Plazo de prescripción/caducidad de una multa
Publicado: Mié Nov 09, 2011 2:43 pm
Os cuento mi caso a ver si algun me podeis aclarar el periodo de caducidad o prescipción de una multa del Ayuntamiento de Oviedo en la que me denuncian por ir, supuestamente hablando por teléfono. Estoy totalmente seguro de que no es cierto, ya que a parte de tener manos libres en el coche aquel día ni realicé ni recibí ninguna llamada. Supongo que me hayan visto con el brazo apollado en la puerta y la cabeza en la mano, en Oviedo tienen mucha costumbre de poner multas de ese estilo y además ni me pararon, sino que mandaron la denuncia a casa de mis padres al mes y poco. No pretendo con esto convencer a nadie de que no lo hice y que me deis la razón, solo expongo los hechos tal cual ocurrieron.
Voy a intentar exponer cronológicamente lo relativo a la denuncia:
- El 8 de noviembre de 2010 un agente supone que voy hablando por teléfono mientras conduzco y decide denunciarme, asique ese es el día de la supuesta infracción.
- El 12 de diciembre de 2010 llega a casa de mis padres una carta en la que piden que se identifique al conductor del coche que lo conducía el día 8 de Noviembre por Oviedo. El coche está a nombre de mi padre pero siempre lo conduzco yo.
- El 23 de diciembre se manda un correo administrativo al Ayuntamiento de Oviedo diciendo que era yo quien conducia ese coche.
Ahora ya no se me los días exactos, pero continuo
- En Marzo de 2011 me llega la denuncia a mi casa y es recurrida el día antes de finalizar el plazo para recurrirla.
- En Junio de 2011 me deniegan el recurso y ofrecen -previo pago- entregarme una prueba que consiste en el documento en el que el agente ratifica su denuncia (vamos, que ratifica su error).
- A mediados de Julio de 2011, justo cuando se estaba acaban el plazo para el segundo recurso, se recurre la multa por segunda vez.
- A principios de Agosto, recibo una notificación de correos mediante aviso de llegada, pero no pude ir a recoger dicho aviso. Supongo que hubiera sido el segundo recurso denegado y la resolución definitiva.
- A dia de hoy, un año y un día después la multa aún no ha sido publicada en el BOPA ni en el testra, con lo cual segun la compañia con la que tengo asegurado el carnet ha prescrito (ADA), con lo cual decido llamar al servicio de recaudación de Oviedo para que me informen del estado de la multa y me dicen que está pendiente de publicar en el BOPA. A lo que les contesté con la pregunta de si no había caducado y me dicen que aún no. ¿Es eso cierto? ¿La multa caduca al año de la -supuesta- infracción o al año de indentificar al conductor? En caso de ser la segunda opción, ¿la fecha válida será la del envio del correo administrativo u otra?
Y por último, ¿hay algo que hacer respecto a la multa? Porqué si ya es una putada que te pongan una multa, más putada es que te la pongan sin haber cometido la infracción y para colmo de males pierdo tres puntos y soy conductor profesional.
Agradeceria vuestras respuestas.
Voy a intentar exponer cronológicamente lo relativo a la denuncia:
- El 8 de noviembre de 2010 un agente supone que voy hablando por teléfono mientras conduzco y decide denunciarme, asique ese es el día de la supuesta infracción.
- El 12 de diciembre de 2010 llega a casa de mis padres una carta en la que piden que se identifique al conductor del coche que lo conducía el día 8 de Noviembre por Oviedo. El coche está a nombre de mi padre pero siempre lo conduzco yo.
- El 23 de diciembre se manda un correo administrativo al Ayuntamiento de Oviedo diciendo que era yo quien conducia ese coche.
Ahora ya no se me los días exactos, pero continuo
- En Marzo de 2011 me llega la denuncia a mi casa y es recurrida el día antes de finalizar el plazo para recurrirla.
- En Junio de 2011 me deniegan el recurso y ofrecen -previo pago- entregarme una prueba que consiste en el documento en el que el agente ratifica su denuncia (vamos, que ratifica su error).
- A mediados de Julio de 2011, justo cuando se estaba acaban el plazo para el segundo recurso, se recurre la multa por segunda vez.
- A principios de Agosto, recibo una notificación de correos mediante aviso de llegada, pero no pude ir a recoger dicho aviso. Supongo que hubiera sido el segundo recurso denegado y la resolución definitiva.
- A dia de hoy, un año y un día después la multa aún no ha sido publicada en el BOPA ni en el testra, con lo cual segun la compañia con la que tengo asegurado el carnet ha prescrito (ADA), con lo cual decido llamar al servicio de recaudación de Oviedo para que me informen del estado de la multa y me dicen que está pendiente de publicar en el BOPA. A lo que les contesté con la pregunta de si no había caducado y me dicen que aún no. ¿Es eso cierto? ¿La multa caduca al año de la -supuesta- infracción o al año de indentificar al conductor? En caso de ser la segunda opción, ¿la fecha válida será la del envio del correo administrativo u otra?
Y por último, ¿hay algo que hacer respecto a la multa? Porqué si ya es una putada que te pongan una multa, más putada es que te la pongan sin haber cometido la infracción y para colmo de males pierdo tres puntos y soy conductor profesional.
Agradeceria vuestras respuestas.
