MULTA - Necesito información, por favor-
Publicado: Mar Mar 18, 2008 8:08 pm
Hola, en Marzo me pusieron una multa, un controlador del S.E.R, por aparcar encima del bordillo. Al recurrirla, ascendió de 180€ a 400€ por no identificar al conductor y se inició otra incoación de expediente, con fecha 8-10-2007. La he recurrido y me ha venido otra notificación diciendome que el organo instructor da por concluida la instrucción del procedimiento, iniciandose el TRAMITE DE AUDIENCIA.
Exactamente dice así:
*En consecuencia, dispondrá, si lo cree oportuno, de un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de recepción de la presente notificación, - ha sido hoy cuando la he recogido- para efectuar el examen del expediente y, en su caso, formular nuevas alegaciones y aportar cuantos documentos probatorios estime pertinetes. Para ello, deberá concertar cita previa, personalmente o mediante llamada telefónica al 915885605.
*El consiguiente escrito de alegaciones podrá ser presentado o remitido a la subdirección General de gestión de Multas de circulación o a cualquiera de los registros u oficinas a que hace referencia el artículo 38.4 de la ley.
Las preguntas que les hago es:
1º-Es imprescindible examinar el expediente o por el contrario puedo hacer el escrito de alegaciones directamente.
2º- Si recurro, ¿ cuanto tiempo tarda de pasar de TRAMITE DE AUDIENCIA a LA FORMULACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN QUE ELEVARÁ AL ORGANO COMPETENTE PARA RESOLVER?
3º- Tengo alguna posibilidad de que prescriba la multa, osea, ya que se inició la incoación del expediente el día 8-noviembre-2007 y estamos en Marzo y cuando recurra será abril, cuanto tiempo se tarda desde que empieza el TRAMITE DE AUDIENCIA hasta una resolución firme.
4º- Por último: ¿ si hay una resolución en mi contra y desestimo utilizar el recurso contencioso, por lo caro del mismo, al estar y vivir fuera de la ciudad de Madrid, ( estoy empadronado y vivo en un pueblo a 50 kilometros de Madrid ) el ayuntamiento me puede embargar las cuentas o no tiene potestad, y hasta que importe máximo puede aumentar mi multa de 400€ por los gastos de demora?
SÉ QUE SON MUCHAS PREGUNTAS, PERO LES AGRADECERÍA MUCHO QUE ME INFORMARAN AL RESPECTO.
MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO.
Exactamente dice así:
*En consecuencia, dispondrá, si lo cree oportuno, de un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de recepción de la presente notificación, - ha sido hoy cuando la he recogido- para efectuar el examen del expediente y, en su caso, formular nuevas alegaciones y aportar cuantos documentos probatorios estime pertinetes. Para ello, deberá concertar cita previa, personalmente o mediante llamada telefónica al 915885605.
*El consiguiente escrito de alegaciones podrá ser presentado o remitido a la subdirección General de gestión de Multas de circulación o a cualquiera de los registros u oficinas a que hace referencia el artículo 38.4 de la ley.
Las preguntas que les hago es:
1º-Es imprescindible examinar el expediente o por el contrario puedo hacer el escrito de alegaciones directamente.
2º- Si recurro, ¿ cuanto tiempo tarda de pasar de TRAMITE DE AUDIENCIA a LA FORMULACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN QUE ELEVARÁ AL ORGANO COMPETENTE PARA RESOLVER?
3º- Tengo alguna posibilidad de que prescriba la multa, osea, ya que se inició la incoación del expediente el día 8-noviembre-2007 y estamos en Marzo y cuando recurra será abril, cuanto tiempo se tarda desde que empieza el TRAMITE DE AUDIENCIA hasta una resolución firme.
4º- Por último: ¿ si hay una resolución en mi contra y desestimo utilizar el recurso contencioso, por lo caro del mismo, al estar y vivir fuera de la ciudad de Madrid, ( estoy empadronado y vivo en un pueblo a 50 kilometros de Madrid ) el ayuntamiento me puede embargar las cuentas o no tiene potestad, y hasta que importe máximo puede aumentar mi multa de 400€ por los gastos de demora?
SÉ QUE SON MUCHAS PREGUNTAS, PERO LES AGRADECERÍA MUCHO QUE ME INFORMARAN AL RESPECTO.
MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO.