multa velocidad, grave, con una foto de noche frontal
-
felipe
multa velocidad, grave, con una foto de noche frontal
Hola, me han abierto un expediente por exceso ( grave 2 puntos y 135 euros/ 95 con bonificacion) por ir de 116 km / hora en vez de un genérico de 90 km hora. Hasta aquí nada que decir ya que sin duda iba a esa velocidad... lo que, al comentar que la foto fue de frente y me deslumbró mucho el flash ( lo encontré peligroso) me dicen que no está autorizado los radares automáticos con el flash de frente.... ¿ es eso cierto? ¿podría alegar y no perder los 2 puntos de la multa? gracias por la respuesta
-
favg
Estimado Sr.
Puede hacerlo, pero sin duda lo fundamental en estos casos es alargar el procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, pues ello puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia –se computa desde el mismo día que recibió el boletín de denuncia– sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción (6 meses, aunque puede interrumpirse por actuaciones de la Administración) o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).
Para cualquier sugerencia o aclaración, puede visitar nuestra web: www. +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ . com Un Saludo.
F.A.V.G.
www. +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ . com
Puede hacerlo, pero sin duda lo fundamental en estos casos es alargar el procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, pues ello puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia –se computa desde el mismo día que recibió el boletín de denuncia– sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción (6 meses, aunque puede interrumpirse por actuaciones de la Administración) o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).
Para cualquier sugerencia o aclaración, puede visitar nuestra web: www. +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ . com Un Saludo.
F.A.V.G.
www. +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ . com
-
davizito
Re: multa velocidad, grave, con una foto de noche frontal
No le hagas caso al +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ este por que le da a copiar y pegar y siempre pone lo que todos ya sabemos. A ver si alguien te pude aclarar si eso es legal o no y si no tira de google.
Habiendo puntos de por medio yo recurriría si o si a ver que pasa y si fallan.
Habiendo puntos de por medio yo recurriría si o si a ver que pasa y si fallan.
Última reactivación por Anonymous en Lun Feb 04, 2008 1:39 pm
Volver a “Multas de exceso de velocidad”
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 4 invitados