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Me temo que me espera la carcel
Publicado: Lun Abr 14, 2008 1:56 pm
por ciudadano
Hola,agradeceria cualquier comentario de gente que este plenamente informada para emitir una opinion.
La situacion es la siguiente,zona de 50 kms hora tras un carril lento,tras adelantar a unos vehiculos que iban muy lentos(seguramente por que sabian lo que habia)me encuentro entrando en esa zona de 50 a unos 120-130 kms hora.Que reduzco obviamente hasta llegar a velocidad legal.No doy demasiada importancia a este hecho,hasta que por coincidencias,paso de vuelta por el mismo sitio,unas horas mas tarde,en sentido contrario,y veo un precioso radar,nada mas comenzar la zona de 50,previamente señalizado,y que a buen seguro me ha fotografiado.
Mirando las tablas de sanciones,la multa seria con pena de carcel de hasta 6 meses,retirada del carnet de 1 a 4 años,perdida de puntos,mas la sancion economica de 600 euros.
He llegado a la conclusion,de que es obviamente mejor pagar 1.500 euros,por no identificacion del conductor y no arruinarme la vida,ya no en el presidio,si no en mi vida laboral,ya que dependo del carnet para poder trabajar.
Por favor que alguien me aclare si no identificar al conductor conlleva la sancion economica tan solo,o si por el contrario acarrea perdidas de puntos,de permiso,etc.
Gracias
Re: Me temo que me espera la carcel
Publicado: Mar Abr 15, 2008 8:48 am
por SOLANERO17
Solo la sancion economica que suele ser el doble de la multa original
osea: 600x2=1200 -30% pronto pago= 840
Re: Me temo que me espera la carcel
Publicado: Sab Abr 19, 2008 8:57 pm
por Agente
Aquí no hablamos de una infracción administrativa en la que sino identificas al conductor pagas la sanción y ya está, hablamos que el sobrepasar en más de un 50% la velocidad es delito y según cuantas es tu caso, o sea, que tendrás que identificar al conductor obligatoriamente y actualmente están poniendo trabajos en la sociedad no pena de cárcel.
Re: Me temo que me espera la carcel
Publicado: Lun Abr 21, 2008 11:16 pm
por davizito
Por superar el doble la velocidad permitida te pueden llevar a lo penal por conduciión temeraria pero no tiene por que ser así de hecho en la mayoría de los casos no pasa y menos en los que no te paran y no pueden demostrar que pusieras en peligro a nadie. Eso es superando el doble no el 50%. Lo que si te pueden caer son 500 pavos o así y de 1 a 3 meses de retirada, así que hala a no identificar y ya está.
Re: Me temo que me espera la carcel
Publicado: Mié Abr 23, 2008 9:19 pm
por Invitado
Vamos a ver Agente. Sea o no se un delito penal o falta administrativa la presunción de inocencia es un derecho que nos asiste a todos. Si le llega una notificación del juzgado el debe alegar que el no conducía y que no sabe quien podría ser o que simplemente no quiere decir al persona que llevaba el coche por se un familiar. La ley le permite cuando eres acusado mentir no declarar... y el juzgado deberá archivar el procedimiento. En el caso que sean infracciones penales los agentes deberían parar en el acto al conductor! ah!! que a la Administración sólo les interesa recaudar... como se dice siempre... hecha la ley hecha la trampa!. Y en esta vida hay que espavilarse no hace falta pagar un multa o perder puntos... para saber si uno ha hecho un imprudencia o ha hecho mal... que ya somo mayorcitos hombre!!
Saludos a todo y ánimo a este foro!
Re: Me temo que me espera la carcel
Publicado: Mié Abr 23, 2008 9:46 pm
por Agente
No estoy de acuerdo, entonces según tu, cometo un delito y no me paran pero me cogen la matrícula, entonces van a casa y les digo no quiero decir quien conducía y ya está, archivado, de eso nada, de todas formas el amigo que ha expuesto el post que nos comente como acaba todo esto.
Saludos
Re: Me temo que me espera la carcel
Publicado: Mié Abr 23, 2008 10:58 pm
por Invitado
Si por absurdo que pueda parecer, el titular del coche no implica que seas el responsable. Porque sino se pide cuando no te paran que identifiques al conductor ? es lo mismo, en derecho penal es básico el derecho a no declarar y la presunción de inocencia.
saludos
Re: Me temo que me espera la carcel
Publicado: Jue Abr 24, 2008 6:51 pm
por solanero17
Soi la GC tiene constancia de que se ha cometido un delito ya sea provocado por infringir la ley de seguridad vial, trafico o por matar a una persona, debe iniciar las correspondientes diligencias y presentar pruebas ante el juez que es quien condena, la GC sólo denuncia.
En caso de ir por via penal: podrian abrir un atestado y diligencias para averiguar quien cometio el delito, tienen una pista que es la matricula del coche y a partir de ahí pueden llegar al propietario, pero una vez aquí, si el propietario no colabora no sabrán quien es el conductor (la tortura hace años que no es práctica habitual estra las fuerzas de gseguridad espàñolas) y la coartada del propietario en tan sencilla como creible ante un juez: a nadie se lepuede exigir que lleve un registro de quien conduce su coche en cada dia a cada hora y porque lugar, el juez archivaria la causa por falta de pruebas.
Otra cosa es la vua administrativa en la que hay una ley de trafico que simplemente dice que tu debes responder a requerimiento de la Jefatura de TRafico cuando se te inste a identificar al conductor de tu coche, y si no lo haces, pyes ya está prevista la sanción y punto, cosa que tamboen se podria discutir y alegar, pero eso ya es arina de otro costal.
Creo que el tema está bastante claro
Sl2 y no corrais que al final siempre se acaba pagando, y entonces ojala tengas suerte y lo puedas pagar solo con duinero.