PUBLICACIONES BOB CORRECTAS
Publicado: Mar Oct 13, 2009 8:08 am
Buenas. Tengo un par de dudas acerca de la correcta publibación en el B.O.P de una multa que se me ha impuesto. Si alguien puede aclararmelas, fantastico.
1. Las sanciones graves deben de publicarse en el B.O.B antes de los 6 meses de su comisión. No obstante, la Ley dice que
La prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que
tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o
domicilio y se practiquen con proyección externa a la dependencia en que se origine.
Mi duda es; el correcto doble intento de notificación en el domicilio, con el correcpondiente papel de correos en el buzón, cabe entenderse como una actuación administrativa que interrumpe el plazo de prescripción????
2. Es legalmente necesaria, y por tanto exigible por mi, la publicación en mi ayuntamiento del B.O.P donde se haya publicado mi multa, o vale solo con la publicación de dicha multa en el B.O.P sin dar traslado del listado a mi ayuntamiento??
Un saludo!
1. Las sanciones graves deben de publicarse en el B.O.B antes de los 6 meses de su comisión. No obstante, la Ley dice que
La prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que
tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o
domicilio y se practiquen con proyección externa a la dependencia en que se origine.
Mi duda es; el correcto doble intento de notificación en el domicilio, con el correcpondiente papel de correos en el buzón, cabe entenderse como una actuación administrativa que interrumpe el plazo de prescripción????
2. Es legalmente necesaria, y por tanto exigible por mi, la publicación en mi ayuntamiento del B.O.P donde se haya publicado mi multa, o vale solo con la publicación de dicha multa en el B.O.P sin dar traslado del listado a mi ayuntamiento??
Un saludo!