hola, tengo una duda, tengo una multa del radar que ya he pagado para tener la reduccion del 30%. Me han dicho que despues de esto puedo presentar todavía un recurso pero no una alegacion, eso sí dentro del plazo de un mes que hay desde que reciba la carta con la resolucion de la multa. Me han dado un papelito para hacer el supuesto recurso, y entregarlo allí en tráfico. Mi duda es este recurso (no alegacion) es totalmente gratuíto, y se puede presentar por escrito en tráfico, y se resuelve tambien por escrito o es ya cosa de juzgado? Es que ese papelito parece más una alegacion que un recurso.
un saludo.
multa del radar, ya pagada, ¿se puede recurrir?
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Re: multa del radar, ya pagada, ¿se puede recurrir?
sota_de_bastos escribió:hola, tengo una duda, tengo una multa del radar que ya he pagado para tener la reduccion del 30%. Me han dicho que despues de esto puedo presentar todavía un recurso pero no una alegacion, eso sí dentro del plazo de un mes que hay desde que reciba la carta con la resolucion de la multa. Me han dado un papelito para hacer el supuesto recurso, y entregarlo allí en tráfico. Mi duda es este recurso (no alegacion) es totalmente gratuíto, y se puede presentar por escrito en tráfico, y se resuelve tambien por escrito o es ya cosa de juzgado? Es que ese papelito parece más una alegacion que un recurso.
un saludo.
Nop, si pagas, no hay recurso
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