hola buenas, quisiera saber una cosa, esto me paso ayer en Madrid, si la policia solo me ha visto la matricula, y no me ha podido parar ni sacarme foto, me pueden denunciar?
No tienen pruebas de la infraccion no?
Me puede llegar una multa sin que me paren y sin foto?
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- Registrado: Mié Oct 03, 2007 12:34 pm
Re: Me puede llegar una multa sin que me paren y sin foto?
valve escribió:hola buenas, quisiera saber una cosa, esto me paso ayer en Madrid, si la policia solo me ha visto la matricula, y no me ha podido parar ni sacarme foto, me pueden denunciar?
No tienen pruebas de la infraccion no?
No, pero si tiene una cosa que tu no tienes, presuncion de veracidad, asi que como norma general, en estos casos, poco hay que hacer.
Podrias alegar, en su caso, que tu nunca has pasado por ahi, y que ni mucho menos a esa velocidad, e intentar sacar petroleo por ahi
Estimado Sr.
Ciertamente existe la presunción de veracidad, pero en los casos de exceso de velocidad la prueba fundamental viene dada por el cinemómetro. Habrá que ver, en el procedimiento administrativo, una vez que se presenten alegaciones y se propongan pruebas (en los 15 días hábiles siguientes a la notificación del boletín) si concurre dicha prueba -fotos, certificado de verificación periódica del cinemómetro, etc.-.
En todo caso, le aconsejo recurrir hasta agotar la vía administrativa, y ello por muchas razones:
1ª.- El alargamiento del procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).
2ª.- No hacer nada o pagar anticipadamente con la bonificación del 30% supone muchas veces pagar más dinero de lo que se debería y, lo que puede ser incluso más importante, con la pérdida de los puntos propuestos, sobre todo si se tiene en cuenta que solamente hay 12 puntos disponibles y que si el titular del permiso se queda sin puntos pierde el permiso sin posibilidad de obtener uno nuevo hasta transcurridos 6 meses (3 meses para conductores profesionales) o 12 meses (6 meses para conductores profesionales) la segunda vez, para lo cual se deberán abonar, realizar y superar los correspondientes cursos de hasta 30 horas de duración.
Para cualquier sugerencia o aclaración, puede visitarnos en www . +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ . com
Un Saludo.
F.A.V.G.
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Ciertamente existe la presunción de veracidad, pero en los casos de exceso de velocidad la prueba fundamental viene dada por el cinemómetro. Habrá que ver, en el procedimiento administrativo, una vez que se presenten alegaciones y se propongan pruebas (en los 15 días hábiles siguientes a la notificación del boletín) si concurre dicha prueba -fotos, certificado de verificación periódica del cinemómetro, etc.-.
En todo caso, le aconsejo recurrir hasta agotar la vía administrativa, y ello por muchas razones:
1ª.- El alargamiento del procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).
2ª.- No hacer nada o pagar anticipadamente con la bonificación del 30% supone muchas veces pagar más dinero de lo que se debería y, lo que puede ser incluso más importante, con la pérdida de los puntos propuestos, sobre todo si se tiene en cuenta que solamente hay 12 puntos disponibles y que si el titular del permiso se queda sin puntos pierde el permiso sin posibilidad de obtener uno nuevo hasta transcurridos 6 meses (3 meses para conductores profesionales) o 12 meses (6 meses para conductores profesionales) la segunda vez, para lo cual se deberán abonar, realizar y superar los correspondientes cursos de hasta 30 horas de duración.
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Re: Me puede llegar una multa sin que me paren y sin foto?
Hola, yo tengo una duda, porque me ha pasado algo similar. Yo vivo en una calle pequeñita, que comunica con una principal, en la parte izquierda han colocado un semáforo de obras, el cual yo no veo si está en rojo o verde (debería de haber salido por otra calle), cuando hace una semana salí de mi calle, miré y al no ver coches deducí que estaba en verde, al salir circulé hacia la derecha, con la mala suerte que venía un coche de frente (es decir, el semáforo que yo no ví estaba en rojo para mí), lo peor fué que era un agente de la guardia civil. Me dijo que quedaba denunciada y que me llegaría la notificación a domicilio. Pero estoy confundida...¿no debería haber rellenado él mismo la notificación y habermela hecho firmar??ahora como puede demostrar que cometí la infracción?no hay foto, no hay firma, no hay testigo, solo era 1 agente...¿Podría haber habido un error y que el agente tomara la matrícula incorrectamente?
Espero respuesta. Gracias.
Espero respuesta. Gracias.
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