NOS HAN MULTADO Y NO SABEMOS DONDE NI CUANDO
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NURIA000
NOS HAN MULTADO Y NO SABEMOS DONDE NI CUANDO
EL OTRO DIA NOS LLEGO UNA CARTA CERTIFICADA DE LA AGENCIA TRIBUTARIA, EN ELLA NOS DECIA QUE POR MOTIVO DE LA FINALIZACION DEL TERMINO PARA PAGAR UNA " SUPUESTA MULTA" NOS COBRABAN 372 EUROS, LO MEJOR ES QUE NO TENEMOS NI IDEA DE DONDE NOS LA PUSIERON , ES DECIR, QUE NO HEMOS RECIBIDO NINGUNA NOTIFICACION DE NINGUN TIPO, SOLO SABEMOS QUE ES DEL 29 DE ENERO DEL 2007, NADA MAS. EN LA JEFATURA PROVINCIAL NOS DIJERON QUE NO TENIAMOS NINGUNA MULTA PENDIENTE. NOSA SENTIMOS PERDIDOS SOBRE ESTO Y NO SABEMOS A QUIEN RECURRIR. SI ALGUIEN NOS PUDIESE INFORMAR. GRACIAS
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davizito
Re: NOS HAN MULTADO Y NO SABEMOS DONDE NI CUANDO
Mirate que el domicilio del coche esté en tráfico correcto o que no tengas un vecino ladrón de correspondencia o un cartero negligente.
Si los avisos no te llegan por cualquier causa de esas el proceso sigue igual hasta que llega hacienda. El que no te encuentren evidentemente no para la multa.
Si los avisos no te llegan por cualquier causa de esas el proceso sigue igual hasta que llega hacienda. El que no te encuentren evidentemente no para la multa.
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Invitado
Re: NOS HAN MULTADO Y NO SABEMOS DONDE NI CUANDO
Debes estar publicada en el BOE, miralo.
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cubur
Re: NOS HAN MULTADO Y NO SABEMOS DONDE NI CUANDO
A mi me sucedió una cosa igual.
Yo te aconsejo que recurras porque sino te embargan.
Este es el texto del recurso que presenté y fue efectivo.
Suerte
Que hace unos días recibió una comunicación de esa oficina, de la que se deduce que me requiere pagar una deuda cuya existencia desconocía.
Después de leer atentamente el contenido de los cinco folios de que consta su comunicación, lo que consigo intuir acerca de la causa que ha dado origen a su escrito se deduce del apartado que dice:
IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO – CONCEPTO “INGRESOS DE REC DE O.E.P. GESTIONADAS POR LA AEAT 2006 SANCION TRAFICO xxxxxxxxxx” y el apartado Origen de la deuda donde señala JEFATURA DE TRAFICO.
Ciertamente con estos datos sigo desconociendo porque afirma más adelante “el día 11.05.2006 finalizó el plazo de pago en periodo voluntario…” cuando nunca se me ha notificado de ninguna jefatura de tráfico ni organismo alguno, ninguna sanción, al menos en los últimos años.
A mi entender, es posible que se trate simplemente de un error.
También puede suceder que se me conmine a pagar una sanción sin haberme notificado ni el inicio ni la instrucción ni la resolución del procedimiento; provocando así de manera evidente una absoluta indefensión.
Además de advertir que el documento que se me ha hecho llegar no es original sino fotocopia, no se dice ni a instancia de quien , ni cuando, ni cómo, ni donde, ni porqué, tengo yo una deuda con esa Agencia tributaria. Tan solo se me indica que el día 11.05.2006 finalizó el plazo de pago en periodo voluntario, sin que haya sido satisfecha la deuda de referencia; y la referencia es INGRESOS DE REC DE O.E.P. GESTIONADAS POR LA AEAT 2006 SANCION TRAFICO xxxxxxxxxxxxxx - JEFATURA DE TRAFICO.
En cualquier caso, mediante el presente recurso de reposición
SOLICITA
1. Que se suspenda la ejecución de la providencia de apremio.
2. Que se revise si tal viene motivada simplemente por un error de esa oficina, y entonces por ser plenamente nula, como tal se declare.
3. En improbable supuesto de que existiera una sanción de tráfico, como esta no me ha sido notificada en ninguna parte del procedimiento que supuestamente se hubiera instruido, ni siquiera se pone de manifiesto en el acto recurrido, pues en la Providencia de apremio por usted dictada NO se identifica la deuda pendiente como determina el articulo 167.1 de la Ley 58/2003, también debe tenerse por nula.
Por ser justo, se pide en Madrid, a 2006
Yo te aconsejo que recurras porque sino te embargan.
Este es el texto del recurso que presenté y fue efectivo.
Suerte
Que hace unos días recibió una comunicación de esa oficina, de la que se deduce que me requiere pagar una deuda cuya existencia desconocía.
Después de leer atentamente el contenido de los cinco folios de que consta su comunicación, lo que consigo intuir acerca de la causa que ha dado origen a su escrito se deduce del apartado que dice:
IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO – CONCEPTO “INGRESOS DE REC DE O.E.P. GESTIONADAS POR LA AEAT 2006 SANCION TRAFICO xxxxxxxxxx” y el apartado Origen de la deuda donde señala JEFATURA DE TRAFICO.
Ciertamente con estos datos sigo desconociendo porque afirma más adelante “el día 11.05.2006 finalizó el plazo de pago en periodo voluntario…” cuando nunca se me ha notificado de ninguna jefatura de tráfico ni organismo alguno, ninguna sanción, al menos en los últimos años.
A mi entender, es posible que se trate simplemente de un error.
También puede suceder que se me conmine a pagar una sanción sin haberme notificado ni el inicio ni la instrucción ni la resolución del procedimiento; provocando así de manera evidente una absoluta indefensión.
Además de advertir que el documento que se me ha hecho llegar no es original sino fotocopia, no se dice ni a instancia de quien , ni cuando, ni cómo, ni donde, ni porqué, tengo yo una deuda con esa Agencia tributaria. Tan solo se me indica que el día 11.05.2006 finalizó el plazo de pago en periodo voluntario, sin que haya sido satisfecha la deuda de referencia; y la referencia es INGRESOS DE REC DE O.E.P. GESTIONADAS POR LA AEAT 2006 SANCION TRAFICO xxxxxxxxxxxxxx - JEFATURA DE TRAFICO.
En cualquier caso, mediante el presente recurso de reposición
SOLICITA
1. Que se suspenda la ejecución de la providencia de apremio.
2. Que se revise si tal viene motivada simplemente por un error de esa oficina, y entonces por ser plenamente nula, como tal se declare.
3. En improbable supuesto de que existiera una sanción de tráfico, como esta no me ha sido notificada en ninguna parte del procedimiento que supuestamente se hubiera instruido, ni siquiera se pone de manifiesto en el acto recurrido, pues en la Providencia de apremio por usted dictada NO se identifica la deuda pendiente como determina el articulo 167.1 de la Ley 58/2003, también debe tenerse por nula.
Por ser justo, se pide en Madrid, a 2006
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UYDV
Re: NOS HAN MULTADO Y NO SABEMOS DONDE NI CUANDO
Hola,
yo estoy en la misma situación, ¿a quién debería presentar el escrito que figura más arriba? a hacienda? cómo hago?
Gracias
yo estoy en la misma situación, ¿a quién debería presentar el escrito que figura más arriba? a hacienda? cómo hago?
Gracias
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Enrique de Madrid
Re: NOS HAN MULTADO Y NO SABEMOS DONDE NI CUANDO
Es increible, pero me está pasado lo relatado por vosotros en este momento.!!! Como decis, el monto a reclamar es: 372.00 Euros, son 5 hojas,Todas fotocopias!!! El unico problema es que he estado fuera del pais. y ahora no sé qué hacer. A quién dirigo el escrito? A la Delegación de Hacienda en Madrid?
Me consuela el hecho de no ser el único con este incomprensible acontecimiento!!
Un saludo, Enrique Madrid
Me consuela el hecho de no ser el único con este incomprensible acontecimiento!!
Un saludo, Enrique Madrid
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everaldo10ls@hotmail.com
MULTA TRAFICO
cubur escribió:A mi me sucedió una cosa igual.
Yo te aconsejo que recurras porque sino te embargan.
Este es el texto del recurso que presenté y fue efectivo.
Suerte
Que hace unos días recibió una comunicación de esa oficina, de la que se deduce que me requiere pagar una deuda cuya existencia desconocía.
Después de leer atentamente el contenido de los cinco folios de que consta su comunicación, lo que consigo intuir acerca de la causa que ha dado origen a su escrito se deduce del apartado que dice:
IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO – CONCEPTO “INGRESOS DE REC DE O.E.P. GESTIONADAS POR LA AEAT 2006 SANCION TRAFICO xxxxxxxxxx” y el apartado Origen de la deuda donde señala JEFATURA DE TRAFICO.
Ciertamente con estos datos sigo desconociendo porque afirma más adelante “el día 11.05.2006 finalizó el plazo de pago en periodo voluntario…” cuando nunca se me ha notificado de ninguna jefatura de tráfico ni organismo alguno, ninguna sanción, al menos en los últimos años.
A mi entender, es posible que se trate simplemente de un error.
También puede suceder que se me conmine a pagar una sanción sin haberme notificado ni el inicio ni la instrucción ni la resolución del procedimiento; provocando así de manera evidente una absoluta indefensión.
Además de advertir que el documento que se me ha hecho llegar no es original sino fotocopia, no se dice ni a instancia de quien , ni cuando, ni cómo, ni donde, ni porqué, tengo yo una deuda con esa Agencia tributaria. Tan solo se me indica que el día 11.05.2006 finalizó el plazo de pago en periodo voluntario, sin que haya sido satisfecha la deuda de referencia; y la referencia es INGRESOS DE REC DE O.E.P. GESTIONADAS POR LA AEAT 2006 SANCION TRAFICO xxxxxxxxxxxxxx - JEFATURA DE TRAFICO.
En cualquier caso, mediante el presente recurso de reposición
SOLICITA
1. Que se suspenda la ejecución de la providencia de apremio.
2. Que se revise si tal viene motivada simplemente por un error de esa oficina, y entonces por ser plenamente nula, como tal se declare.
3. En improbable supuesto de que existiera una sanción de tráfico, como esta no me ha sido notificada en ninguna parte del procedimiento que supuestamente se hubiera instruido, ni siquiera se pone de manifiesto en el acto recurrido, pues en la Providencia de apremio por usted dictada NO se identifica la deuda pendiente como determina el articulo 167.1 de la Ley 58/2003, también debe tenerse por nula.
Por ser justo, se pide en Madrid, a 2006
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