Se puede estacionar en Carril Bus los fines de semana?

Saltarse semáforo, saltarse un stop...
moonbelieve

Se puede estacionar en Carril Bus los fines de semana?

Mensajepor moonbelieve » Jue Jul 12, 2007 9:41 pm

Buenas,

Tenia entendido que los fines de semana dejaban estacionar en el carril bus (de echo, por el example los fines de semana estan a petar de aparcados en el carril bus).

Muchas veces habia estacionado alli sin ningún problema, y hace casi tres meses aparque un sabado noche (evidentemente, dejandolo trankila pq pensava que se podia y pq no era el unico coche asi aparcado). Cuando volvi a recogerlo, tenia una multa por aparcar en carril bus. Y me acaba de llegar la multa de 200€!

Mis tres preguntas son...no se puede aparcar en el carril bus los fines de semana? y entonces que carril es el que habilitan para aparcar los fines de semana? deberia recurrir?

Gracias de antemano! ;)

FAVG

Mensajepor FAVG » Lun Jul 16, 2007 10:42 am

La infracción por la que se le ha denunciado, por lo que dice, se ha calificado como grave e implica sanción económica de 91 a 300 euros, no implica necesariamente suspensión del permiso de conducción –es potestativo para la Administración, lo puede hacer o no, aunque no es habitual que lo haga en este tipo de sucesos, suele hacerlo únicamente en incidentes de mayor gravedad y/o cuando se ha puesto en serio peligro la circulación y/o conductores con antecedentes infractores diversos, y en estos casos solamente durante 1 mes, pero casi con toda seguridad no lo haría en tu caso– y en todo caso lleva aparejada la pérdida de 2 puntos sobre los 12.

La pérdida de puntos tiene lugar aunque Vd. pague la sanción acogiéndose al beneficio del 30% por pronto pago -posibilidad de acogerse a la bonificación por pronto pago del 30% sobre la sanción económica pagando la multa en los 30 días siguientes a la notificación del boletín–.

Por ello, en estos casos donde los beneficios económicos por el pronto pago de la multa no son grandes y donde además hay pérdida de puntos segura -pues por Ley son 2 puntos menos y si se acoge al beneficio del 30% ello implica que se termine el procedimiento y que automáticamente le quiten los 2 puntos-, es recomendable entrar a discutir el fondo del asunto (la infracción propiamente dicha) mediante la presentación de alegaciones y proposición de pruebas (en los 15 días hábiles siguientes a la notificación del boletín) y mediante la presentación del correspondiente recurso hasta agotar la vía administrativa, y ello por muchas razones:

1ª.- El alargamiento del procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción (6 meses) o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).

2ª.- En muchas ocasiones, como puede ser su caso, las sanciones son desproporcionadas y no respetan los criterios legales de graduación de las mismas (p. ej., es común que a un conductor sin antecedentes infractores o cuya infracción no ha puesto en peligro la seguridad, como es el caso, la Administración, en lugar de imponer el mínimo legal -91 euros en su caso-, lo sobrepasa hasta la mitad o más incluso), por lo que no recurrir a tiempo poniendo de manifiesto a la Administración las circunstancias que justifican una sanción menor supone asumir una sanción a todas luces fuera de la proporcionalidad que exige la Ley.

3ª.- No hacer nada o pagar anticipadamente con la bonificación del 30% supone muchas veces pagar más dinero de lo que se debería y conformarte con la suspensión del permiso propuesta (en su caso ya le he comentado que casi seguro no se dará) y, lo que puede ser incluso más importante, con la pérdida de los puntos propuestos (2 en su caso), sobre todo si se tiene en cuenta que solamente hay 12 puntos disponibles y que si el titular del permiso se queda sin puntos pierde el permiso sin posibilidad de obtener uno nuevo hasta transcurridos 6 meses (3 meses para conductores profesionales) o 12 meses (6 meses para conductores profesionales) la segunda vez, para lo cual se deberán abonar, realizar y superar los correspondientes cursos de hasta 30 horas de duración.

Para cualquier sugerencia o aclaración puede visitar nuestra web: www. +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ . com

Un Saludo.


Volver a “Multas relativas a la señalización”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado