Multa ciudad. Creeis que puedo ganarla¿?

Todas aquellas denuncias por exceso de velocidad. Graves o muy Graves.
juanmibg

Multa ciudad. Creeis que puedo ganarla¿?

Mensajepor juanmibg » Lun Jun 30, 2008 8:05 am

Buenas.
Os comento mi problema aber si me podeis echar una mano.

La cosa esque este sabado pasado al volver a casa por la noche, paso por una calle con el coche y a 1KM me doy cuenta que me viene siguiendo un coche de la policia local. Empieza a echarme las luces y me paro.
El agente me pide los papeles, DNI, carnet de conducir, todo en regla, y va el compañero con la libretita de multas y me dice, bueno yo te voy a denunciar porque ibas muy rapido por la calle tal, y yo de la impresion cayado dentro del coche sin saber que decir, total la cosa es que molesto un monton que dijera eso cuando eso era mentira que iba muy veloz, a mas de 50 KMh no iba.

Y le digo al agente, mire usted no me puede multar por ir a 50 Kmh por ciudad porque a esa velocidad puedo circular y a parte no teneis ninguna prueba ni radar ni nada para poder afirmar que voy a esa velocidad y coge el agente, se pone nervioso y empieza a chillarme y a ponerse muy chulo, diciendo que lo deje y que no le diga mas eso, que hay tenia la multa y eso es lo q hay.

Total mi pregunta es, vosotros que estais en estas cosas, si al reclamarla creeis que pueden quitarme la multa y puedo salir ganando y eso, y si a ese agente se le puede hacer algo como ponerle una denuncia o algo parecido, por atenderme mal y por multarme por algo que no tiene ninguna prueba.

Gracias y haber si me podeis echar una mano.

franvg

Re: Multa ciudad. Creeis que puedo ganarla¿?

Mensajepor franvg » Lun Jun 30, 2008 7:32 pm

Estimado Sr.

Con carácter general, pero en este tipo de infracciones en particular, es recomendable entrar a discutir el fondo del asunto (la infracción propiamente dicha) mediante la presentación de alegaciones y proposición de pruebas (en los 15 días hábiles siguientes a la notificación del boletín) y mediante la presentación del correspondiente recurso hasta agotar la vía administrativa, y ello por muchas razones:

1ª.- El alargamiento del procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción (6 meses) o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).

2ª.- En muchas ocasiones, como puede ser su caso, las sanciones son desproporcionadas y no respetan los criterios legales de graduación de las mismas (p. ej., es común que a un conductor sin antecedentes infractores o cuya infracción no ha puesto en peligro la seguridad, como es el caso, la Administración, en lugar de imponer el mínimo legal lo sobrepasa hasta la mitad o más incluso), por lo que no recurrir a tiempo poniendo de manifiesto a la Administración las circunstancias que justifican una sanción menor supone asumir una sanción a todas luces fuera de la proporcionalidad que exige la Ley.

3ª.- No hacer nada o pagar anticipadamente con la bonificación del 30% supone muchas veces pagar más dinero de lo que se debería y conformarte con la suspensión del permiso propuesta y, lo que puede ser incluso más importante, con la pérdida de los puntos propuestos, sobre todo si se tiene en cuenta que solamente hay 12 puntos disponibles y que si el titular del permiso se queda sin puntos pierde el permiso sin posibilidad de obtener uno nuevo hasta transcurridos 6 meses (3 meses para conductores profesionales) o 12 meses (6 meses para conductores profesionales) la segunda vez, para lo cual se deberán abonar, realizar y superar los correspondientes cursos de hasta 30 horas de duración.

Todo lo anterior al margen de otras cuestiones, como pueda ser la insuficiencia de prueba de cargo contra Vd. (la palabra del agente contra la suya, sin cinemómetro ni fotografías que corroboren la velocidad excesiva).

Para cualquier sugerencia o aclaración, no dude en visitarnos: www.+++PUBLICIDAD NO ACEPTADA++++

Juanmibg

Re: Multa ciudad. Creeis que puedo ganarla¿?

Mensajepor Juanmibg » Mar Jul 01, 2008 6:43 am

Vale perfecto.

Recurrire la multa ya que lo que hizo el agente, no lo veo muy logico, tendria un mal dia o algo y se paso de lo lindo.

De todas formas a la hora de recurrirla que cosas deberia poner, ya que soy muy novato en esto y no se como funciona ni la manera de redactarla, haber si me podeis hechar una mano, y si me decis algun modelo de recurso o algo asi, pue seria de muy gran ayuda.

Gracias.


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