El pasado día 26 de noviembre recibí la notificación de una multa fechada el día 12 de noviembre por circular a 100 km/h, en una vía donde la limitación de velocidad fijada por señal es de 80 km/h, en el hecho notificado se expone que se han tenido en cuenta los margenes de error estipulados en la norma UNE 26444 para el cinemometro multanova antena 000002491. Igualmente se expone que esta falta grave no lleva consigo ni la pérdida de puntos, ni la suspensión del permiso de circulación ¿Existe algun tipo de alegación contra el artículo 52 del reglamento, al cual me pueda acojer, ya sea soble homologación o calibración de la antena, o cualquier otro tipo de prueba?
Gracias.
Necesito orientación urgente
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invitado
Re: Necesito orientación urgente
paga con descuento y olvida el tema ( por 100e no merece la pena..70 con descuento ) porque por esas no tienes mucho que hacer..el radar te diran que esta homologado patatin patatan y recurso denegado
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