multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Todas aquellas denuncias por exceso de velocidad. Graves o muy Graves.
joosse25
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multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor joosse25 » Mar Ago 17, 2010 2:25 pm

buenas, mi caso es que he recibido una multa de velocidad hecha con coche radar parado en la cuneta, en la foto salimos dos vehiculos completamente paralelos en el mismo sentido de circulacion. Me asesoro en la policia local de mi ciudad exponiendo la foto de la denuncia y me dicen que la denuncia no es valida por estar los vehiculos en paralelo y no se puede determinar el infractor, la recurro en el municipio donde se a tramitado la denuncia y no me aceptan mis motivos, en todos los links que he leido dicen que ese tipo de denuncia no es valida, entre otros por mala colocacion de enfoque del coche radar, por salir dos vehiculos en el mismo sentido de la marcha etcccccc, tengo otra oportunidad de recurrir pero me gustaria que alguien mas entendido en la materia me indique en palabras mas 'tecnicas' el escrito del recurso y articulos de la ley a los que puedo acojerme.
Incluso he mostrado la foto a guardias urbanos aleatoriamente y cuando ven la foto y el recurso se les queda cara de bobos y no entienden como no me anulan la multa, ya me tienen aburrido y me veo impotente ante la situacion legal de como defenderme ante esta injusticia.

P.d. Ningun agente se moja en apoyarme ya que es echarse tierra entre ellos, palabras textuales de la mayoria de los agentes preguntados ya que me informan que el recurso lo revisa el agente que en ese momento esta dentro del coche radar.

Gracias y saludos.

lois
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Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor lois » Mar Ago 17, 2010 7:36 pm

Efectivamente; si ambos coches van en paralelo, el 99% de las veces no tramitan la denuncia porque es imposible afirmar con seguridad, cual de los vehículos comete la infracción. Aunque tambies es cierto que la persona que, en primer lugar, contesta tu recurso, es el agente que estaba de operador del radar, y si este no da su brazo a torcer, es complicado ganar el recurso, aunque no imposible, salvo que se pueda demostrar sin ningún género de duda que tú eres el infractor. Si ya has presentado un recurso y te lo han denegado, solo te queda la opción de presentar el recurso de alzada ante quien corresponda (Ayuntamiento, DGT, etc) y despues de esto, el contencioso, aunque esto sale más caro que pagar y a eso se agarran para que no recurramos. Las personas responsables de la infracción, están recogidas en el Art 69 (Personas Responsables) de la Ley de Seguridad Vial y posteriores. Consulta la Ley de Seguridad Vial, en concreto los Art 69 al 83, donde te indica las personas responsble, motivos por los que no es obligatorio parar al vehículo para denunciarlo, que hacer en ese caso y los tipos de procedimiento. (No te lo pongo aqui debido a su extensión).
No existe nada en la ley que indique que en el caso de salir dos vehículos en la foto, no se tramite la denuncia, sino que es una norma no escrita de las distintas administraciones, ya que por lógica, si no puedes asegurar quien comete la infracción , no deberían denunciar, aunque parece que en tu caso, les da lo mismo. Aunque aportases declaraciones de un monton de policías diciendo que tienes razón, la última palabra la tiene el agente qu ete denuncia o la administración correspondiente, que se basará más en lo que manifieste el denunciante que en lo que digan otras personas. No deberían ignorar tu solicitud de pruebas, pero casi siempre contestan un formato tipo y ni tan siquiera tienen el "detalle" de leerse las alegaciones; como la palabra de los agentes tiene veracidad, con eso le basta a la administración. Siento no poder darte mejores noticias. Suerte con el recurso. Un slaudo.

joosse25
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Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor joosse25 » Mar Ago 17, 2010 8:57 pm

exacto, uno de los agentes me comento que si el compañero ha determinado que yo era el infractor poco puedo hacer ante eso. Pero no entiendo que si la multa es algo automatico por radar y el radar es el que determina quien es el infractor en mi caso uno de los dos vehiculos fotografiados que pinta el agente en todo esto y es mas el no esta calibrado ni ajustado para determinar a la velocidad que yo iba, entiendo que en casos de adelantamientos maniobras incorrectas y demas el agente tenga la capacidad de sancionar pero en el caso de la denuncia por velocidad, no. No se si me explico.
Si la denuncia es por disparo del radar, no puedo yo reclamar que no entre el agente en el tema?, ya que la denuncia especifica que la infraccion es determinada por el aparato no por ningun agente, incluso un agente me comento que el vehiculo radar estaba mal situado al abarcar dos carriles del mismo sentido, lo expuse en el recurso y aun asi nada.

Gracias.

P.d. no me voy a rendir tan facilmente :(

joosse25
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Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor joosse25 » Mar Ago 17, 2010 9:10 pm

lois, por tu texto y viendo como has pillado al vuelo el caso, eres abogado o algo parecido. Si pudieses retocarme este documento u otro parecido a mi caso me harias un gran favor por que llevo un mosqueo e impotencia que no veas.

http://www.todalaley.com/mostrarFormulario186.htm

O si alguien se presta a generar el documento lo espero con los brazos abiertos en mi mail.

Gracias.

lois
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Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor lois » Mié Ago 18, 2010 7:25 pm

Bueno, el recurso esta bastante completo.
Solo me limito a "quitar" las partes que en principio no te afectan. Hay unos párrafos entrecomillados, que tienes que ver si se ajustan a tu caso y en caso contrario, quitarlos. Basandome en lo que dices en tus post, añado algunas cosas de "mi cosecha", ya que ignoro que pruebas aportastes o que te contestaron a tu recurso. Leelo y si tienes cobertura de multas en tu seguro, aprovechalo y que te asesoren, seguro que lo hacen mejor que yo y estan más familiarizados con estos temas. Me parece muy loable tu aptitud de no rendite y pelear hasta el final por lo que crees que es justo, si todo el mundo iciesemos lo mismo, la cosa cambiaría. Ánimo y suerte con el recurso. Ya nos dirás en que termina la cosa. :wink:



AL MINISTRO DEL INTERIOR

Don (), mayor de edad, vecino de (), con domicilio en (), y titular del D.N.I núm. (), en expediente sancionador núm. () tramitado por el (), ante el órgano al que me dirijo comparezco, y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que por el presente escrito, y dentro del plazo legal conferido de un mes, vengo a formular RECURSO DE ALZADA, conforme al art.17 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por RD 320/1994 de 25 de febrero con las modificaciones introducidas por el RD 318/2003 de 14 de marzo, contra la resolución dictada por () con fecha de () de () de () por la que (), en base a las siguientes,

ALEGACIONES

Que con fecha de () de () de () se me notificó boletín de denuncia por la supuesta infracción del art.*** del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por RD Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, teniendo presentes las reformas sobre el mismo por la Ley 19/2001 de 19 de diciembre y del art.3 del Reglamento General de Circulación aprobado por RD 13/1992 de 17 de enero y modificado por RD 1428/2003 de 21 de noviembre, que lo desarrolla reglamentariamente, sanciona (Poner el motivo de la denuncia) **********
Que esta parte conforme al art.12 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su momento, dentro del plazo legal conferido de 15 días, presentó escrito de alegaciones y proposición de pruebas impugnando la imputación realizada en el boletín de denuncia.
Que los hechos contenidos en el boletín de denuncia, sobre los que se sostiene la imputación de la infracción administrativa, no se corresponden con la realidad tal y como se expuso en el escrito alegaciones y proposición de pruebas que se presentó en su momento, siendo los hechos realmente acaecidos los siguientes:

(exponer).

Que se han infringido en la resolución que se recurre los siguientes principios de la potestad sancionadora sancionados en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre. Así:
Se vulnera el principio de tipicidad sancionado en el art.129 de dicho cuerpo legal, teniendo en cuenta las modificaciones introducidas sobre este precepto por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre, de medios para la modernización del Gobierno Local, ya que se ha impuesto una sanción por un hecho no constitutivo de infracción administrativa.
Se viola el principio de responsabilidad previsto en el art.130 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece que sólo pueden ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de los mismos, así como en el art.72 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en el que se establece que "la responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta ley recaerá directamente en el autor del hecho en que consita a la infracción", ya que se le imputa la infracción administrativa a una persona no autora de los hechos que constituyen la infracción.
Se vulnera el principio de proporcionalidad sancionado en el art.131 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a lo siguiente:
Que la sanción de multa acordada es excesiva, al no ajustarse a lo dispuesto en el art. 68 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por no ser graduada a la gravedad y trascendencia del hecho, ni a los antecedentes del infractor, ni al peligro potencial creado, teniendo en cuenta los hechos realmente ocurridos, y la inexistencia de antecedentes en mi persona.


Que en la resolución que se impugna se han infringido principios del procedimiento sancionador, sancionados en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre, conforme a lo siguiente:
En el expediente el órgano instructor coincide con el sancionador, siendo obligada, conforme al art.134 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la separación entre la fase instructora y la sancionadora, encomendándolas a órganos distintos.


"Que no se han respetado los derechos que la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su art.135 reconoce a los presuntos responsables, ya que:
Esta parte no fue notificada en su día de los hechos que se le imputaban, ni de las infracciones que tales hechos pudieran constituir, ni de las sanciones que se les pudiera imponer, así como tampoco la identidad del instructor, ni de la autoridad competente para imponer la sanción, ni de la norma que atribuya tal competencia.
Que como consecuencia de lo anterior a esta parte se le ha privado del trámite de presentación de alegaciones y proposición de pruebas para su defensa. Trámite al que se refiere el art.12 del Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial."


Que se ha violado el principio de presunción de inocencia, conforme a lo establecido en el art.137 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
Al otorgarse valor probatorio a los hechos alegados por los funcionarios sin tenerse en cuenta las pruebas realizadas en el expediente sancionador a petición de esta parte.
Al ser rechazadas las pruebas (pericial, testifical…) por el órgano instructor mediante resolución no motivada, ya que la fotografía aportada como prueba de la supuesta infracción cometida por el denunciado, no ofrece las suficientes garantias legales que permitan determinar con seguridad el presunto responsable de la infracción, ya que en la misma, aparece un vehículo circulando paralelo al mio, haciendo imposible determinar con la seguridad suficiente, que vehículo es el que comete la supuesta infracción.


Que la resolución que se impugna no ha sido motivada ni resuelto todas las cuestiones planteadas en el expediente, aceptando hechos distintos de los determinados en el curso del procedimiento, violando lo dispuesto en el art.138 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no habiendo indicado en la contestación a mi recurso anterior, en que pruebas se basa el agente para atribuir la infracción a uno u otro vehículo, vulnerando con ello, la presunción de inocencia que me reconoce la ley.


"Que habiendo recaído la resolución impugnada con posterioridad a seis meses desde la iniciación del procedimiento, procedía el archivo de las actuaciones conforme a lo establecido en el art.20.6 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por RD 1398/1993 de 4 de agosto.
Que el órgano competente para resolver no ha tenido en cuenta las prueba/s (pericial, testifical….) practicada/s en el expediente sancionador consistente/s en () por la/s que quedaba plenamente demostrada la improcedencia de la imputación realizada.
Por todo lo expuesto,

SOLICITO, Que se tenga por presentado este escrito, se admita, y se tenga por formulado, en tiempo y forma, RECURSO DE ALZADA contra la resolución dictada con fecha de () de () de () por () por la que (), y se dicte resolución por la que se declare haber lugar al recurso acordando la inexistencia de la infracción que se me imputa, y para el caso de que no se acuerde solicito de forma subsidiaria la reducción de la sanción de multa y de suspensión del permiso o licencia de conducción impuesta en base a los motivos expuestos en el presente escrito.

Por ser justicia que solicito en () a () de ().

joosse25
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Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor joosse25 » Jue Ago 19, 2010 1:35 pm

muchas gracias lois. :D

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Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor joosse25 » Mar Ago 24, 2010 6:14 pm

os cuelgo la foto, yo soy el de la moto.

Imagen

yo soy el de la moto

joosse25
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Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor joosse25 » Lun Oct 11, 2010 10:05 am

nada el recurso de que se vulnera mi inocencia y que no se puede determinar el infractor, DENEGADO.

Ahora me llega una carta en la cual me dicen que debo hacer un recurso de reposicion, ya empiezo a perderme en el tema.

Que me aconsejais

lois
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Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor lois » Lun Oct 11, 2010 7:42 pm

Siento que no ganases el recurso. El recurso de reposición tienes que dirigirlo al jefe de tráfico o mejor dicho, al jefe de tránsito de Cataluña (Si no me equivoco la denuncia es de alli. En la notificación que has recibido seguro que te lo pone). Si hubiesen querido hacer bien las cosas, ni tan siquiera te habrían mandado la foto (Tengo la impresión de que al conductor del coche le cayó otra denuncia por lo mismo). Te repito lo mismo, si tienes asistencia de multas con tu seguro, que te informen. Ya que no te van a hacer descuento que era lo único que ganabas, puedes plantearte seguir adelante y que por lo menos les cueste más el cobrar la denuncia. Suerte. Un saludo.

Tordo

Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor Tordo » Jue Oct 14, 2010 8:38 am

Esta gente nunca da su brazo a torcer,te va a tocar ir a juicio o pagar la multa

uno más que pillaron en sabadell

Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor uno más que pillaron en sabadell » Jue Oct 28, 2010 4:18 pm

S@lu2 a tod@s!

joosse veo que a ti también te han cazado en c. Domenech i Montaner 92 de Sabadell (junto a la gasolinera).

A mi también me han pillado despistado, y mira que soy Policia Local desde hace más de 15 años... pero pillo la moto a diario, y aunque en 20 años no he tenido un accidente por mi culpa, y adapto siempre la velocidad a las condiciones de la via, por donde nos han pillado es prácticamente IMPOSIBLE circular a 50 Km/h, cuando es una via rápida (urbana) que el deleznable ALCALDE de Sabadell del PSC, alias manolito bustos "el cabezón", utiliza por lo que veo para recaudar para sus arcas municipales muy mal gestionadas.

El multanova 6F es el mejor radar que hay en EUROPA, y por mucho que digan algunos, el margen de error es ínfimo... de hecho la marca esta sacando un super radar que puede pillar más de 10 vehículos a la vez en diferentes carriles, sucediéndose o precediéndose, y además de pillar los excesos, te constata la distánca de seguridad, cambios improcedentes de carril, etc (mira por el google).

Y con la última reforma de la Ley de seguridad Vial... no se escapa ni DIOS!... SON PRÁCTICAMENTE IRRECURRIBLES!... y si no identificas al conductor, te cae el doble o el triple de la sanción impuesta sin descuento.

Yo la he pagado (aprovechandome el 50% de descuento)... y me han quitado 6 puntos (menos mal que tenia 14).

Lo que más me jode como profesional, es que no ubiquen el radar en los puntos negros (que hay muchos y se saben)... pero claro, es más sencillo y lucrativo estos otros puntos que no tienen accidentabilidad y es facilisimo superar el límite impuesto.

La verdad es que tal y como estan las cosas... no me estraña que cada vez más haya moteristas sin matricula o dificultando su visión... que eso es una infracción grave (200€) y no te quitan puntos... eso si... los pillan antes que con los radares!

Buen rollo para tod@s... y no votar más al puto ZP o la montilla (PSOE-PSC) por favorrrrrrrrrr!!!

joosse25
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Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor joosse25 » Mié Nov 10, 2010 11:07 pm

no me hables del bustos q echo chispassssssssssssssss :evil: , que crudo me lo pones tio, ya como que paso de calentarme mas la cabeza. Si conoces al flequi a cazorla y al jose de las autocaravanas le das recuerdos de el pikoleto de la plaza españa jajajajja

elisarm

Re: multa de radar con otro vehiculo paralelo a mi

Mensajepor elisarm » Mar Mar 01, 2011 2:38 pm

Hola a todos,

Pues van cayendo como moscas en la Gran Vía de Sabadell. La semana pasada recibió una multa una compañera mía, ayer yo y hoy mi pareja... Lo que más miedo da, es que entonces podamos recibir X multas del mismo tramo...

En mi foto me pone que iba a 81km/h dónde toca ir a 50. También es del C/ Domenech i Muntaner, 92 y también me aparece otro coche al lado. En fecha 13 de diciembre a las 4 de la tarde. A recaudar se ha dicho...

Yo no he intentado recurrir, porque no lo veo muy factible y prefiero pagar con el descuento.

Lo único que me da un miedo que no veas, es seguir recibiendo más de la Gran Vía. Y más al venir con 2 meses y medio de retraso... A 150 euros cada una y 2 puntos a retirar del carné... ¡Tela!

Yo estoy advirtiendo a todos mis amigos para evitar, por lo menos, que pillen a más gente. Pero cómo decís algunos, ir a 50 por muchos tramos de la Gran Vía es un gran reto...


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