mar 26, 2008 3:15 pm

Me ha llegado una multa a casa diciendo que me multan por conducir hablando por el teléfono móvil. Pero a mi en ningún momento me ha parado ningún agente por haberme pillado conduciendo hablando con el móvil.
Como pueden ellos demostrar eso sin foto y sin haberme parado??.
Puedo recurrir esta multa?? o que hago??.
Gracias.

axel
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Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor axel » Jue Mar 27, 2008 9:59 pm

Será tu palabra contra la de él/ella. ¿A quién crees que le darán la razón?. Lo mejor que pagues con descuento. La otra opción es recurrir y recurrir a ver si se pierde el expediente, contestan fuera de plazo o se saltan algún tramite burocrático.

fredito

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor fredito » Vie Mar 28, 2008 7:50 pm

Hola,y como recurres una multa por el móvil

franviga

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor franviga » Dom Mar 30, 2008 11:58 am

Estimado Sr.

En contestación a su consulta le participo que la mejor defensa contra este tipo de infracciones, donde los beneficios económicos por el pronto pago de la multa pueden ser no muy sustanciosos en comparación con el perjuicio que se le puede causar en cuanto a la posible suspensión del permiso y la pérdida de puntos, viene dada precisamente por el hecho de entrar a discutir el fondo del asunto (la infracción propiamente dicha) mediante la presentación de alegaciones y proposición de pruebas (en los 15 días hábiles siguientes a la notificación del boletín) y mediante la presentación del correspondiente recurso hasta agotar la vía administrativa, y ello por muchas razones.
En primer lugar, por el alargamiento del procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, lo quepuede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción (6 meses) o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).
En segundo lugar, porque en muchas ocasiones las sanciones son desproporcionadas y no respetan los criterios legales de graduación de las mismas (p. ej., es común que a un conductor sin antecedentes infractores o cuya infracción no ha puesto en peligro la seguridad, como es el caso, la Administración, en lugar de imponer el mínimo legal -91 euros-, lo sobrepasa hasta la mitad o más incluso), por lo que no recurrir a tiempo poniendo de manifiesto a la Administración las circunstancias que justifican una sanción menor supone asumir una sanción a todas luces fuera de la proporcionalidad que exige la Ley.
Finalmente, no hacer nada o pagar anticipadamente con la bonificación del 30% supone muchas veces pagar más dinero de lo que se debería y conformarse con la suspensión del permiso propuesta y, lo que puede ser incluso más importante, con la pérdida de los puntos propuestos (4), sobre todo si se tiene en cuenta que solamente hay 12 puntos disponibles y que si el titular del permiso se queda sin puntos pierde el permiso sin posibilidad de obtener uno nuevo hasta transcurridos 6 meses (3 meses para conductores profesionales) o 12 meses (6 meses para conductores profesionales) la segunda vez, para lo cual se deberán abonar, realizar y superar los correspondientes cursos de hasta 30 horas de duración.

En su caso, por tanto, la mejor opción es recurrir a tiempo.

Para cualquier duda, sugerencia o aclaración puede visitar www.+++PUBLICIDAD NO ACEPTADA++++

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

nena

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor nena » Jue Jun 05, 2008 2:40 pm

Hola,
He decidido escribior aqui para saber si alguien me podia hechar un cable.
Me han puesto un multas por hablar por el movil, pero a mi ni si quiera me pararon, he sabido de dicha multa hace dos dias cuando la recibi por correo.
En ella pone que el motivo de la multa es el de utilizar dispositivos de telefonía móvil que requieren la intervención manual del conductor. Y el motivo por el cual no se indentificó al conductor: Ausencia del conductor.
Es lo que no tiene lógica si el conductor está ausente no puede ir conduciendo ni hablando por telefono.
Por favor si alguien puede ayudarme se lo agradecería.

Muchas gracias.

m.r.f.

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor m.r.f. » Lun Jul 07, 2008 7:29 am

A mi tambien me ha llegado por correo hablar con el móvil, no se me para por Servicio preferente de los agentes, y que identifique al conductor. Mi pregunta es? Tienen la obligación de pararte y notificarte? O simplemente con coger la matricula, te pueden enviar la sanción por correo? Y más aún por el lugar donde me comunican que he cometido la infración no lo conozco, no he pasado nunca... Me siento impotente sin saber que hacer. De momento he enviado la identificación del conductor porque no procedian las alegaciones, cuando definitivamente venga ¿ En base a que debo recurrir? Gracias

axel
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Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor axel » Jue Jul 17, 2008 10:02 pm

Pues te contesto lo mismo que a MAO. Es lo que digas tú contra lo que diga el policía/guardia que te denunció. ¿A quién crees que le van a hacer más caso?.

Con decir que iban en servicio preferente no tienen que pararte. Podrías solicitar que servicio era y que se justifique. Pero dudo mucho que vayan a darte esa información.

Antes "tragaban" al identificar a un extranjero.

Cubui

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor Cubui » Mar Sep 09, 2008 1:27 am

Hola, de antemano un saludo foreros
Me encuentro en una situacion desagradable, me acaban de poner una multa por supuestamenete manejar el movil o otro dispositivo
Me han parado y me han dado el papelito ese el cual no he firmado, en el cual la matricula hay una letra que falla y el lugar tambien
Que tengo que hacer?Recurrirla seguro pero de que forma?
Porque evidentemente no pienso pagar porque no e utilizado nada y me toca la moral
Puedo pedir a mi compañia movistar un status de llamadas de todo tipo entrantes, salientes?
Esque me parece de coña que me multen cuando no es cierto, es mas me podrian haber multado porque llevo un faro fundido y lo hacen por algo que no han podido ver

Un Afectado por el agente 121 (como se llamará en realidad, el loco?)

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor Un Afectado por el agente 121 (como se llamará en realidad, el loco?) » Vie Sep 26, 2008 11:23 am

Al agente Nº 121 de la policia local de Elche.

La norma está para aplicarla, pero no como lo hace usted, seño agente 121, sin base y sin sentido común.
Conducir un vehículo de motor a una velocidad alta y hablar por el movil es una irresponsabilidad, yo soy el primero en admitirlo y censurarlo, pero hablar por el movil en un parking mientras se busca aparcamiento, no creo q sea ni siquiera para el más mal pensado agente local una simple menudencia, después de ver como están las carreteras de borrachos al volante.

Es más, denunciar a alguien, y mentir en la denuncia es ya algo despreciable.
como es posible que según su denuncia "EL CONDUCTOR NO VE LAS SEÑALES DE ALTO DE LOS AGENTES" no será más fácil q no las hiciera usted o que no estuviera adecuadamente prestando su servicio de policia por el cual yo le pago su sueldo.

Cuando alguien está aparcando no se les escapa, es más cuando da bastantes vueltas a la zona de aparcamiento para encontar hueco, es más cuando yo si veo algún tipo de señales pararía de inmediato.

Señor agente 121 de la policia local de elche, no está bien mentir en las denuncias, usted no me dio el alto ni cosa que se le parezca, es más no estaba ni visible en la carretera, es más no estaba ni en su coche patrulla no encendió las luces de su vehículo, no hizo ni el más mínimo gesto de darme el alto, es más no estaba ni cerca de mi vehículo. Por lo tanto no se como vio que yo estaba hablando por el movil.

Todo esto se desprende por que el area en el que supuestamente sucedieron los hechos no es una carretera, sinó un area cerrada donde los conductores buscan estacionamiento, facilmente se le puede dar el ALTO a un conductor... usted que piensa?


Todo esto es lamentable señor agente 121 de la policia Local de Elche

Revise si tiene razón, haga un ejercicio de responsabilidad, revise si su función fue realizada correctamente y por la cual yo le pago su sueldo y después hablamos...

josele

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor josele » Vie Oct 24, 2008 2:10 pm

Me han multado por hablar por el movil, pero estando el coche a mi nombre la multa a llegado a nombre del anterior propietario que era mi padre. ¿Que debo hacer? ¿Hay posibilidad de no pagarla? (Me llevo la leccion bien aprendida de no usar el movil mientras conduzco....)

j

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor j » Jue Feb 05, 2009 11:12 pm

A mi me han multado y no he hablado por el movil simplemente le discrepe al agente su mala actuacion en un atasco y su respuesta fue multar por usar el movil por que es la forma mal facil de fastidiar al conductor que se rebela

invitado

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor invitado » Vie Feb 06, 2009 8:14 am

j escribió:A mi me han multado y no he hablado por el movil simplemente le discrepe al agente su mala actuacion en un atasco y su respuesta fue multar por usar el movil por que es la forma mal facil de fastidiar al conductor que se rebela


las hay mejores a otros como ami nos han mandado a juicio por decirles que si no tenian algo mejor que hacer y creeme que me han echo pagar eso y 300 mas que se inventaron

Invitado

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor Invitado » Lun Abr 13, 2009 5:10 pm

HOLA A TODOS.

hace un rato estaba parado en una cola interminable en una calle de granada y me han llamado al movil. Sin pensarlo lo he cogido y al segundo ha pasado un municipal y me ha dicho:

no sabe usted que esta prohibido hablar por el movil?. si quiere hablar pare y siga hablando.esta usted sancionado. y se ha marchado andando mirando la matricula.
pero si yo estaba parado!en una cola enorme. eso tambien se sanciona?.o es recurrible? o quizas ha sido para acojonarme?.
decidme algo por favor. debo estar tranquilo o seguro que me llega la multa?

gracias

virginia

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor virginia » Mar Jun 02, 2009 1:34 pm

Ayer dia 1 de Junio, me pusieron una multa por hablar por el movil, segun ellos, yo tengo manos libres, y no voy nunca hablando por el movil sin el manos, libres. Demostre al policia que tenia el manos libres, que estaba conectado etc etc mi telefono estaba bloqueado en el momento que me hizo hacer las prubebas, es mas contenia, algunos SMS QUE TUVE QUE QUITAR PARA PODER MARCAR DESDE EL TELEEFONO. Para cuando hicimos las pruebas, ya me habia puesto la multa y no me la quito, aunque en mi fuero interno, estoy convencida que se habia dado cuenta de su equivocación.
No solo la voy a recurrir, si no que llegare al final, me cueste lo que me cueste, no puedo admitir, esa sensación de indefensión, en la que yo le demuestro que tengo manos libres, y el dice que me ha visto como he tirado el telefono de la oreja.
Para mi es algo mas que una multa y que unos puntos, es sentirme en el tercer mundo, donde nada de lo que diga tiene un valor, no hubo testigos de la demos tración del manos libres solo un guardia civil y yo, si realmente quiere multarme que pare a dos testigos, desde ayer, el testimonio de la guardia civil, tiene para mi menos valor que el de cualquier ciudadano, porque me han demostrado, su capacidad de mentir.
Sancionar, sin razón, no dar ninguna alternativa de prueba de lo contrario, cuando yo le dije que mirara el telefono, y el manos libres, equivale a intento de robo, de estafa, falso testimonio o lo que es peor abuso de poder, por la autoridad que tiene obligación a defendernos

invitado

Re: MULTA POR HABLAR CON EL MOVIL

Mensajepor invitado » Jue Jun 04, 2009 9:05 am

y aunque tuvieras testigos iva a dar lo mismo.Bienvenida al club de los que hemos descubierto lo rastreros,miserables y embusteros que pueden llegar a ser por joder a una persona.Podras recurrirla pero acabaras pagando.Su palabra tiene presuncion de veracidad y contra eso NADA podemos hacer
saludos


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