Página 1 de 1

cualquier foto vale

Publicado: Mar Jun 30, 2009 4:21 am
por melon
Me han multado y la foto que me envían puede ser cualquier foto de mi vehículo; es decir, en la misma sólo se identifica el contorno de mi moto. Además, sobre ella no hay ningún otro dato. La multa es de 100 euros. ¿Es legal esto?

Re: cualquier foto vale

Publicado: Dom Ago 09, 2009 2:08 pm
por Derecho Granada
Hola! NO todas las fotos valen, de hecho los conocidos como radares son muy precisos en medición de velocidad ( con un error máximo por exceso de 13 km/hora) pero son muy poco fiables en la realización de la foto pues en muchos casos sale borrosa la matricula, o movida o sale el vehiculo al lado de otro siendo imposible para qué vehiculo se activó el rádar.
Si la denuncia la envia la Administración del Estado y se distingue perfectamente la matrícula se pueden intentar cosas que pueden ser útiles para ganar el recurso aunque es díficil, da igual que se vea un poco el contorno.
Distinto es que esa foto la hubiera hecho yo que no tengo ninguna presunción de veracidad. :wink:

Re: cualquier foto vale

Publicado: Mié Sep 02, 2009 7:07 pm
por Agente
Tiene que verse la matrícula perfectamente para las denuncias de velocidad.

Re: cualquier foto vale

Publicado: Jue Sep 03, 2009 1:28 pm
por ivanbo
Hola, bueno creo que es vergonzoso lo de la DGT y las fotos de radar. Pides una foto original (que se vea el contorno) y te la deniegan. ¿Será por algo? Empiezo a sospechar.

Re: cualquier foto vale

Publicado: Jue Sep 03, 2009 7:22 pm
por Agente
Si tienes dudas de algo, acércate por la JPT y que te informen allí.

Re: cualquier foto vale

Publicado: Vie Sep 04, 2009 10:01 am
por ivanbo
¿PUEDO PRESENTAR EN LA JPT DE MI PROVINCIA UN RECURSO DE ALZADA AUNQUE LA MULTA FUESE EN CIUDAD REAL Y SEA DE MALAGA?
PARA VER LA FOTO ORIGINAL CREE QUE LA PODRÍA VER EN MI JPT?

Re: cualquier foto vale

Publicado: Vie Sep 04, 2009 8:17 pm
por Agente
Tu puedes presentar el recurso en cualquier JPT.

Re: cualquier foto vale

Publicado: Vie Sep 11, 2009 8:14 am
por ivanbo
Recibi notificación de resolución sancionadora el día 1 de septiembre y he enviado recurso de alzada el 8 de septiembre. ME decia que tenía 15 días habiles ... bla bla bla o presentar un recurso de alzada antes de 30 días.
¿Qué pasa ahora? ¿Me tienen que contestar para bien o para mal? He escuchado algo de si en tres mesesn o recibo contestación que me lo deniegan. ¿Desde donde se empieza a contar? ¿desde que yo certifico el recurso de alzada o desde que me notificación la resolución sancionadora?
La DGT de donde me multaron, el Ministerio del Interior, el Defensor del Pueblo les he expuesto mi caso. La DGT sigue sin contestarme.
¿Qué hago? Espero a 2 meses y pico y si no me dicen nada la pago?