Carnet moto
Publicado: Mar Ago 24, 2010 1:36 pm
por beatriz_x_r
Hola a tod@s,
He decidido registrarme para ver si podeís ayudarme con las siguientes dudas:
1) Si conduces una moto de 200 (Una moto de campo) con carnet de conducir B ¿Qué sanción puedes recibir si te paran?¿Pueden retirarte el carnet de coche?
2) Una moto de esas características puede limirtarse a 125 para que si se pueda conducir con el carnet B ????
Muchas gracias a tdos!!
Re: Carnet moto
Publicado: Mar Ago 24, 2010 5:57 pm
por lois
Vamos a ver:
Si conduces una motocicleta de 200c.c. con el carnet "B", incurres en una infracción al Reglamento Gral de Conductores, Art 1, Apartado 1, Opción 5c: "Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilita para ello". Esto lleva aparejada la pérdida de 4 puntos y un importe de 500 € (250€ con descuento).
Respecto a tu segunda pregunta; Reglamento Gral de Conductores, Artículo 5: CONDICIONES DE EXPEDICIÓN DE LOS PERMISOS DE CONDUCCIÓN.
7) El permiso de las clases B, btp, b+e, c1, c1+e, c, c+e, d1, d1+e, d y d+e NO AUTORIZA a conducir MOTOCICLETAS con o sin sidecar. No obstante, las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antiguedad SUPERIOR A TRES AÑOS, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.
Y ahora nos vamos al Art 4 del Reglamento Gral de Conductores, que dice:
Artículo 4: CLASES DE PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y EDAD REQUERIDA PARA OBTENERLO.:
b) El permiso de la clase A1 autoriza para conducir motocicletas con una cilindrada MÁXIMA de 125cm3, una potencia máxima de 11 kw y una relación potencia/peso máxima de 0.1 Kw/Kg y triciclos de motor cuya potencia máxima NO exceda de 15Kw. La edad mínima para obtenerlo será de 16 años cumplidos.
Creo que esto resuelve tus dudas. Un saludo.
Re: Carnet moto
Publicado: Mar Ago 24, 2010 7:03 pm
por beatriz_x_r
Muchas gracias!!!