Hola a todos,
El 18 de Enero iba de camino hacia el trabajo y llevaba dos camiones delante. Vi una línea discontínua y me puse a adelantar al que llevaba justo delante para más tarde adelantar al otro porque sabía que no me daría tiempo para adelantar a los dos, pero cual es mi sorpresa cuando el **** del primer camionero acelera y se pega al otro camión para que no pueda meterme. ¿Qué hariais vosotros? Pues supongo que obviamente seguir el adelantamiento y adelantar a los dos camiones a pesar de que era consciente de que invadía el carril contrario y acababa el adelantamiento con línea contínua.
¿Y quién venía detrás? Los *** de la Guardia Civil, que vieron perfectamente toda la maniobra pero a la que pararon y multaron fue a mi... y a pesar de que intenté explicarles lo que había pasado se pusieron bordes y tuve que dejarlo... A final 300 euros de multa y 4 puntos por culpa de un camionero solidario.
Pero cual es mi sorpresa que cuando me llega la multa me pone que puede llevar aparejada la suspensión del carnet por 1 mes.
El hecho que se notifica es: adelantar en un tramo de visibilidad reducida invadiendo la zona reservada al sentido contrario.
¿También me van a hacer la putada de quitarme el carnet?
Agradezco un montón vuestras respuestas.
Multa por adelantamiento
Re: Multa por adelantamiento
Pues lamento informarte de que esa sanción lleva aparejada la retirada de carnet por 1 mes. Otra cosa es que la jefatura de tu provincia no lo lleve a efecto.
Por otro lado no todos los GCs son ******** como dices.
Por otro lado no todos los GCs son ******** como dices.
Re: Multa por adelantamiento
HOLA a mi me ocurrio algo parecido el sabado pasado y en la denuncia me pone 1 mes de retirada, de momento voy a recurrir a ver que ocurre. Tu al final como te salio la cosa pagaste o recurriste ya me diras
Re: Multa por adelantamiento
Yo la pagué, pero aún no me ha llegado nada de lo del carnet y en la web de la dgt sigo con los 12 puntos.
Re: Multa por adelantamiento
Axel, tienes toda la razón del mundo, reconozco que me he dejado llevar por los sentimientos. Disculpad por mis **** respecto a los GC, ya que hay muchos que son profesionales aunque otros no lo sean tanto, pero por desgracia se puede decir que eso pasa en todos los trabajos.
Además muchísimas gracias por responder tan rápido.
Además muchísimas gracias por responder tan rápido.
Re: Multa por adelantamiento
Tranquila Natalia, ya imaginaba que era la rabia del momento.
Deberían haber especificado en la denuncia si hubo o no peligro para el resto de usuarios. Si no lo hubiera podrían no quitarte el carnet. Aunque no es muy habitual ya que estas cosas se hacen, digamos, de forma automática. Casi sería mejor ir en persona a la jefatura de tráfico, pedir hablar con la/el jefa/e de sanciones y pedirle, si no hubo circunstancia de peligro, que no te retire el carnet.
Re: Multa por adelantamiento
El problema es que yo vivo en Coruña y la multa es de Lugo y como trabajo de Lunes a Viernes mañana y tarde no puedo ir ¿realmente crees que valdría de algo que me personase allí para pedir que no me lo quiten?
Re: Multa por adelantamiento
Pues que quieres que te diga, el no ya lo tienes. No se como será el/la responsable de sanciones ahí. Lo que si no está bien es que una denuncia de ese tipo se haga constando solamente el texto genérico. Se tiene que especificar las circunstancias de peligro. Además en la copia que te dieron tenía que constar que se te retiraba el carnet.
Prueba primero a llamar por teléfono para ver que te dice. Pide hablar con el/le jefe/a de sanciones. Lo normal sería que te respondan que hagas un recurso y que ya se resolverá, pero el resultado, a no ser que vayas al contencioso, va a ser que no te den la razón. Teniendo en cuenta que el contencioso es caro y no es la "panacea".
Y nada, que tengas suerte paisana.
Prueba primero a llamar por teléfono para ver que te dice. Pide hablar con el/le jefe/a de sanciones. Lo normal sería que te respondan que hagas un recurso y que ya se resolverá, pero el resultado, a no ser que vayas al contencioso, va a ser que no te den la razón. Teniendo en cuenta que el contencioso es caro y no es la "panacea".
Y nada, que tengas suerte paisana.
Re: Multa por adelantamiento
Estimado Sr.,
La infracción por la que se le ha denunciado se considera grave e implica sanción económica de 91 a 300 euros , puede implicar suspensión del permiso de conducción –aunque es potestativo para la Administración, lo puede hacer o no y suele hacerlo únicamente en incidentes de mayor gravedad y/o cuando se ha puesto en serio peligro la circulación y/o conductores con antecedentes infractores diversos, y en estos casos solamente durante 1 mes, pero– y en todo caso lleva aparejada la pérdida de 4 puntos sobre los 12.
En estos casos donde los beneficios económicos por el pronto pago de la multa no son grandes -posibilidad de acogerse a la bonificación por pronto pago del 30% sobre la sanción económica pagando la multa en los 30 días siguientes a la notificación del boletín–, y donde además hay pérdida de puntos segura -pues por Ley son 4 puntos menos y si se acoge al beneficio del 30% ello implica que se termine el procedimiento y que automáticamente le quiten los 4 puntos-, es recomendable entrar a discutir el fondo del asunto (la infracción propiamente dicha) mediante la presentación de alegaciones y proposición de pruebas (en los 15 días hábiles siguientes a la notificación del boletín) y mediante la presentación del correspondiente recurso hasta agotar la vía administrativa, y ello por muchas razones, pero principalmente, y al margen de poder denunciar otros posibles defectos de forma que pudieren concurrir o de invocar desproporcionalidad en la multa (cuando sobrepasa la cuantía del mínimo legal sin justificación o motivación):
- Alargar el procedimiento administrativo y, si hay suerte, conseguir que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva) o prescripción de la infracción (3/6 meses)
- Forzar la aparición de vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).
Para cualquier consulta o aclaración, puede visitar la web: www.+++PUBLICIDAD NO ACEPTADA++++
F.A.V.G.
www.+++PUBLICIDAD NO ACEPTADA++++
La infracción por la que se le ha denunciado se considera grave e implica sanción económica de 91 a 300 euros , puede implicar suspensión del permiso de conducción –aunque es potestativo para la Administración, lo puede hacer o no y suele hacerlo únicamente en incidentes de mayor gravedad y/o cuando se ha puesto en serio peligro la circulación y/o conductores con antecedentes infractores diversos, y en estos casos solamente durante 1 mes, pero– y en todo caso lleva aparejada la pérdida de 4 puntos sobre los 12.
En estos casos donde los beneficios económicos por el pronto pago de la multa no son grandes -posibilidad de acogerse a la bonificación por pronto pago del 30% sobre la sanción económica pagando la multa en los 30 días siguientes a la notificación del boletín–, y donde además hay pérdida de puntos segura -pues por Ley son 4 puntos menos y si se acoge al beneficio del 30% ello implica que se termine el procedimiento y que automáticamente le quiten los 4 puntos-, es recomendable entrar a discutir el fondo del asunto (la infracción propiamente dicha) mediante la presentación de alegaciones y proposición de pruebas (en los 15 días hábiles siguientes a la notificación del boletín) y mediante la presentación del correspondiente recurso hasta agotar la vía administrativa, y ello por muchas razones, pero principalmente, y al margen de poder denunciar otros posibles defectos de forma que pudieren concurrir o de invocar desproporcionalidad en la multa (cuando sobrepasa la cuantía del mínimo legal sin justificación o motivación):
- Alargar el procedimiento administrativo y, si hay suerte, conseguir que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva) o prescripción de la infracción (3/6 meses)
- Forzar la aparición de vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).
Para cualquier consulta o aclaración, puede visitar la web: www.+++PUBLICIDAD NO ACEPTADA++++
F.A.V.G.
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Re: Multa por adelantamiento
Pues nada Natalia, a ver si te sale la cosa bien y te pagas unos cubatillas en el Orzán.
Saludiños.
Saludiños.
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