Causa INVALIDA de no parar al conductor
Publicado: Vie Jul 10, 2009 11:15 am
Hola a todos,
mi hermano a recibido una multa que no recuerda por adelantar por derecha a gran velocidad y pone que no se identifica por prestar servicio especial.
Lo que pasa que la ley dice lo siguiente:
Serán causas legales que justifiquen la notificación de la denuncia en el momento posterior las siguientes:
1. Cuando la denuncia se formule en momentos de gran intensidad de circulación en que la detención del
vehículos pueda originar un riesgo concreto.
2. Cuando, por factores meteorológicos, obras u otras circunstancias, la detención del vehículo pueda originar
un riesgo concreto.
3. Cuando la autoridad haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y
reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.
4. En los casos de vehículos estacionados cuando el conductor no esté presente.
Según la ley entiendo que el prestar un servicio especial no es un riesgo concreto, es decir, que si no es ninguna de las causas que dice la ley entiendo que podría recurrir la multa ¿no?
Muchas gracias
mi hermano a recibido una multa que no recuerda por adelantar por derecha a gran velocidad y pone que no se identifica por prestar servicio especial.
Lo que pasa que la ley dice lo siguiente:
Serán causas legales que justifiquen la notificación de la denuncia en el momento posterior las siguientes:
1. Cuando la denuncia se formule en momentos de gran intensidad de circulación en que la detención del
vehículos pueda originar un riesgo concreto.
2. Cuando, por factores meteorológicos, obras u otras circunstancias, la detención del vehículo pueda originar
un riesgo concreto.
3. Cuando la autoridad haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y
reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.
4. En los casos de vehículos estacionados cuando el conductor no esté presente.
Según la ley entiendo que el prestar un servicio especial no es un riesgo concreto, es decir, que si no es ninguna de las causas que dice la ley entiendo que podría recurrir la multa ¿no?
Muchas gracias