Luz antiniebla sin luz de cruce

Cualquier otro tipo de multa que no se encuentre recogida en los temas anteriores.
korgo

Luz antiniebla sin luz de cruce

Mensajepor korgo » Mié Nov 26, 2008 9:28 am

Os expongo mi caso.
En febrero me pusieron una multa. Las condiciones eran de luz diurna y niebla. Yo llevaba puestas las luces antiniebla delantera y trasera y como acababa de estrenar el coche, por error, llevaba puesta la de posicion en vez de la de cruce. El agente me multo porque aseguro que debia llevar encendidas las luces de cruce siempre que llevase las antiniebla. En la denuncia figura que yo circulaba con luces de posicion y antinieblas.
Hice en el plazo correcto un escrito de alegaciones, pues en el articulo 106.2 se menciona muy claramente: “ 2. En los casos a que se refiere el apartado anterior deberá utilizarse la luz antiniebla delantera o la luz de corto o largo alcance. La luz antiniebla delantera puede utilizarse aislada o simultáneamente con la de corto alcance o, incluso, con la de largo alcance.”
Al cabo de unos meses, entre 3 y 6 recibi una carta en la que decía simplemente "El agente se ratifica". Muy bien, y ami que si lo que puso en la multa sigue sin ser una accion sancionable.
Hace unos dias he recibido una notificación de sanción que me dice que tengo que pagar 100€.
¿Que puedo hacer?. ¿Me contestaron en plazo?. ¿Debo volver a presentar un escrito de alegaciones?. ¿Tengo derecho a tratar con alguien?

Saludos y gracias

invitado

Re: Luz antiniebla sin luz de cruce

Mensajepor invitado » Mié Nov 26, 2008 1:37 pm

el unico derecho lo puedes tener en el contencioso administrativo...tendrias que ir a juicio y te va a salir mas caro que los 100e...porque piensas que desestiman el 99% de los recursos? para eso mismo para que te mueras de asco y al final como te sale mas caro seguir que la multa pues acabas pagando


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