Multa después de tener un accidente - recaudatoria

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Gannicus
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Multa después de tener un accidente - recaudatoria

Mensajepor Gannicus » Mié Feb 08, 2012 2:56 pm

Hola a todos.

Os cuento mi experiencia por si a alguno le puede resultar de utilidad o podemos ayudarnos de alguna forma.

Hace varias semanas tuve un accidente FORTUITO que se saldó con importantes daños materiales. Por fortuna nadie sufrió ni un rasguño.
Por supuesto conducía con mi carnet válido en vigor, seguro e ITV al día y 0,0 de alcoholemia.
El coche estaba a todo riesgo con lo cual, aparte del enorme disgusto, realmente la cosa no tuvo demasiada importancia.

La GC se presentó cuando la llamaron, ya habiéndose producido el accidente. Instruyeron atestado, les respondí lo mejor que sabía y ahí quedó la cosa.
Hace unos días me llega una carta intimidatoria anunciándome que o pagaba la multa (200 €) con efecto inmediato, o sería transferida a la ejecutiva, con el apremio, recargo, etcétera...

¿Qué multa? Artículo 46 del R.G.C. No moderar la velocidad.

Empezamos por el final. Pregunto en mi casa si alguien ha cogido o rechazado una notificación de tráfico y la respuesta es negativa.
No obstante, por si acaso, me meto en el "Testra" con mi certificado digital y veo que no tengo ninguna denuncia pendiente.
Me acerco a la J.P.T. y me confirman que, en efecto, no se me ha notificado. Ni en mano, ni por boletín, ni por edicto. Nada de nada.
¡Vaya! Para notificarme son bastante ineficientes, pero para pasársela a la ejecutiva no han perdido ni un segundo.

Naturalmente lo hago constar por registro y solicito que me la notifiquen.

Si me la envían, que está por ver, lo primero que diré será que me retracto de todo aquello que pudiera haberle dicho al agente que redactó el atestado afirmando, por el contrario, que no cometí ninguna infracción ni imprudencia.
Por tanto, me acojo a la presunción de inocencia y al derecho a no declarar contra mí mismo. Sólo faltaría que usasen mis palabras en contra mía, cuando acababa de superar un accidente de tráfico y me hallaba en un estado de cierta confusión mental y pude haber dicho cualquier cosa.
Diré que no entendí las preguntas (cierto) y que en ningún momento me informaron de las consecuencias de lo que dijera (igualmente cierto)

En este caso, por si fuera poco, entiendo que no es aplicable la presunción de veracidad del agente, puesto que no estaba presente cuando sucedió el accidente y por tanto ni pudo verme cometer ninguna infracción, ni medir la velocidad a la que circulaba.

Me queda perfectamente claro que el único interés que mueve a la D.G.T. es el recaudatorio y que para ello no tiene el menor escrúpulo en saltarse el estado de derecho. Esta herencia de Pere Navarro, espero que María Seguí tenga la verguenza que le faltó a su antecesor y la elimine.

Es más, si alguna vez -Dios no lo quiera- me veo de nuevo implicado en un accidente de tráfico, si puedo no llamaré a la Guardia Civil. Y si vienen y me preguntan, lo único que les diré será "no sé" y "no recuerdo"

MultaMan
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Re: Multa después de tener un accidente - recaudatoria

Mensajepor MultaMan » Mié Feb 08, 2012 5:49 pm

Vamos a ver, que creo que estamos mezclando churras con merinas... Los derechos a los que aludes son los propios de una persona en calidad de detenida, no comentas en ningún momento que hayas estado detenido, no sé qué sentido tiene que empieces a enumerarlos ahora... Tu declaración el día de los hechos fue la que fue y de ella y de otra serie de indicios y evidencias, que muy probablemente cincidan con la susodicha declaración, se obtiene una serie de conclusiones, entre ellas el motivo del accidente y en este caso, como en la inmensa mayoría, media una infracción y como tal ha sido denunciada. Está claro que te habría gustado que hubiera sido de otra manera y que de saber con anterioridad que de tu declaración se iba a derivar una sanción, habrías declarado otra cosa, pero las circunstancias fueron las que fueron, no las que te habría gustado que hubiesen sido. En cualquier caso, la Policía no es tonta y de declarar falsamente también se podría haber procedido a denunciarte por no colaborar con la Autoridad en el esclarecimiento de los motivos de un accidente, así que considera que has hecho lo correcto porque así es y que si de tu conducción se deriva una infracción y ésta se denuncia, pues oye, son cosas que pasan y todos nos equivocamos alguna vez... Decir ahora que te retractas de tus palabras de poco o más bien nada va a servir, además tal vez no solo exista tu declaración y, como te digo, habrá más indicios y evidencias para llegar a la conclusión de que se ha cometido una infracción. Por ejemplo, si en un accidente se encuentra una huella de frenada de 100m y el testimonio del implicado indica que iba a 50 Km/h, como comprenderás tiene bien poca credibilidad porque existe una evidencia en contrario, en cambio si dice que iba a 160 Km/h pues tiene más sentido, por mucho que cuando le llegue la multa diga que estaba en estado de sock y que no sabía lo que decía. La presunción de veracidad en este caso queda relegada puesto que el Agente no fue testigo de los hechos pero esta presunción queda sustituída por las pruebas aportadas, como te digo. Por ejemplo en un choque por alcance no es necesaria una presencia directa para saber que el vehículo que colisiona con el que le precede no guarda la distancia mínima de seguridad puesto que el resultado ha sido una colisión, que es precisamente la antítesis de la seguridad y prueba irrefutable de que no se ha respetado la norma. En mi opinión en este caso no se ha saltado ningún estado de derecho y sobre el interés recaudatorio pues eso es una opinión totalmente personal pero considero que infundada en este caso en el que estoy seguro de que la infracción ha mediado o ha originado el accidente, de hecho los accidentes se pueden originar o por infracciones o por averías mecánicas y entiendo que este caso se circunscribe al primero. El tema de los plazos de notificación es otra cuestión, tal vez deberías revisar los domicilios a efectos de notificaciones que constan en las diferentes administraciones y si los tienes actualizados al momento.Ojalá no te vuelvas a ver implicado en un accidente, desde luego no es un hecho agradable para nadie, aún cuando tenemos seguro a todo riesgo, pero menos aún lo es para los que se ven involucrados por negligencias e infracciones de terceros. Colaborar con la Autoridad en el esclarecimiento de los hechos, además de ser nuestra obligación como ciudadanos, debería de ser una obligación moral, claro que hay quien mide la moralidad según el fondo de su bolsillo y quien no admite sus fallos y menos acata las consecuencias legales de los mismos.

Gannicus
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Re: Multa después de tener un accidente - recaudatoria

Mensajepor Gannicus » Mié Feb 08, 2012 8:45 pm

Gracias por tu opinión, Multaman pero no estás siendo objetivo.

La primera cuestión es que una denuncia ha de basarse en un hecho demostrado, no en una suposición por muy plausible que sea.
La segunda es que yo estoy obligado a colaborar con la autoridad y así lo hice, pero no a reconocer nada. Es la autoridad la que tiene que demostrar mi culpabilidad.

Como bien dices, si existiera una huella de frenado de tantos metros habría una evidencia clara pero, en mi caso, no la hubo. Hubo atestado pero no investigación del accidente.
Por esto te digo que, a falta de prueba en contrario, mi palabra vale tanto como la del agente; quién no presenció los hechos.

El punto de vista de la administración, y también el tuyo por lo que veo, es que un accidente siempre ha sido causado por algún tipo de infracción. Esto es incierto.
Sería maravilloso que fuera así: acabamos con los accidentes, acabamos con las infracciones. Pero esto no es así. Puedes tener un accidente porque te han deslumbrado, porque te ha dado un desmayo mientras conducías o por mil cosas o porque una rueda estaba defectuosa. Si se pudieran predecir los accidentes, entonces no serían accidentes.

Desde luego, estoy de acuerdo en que la Guardia Civil no es tonta, están hartos de ver accidentes y se hacen una idea aproximada de lo que ha habido, viendo el estado del coche. Porque un coche (y un conductor) no queda igual después de una colisión si iba a 120 km/h que si iba a 180 km/h. En mi caso, los Guardias Civiles sabían perfectamente en que horquilla de velocidad podría yo haber ido circulando pero nada más. Y por una aproximación, aunque yo involuntariamente se la confirmara, no se puede atribuir la comisión de una infracción.

Como tú dices, las cosas no fueron como a mí me hubiera gustado que fueran, pero tampoco fueron como la administración dice. Eso lo pondré por escrito cuando corresponda.

En cuanto a notificaciones, te recuerdo que fuí a Tráfico personalmente y de haberme intentado notificar, eso quedaría registrado. Y me lo habrían comunicado por edicto. Por tanto, el fallo es de la administración. Eso es claro. Lo de mala fé... es mi opinión y cada vez la de más gente.

¿Moralidad? La que debería dar lecciones es la administración y dejar de considerarnos a los conductores como delincuentes y a la Guardia Civil, que no tiene la culpa, como simple instrumento de recaudación.

MultaMan
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Re: Multa después de tener un accidente - recaudatoria

Mensajepor MultaMan » Jue Feb 09, 2012 12:07 am

Esto es muy sencillo, tú nárrame la secuencia de tu accidente (la real, no una fantasía) y yo te diré, si es que la observo, la infracción cometida, a saber entre las más populares: No mantener la distancia mínima de seguridad, no mantener la atención constante/debida en la conducción, conducción negligente o temeraria, no adaptar la velocidad al estado y/o tipo de vía por la que se circula, velocidad inadecuada, no respetar prioridad de paso o de los usuarios del carril/vía al/a que se quiere acceder, no señalizar maniobra de giro y/o cambio de carril, consumo de bebidas alcohólicas y/o sustancias. Efectivamente, como bien dices, un accidente se puede sufrir por otros motivos que no conlleven una infracción o un fallo mecánico, como comentas, un problema de salud o un deslumbramiento pueden motivarlos, este último caso en circunstancias muy concretas, a la par que improbables, de hecho cuando pasamos un psicotécnico se nos supone una capacidad mínima para salir bien parados ante este tipo de contingencias, pero me reitero en que estos casos suponen un pequeño porcentaje del total de accidentes en los que, como te digo, el factor humano y subsumido en éste, la conducta antirreglamentaria, suelen estar detrás. La cuestión no está en predecir o no los accidentes, sino en la diligencia que se tenga o no en orden a evitarlos o poner el máximo rigor por nuestra parte para que no sucedan y en esta asignatura en España, por circunscribirlo a un ámbito geográfico concreto, dejamos mucho que desear, tenemos una pésima cultura y educación viales, solo hay que ver cómo hacemos las rotondas, circulamos por las autopistas y autovías por el carril que nos viene en gana, poco respeto a las velocidades máximas (sin radares esto sería Jauja), nulo respeto a los peatones cuando éstos tienen prioridad, falta de señalización de los cambios de dirección, sentido o carril, semáforos en ámbar y un largo etc... Respecto a la cuestión de la denuncia y su justificación, me remito a mi anterior mensaje y podría apostar porque las posibilidades de que prospere un recurso basado en los argumentos que manejas son mínimas, yo más bien y a la vista de lo que nos comentas, intentaría llevarlo por el tema de plazos y notificaciones aunque la verdad es que también es extraño porque hoy en día esas cuestiones están totalmente automatizadas e informatizadas y no suelen darse errores en ese sentido, si bien es cierto que la posibilidad está ahí y puede que éste sea un caso. En cuestiones de moralidad es absurdo entrar ya que cada uno tiene la suya en base a su experiencia vital y una discusión en este sentido muy probablemente no llegaría a ninguna parte, sobre legalidad es mucho más sencillo porque es lo que es y a día de hoy, nos guste o no, es con lo que tenemos que bregar.

Gannicus
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Re: Multa después de tener un accidente - recaudatoria

Mensajepor Gannicus » Vie Feb 10, 2012 7:19 pm

Hola Multaman,

no sé si servirá de mucho contarte lo que sucedió porque intuyo en tí cierta predisposición a dar por hecho que cometí una infracción y por tanto es posible que no me creas te diga lo que te diga.
Pero como no perdemos nada y tampoco gano yo nada con mentir te lo contaré.

El día en cuestión yo estaba circulando correctamente por mi carril en la autopista. En curva. No había tráfico y los coches más cercanos iban circulando a treinta o cuarenta metros de distancia por lo menos y en carriles distintos. Circulaba a velocidad constante. Es decir, no pise el freno en ningún momento porque no había necesidad de hacerlo (si lo pisé a la desesperada cuando ya había perdido el control del coche y ví que me iba fuera) No hubo ningún tipo de maniobra brusca.
Iba yo sólo en el coche así que no hubo distracción. No estaba hablando por el móvil, ni tocando la radio. Ni llevo GPS. Y estaba en buenas condiciones físicas.
Era de noche así que tampoco hubo deslumbramientos, ni nada que me sorprendiera.
Sin previo aviso dado el coche se me fue de detrás. Hice contravolante y en un primer instante creí que podía hacerme con el coche. Pero no fue así. En el siguiente trallazo toqué ligeramente con la parte posterior izquierda contra la mediana, reboté, hice un trompo y ya no pude hacer más.

¿Se van los coches sólos por arte de magia? Obviamente no.

El primer dato es que mi accidente fue en un TCA. Tú me dirás que yo no lo tuve en cuenta y yo te diré que sí. Entre el blanco y el negro hay infinitos tonos de gris así que ahí no vamos a poder decidir si yo conduje con suficiente prudencia o no.
El segundo dato es que en ese tramo de la autopista hay un pequeño escaloncito en el asfalto. Mínimo. Pero se nota a cualquier velocidad.
El tercer dato es que la calzada estaba húmeda. No mojada, porque no estaba lloviendo en aquel momento. Casi peor porque tal vez (esto sí es una conjetura) pudo haber alguna mancha de aceite o de gasoil que yo no pude ver.
El cuarto dato es que mis ruedas traseras no estaban en su mejor momento. Tenían profundidad de dibujo legal, obviamente. En caso contrario la Guardia Civil me habría denunciado y esta vez con toda la razón, porque lo comprobaron. Pero aunque tuviera el dibujo mínimo yo sé que habría sido buena idea cambiarlas (esto no es una infracción, pero aún así no actúe correctamente)
El quinto dato es que mi coche llevaba demasiado peso delante. Yo iba solo, delante con ruedas nuevas y peso y detrás vacío y con ruedas gastadas. Esto tampoco es una infracción pero sí una mala idea por mi parte.

Por tanto si con el coche en apoyo, el pequeño saltito del asfalto quita algo de presión sobre las ruedas traseras que tampoco están muy boyantes y la calzada tenía algún resto de aceite o gasoil que yo no ví... entonces la cosa empieza a tener sentido.

He aportado cinco causas concurrentes. De ellas, ninguna por sí sola pudo provocar el accidente. Las cinco a la vez posiblemente sí.

¿Mi culpa? Si hubiera cambiado las cuatro ruedas a un tiempo o mi coche hubiera llevado ESP seguramente hoy lo tendría aparcado a la puerta de casa. La maldita crisis es lo que tiene. Pues sí, es muy probable que de haber tomado las decisiones correctas el accidente no se hubiera producido pero incluso así, aunque llevara el dibujo al límite de la infracción, en realidad NO COMETÍ NINGUNA.

Dicho ésto, y dejando a un lado el tema de notificaciones, plazos, etcétera, creo que estoy en mi derecho por indignarme con la DGT que parece que acude como buitre a los restos del despojo para intentar llevarse su tajada. No estoy contra el GC que me denunció. Sé que a ellos les obligan. Tal vez debería haber tenido la decencia de avisarme de lo que iba a pasar pero no voy a hacer un drama de ello.


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