beber en la via publica con la ordenanza municipal barcelona

raufergom
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Registrado: Mié May 23, 2012 2:06 pm

beber en la via publica con la ordenanza municipal barcelona

Mensajepor raufergom » Mié May 23, 2012 2:10 pm

Hola e recibido una notificación (en al buzón ya que estaba ausente según el repartidor en el momento de recibirle y por lo tanto no he firmado conforme la he recibido) del Ajuntament de Barcelona
El precepto infringido es el: 47.1 CONV Ordenança Municipal per fomentar i garantir la convivència
y el hecho denunciado es el: 6779 Consumo de alcohol en espacio publico con envase vidrio-lata.
El importe son 50€ (en ningún sitio me da la opción de pagarla antes de cierto tiempo con un descuento).

Lo que tenia pensado era no hacer nada (ya que no he firmado nada y no se me ha entregado en persona ninguna notificación) hasta que se me realice el descuento pertinente de la cuenta. Entonces allegaría una falta de notificación de la sanción por la que ésta quedaría anulada. En caso de que no quedara anulada alegar:
1. La falta de fuerza para quitarme la libertad de un ordenanza municipal.
2. Cualquier tipo de irregularidad en el proceso si alguien me pudiera informar sobre alguna (por ejemplo he recibido esta notificación que tengo entendido que me la dejan en el buzón después de haber intentado entregármela en persona tres veces y esto no ha ocurrido, ha sido la primera vez que han intentado ponerse en contacto con migo).
3. La falta de pruebas ya que en ese momento podría decir que estaba bebiendo una lata de cerveza si alcohol ya que el agente no la examino porque lo primero que izo fue mandarme tirarla cuando solo vio que tenia una lata en la mano a una distancia insuficiente para concretar de que era, y la tire a la papelera sin que ningún agente después la examinara.

¿Alguien podría aconsejarme si éste e el procedimiento mas adecuado?¿Al haber recibido la notificación en el buzón y no en mano legalmente es como si la hubiera recibido o puedo alegar que no se me ha informado?

Espero que podáis aconsejarme ya que creo que ésta ordenanza sacacuartos está afectando a mucha gente. Me parece muy injusto que si estas en una plaza de barcelona como la pl. reial en la terraza de un bar bebiendo alcohol es una actitud ejemplar pero si lo hacer con la misma educación y respeto hacia los demás y al entorno pero un metro mas adelante se considera un acto incívico.

Si el recurso de falta de notificación de la liquidación en la cuenta no fuera valido que podría alegar?
Gracias!

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