estoy preparando recurso y no termino de estar seguro del significado y diferencia entre estos dos términos...
si no me equivoco, si se demuestra que la multa es NULA tráfico debería suspender el proceso sancionador de manera total y definitiva, pero si solicito la ANULABILIDAD de la misma, tráfico podría subsanar los posibles defectos de forma y reiniciar el proceso.
es correcto esto que he dicho?? o lo he entendido al revés??
gracias y un saludo...
Nulidad o anulabilidad??
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Invitado
Re: Nulidad o anulabilidad??
Si pides la nulidad es más directo que si pides la anulabilidad. Anulabilidad es que se puede anular, nulidad es que es nula.
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