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¿Radar movil en poblado?

Publicado: Lun Ago 31, 2009 12:59 am
por Gasgas
Hola, conocía esta página desde hacía tiempo y soy lector asiduo, pero nunca se me planteo una cuestión en la que necesitara tanto el consejo de la gente!

El caso es que supuestamente, en mi pueblo (entre 27 y 32 mil habitantes, muchos impuestos y mucha presencia policial, local como mosso d'escuadra), me hicieron una "foto" desde un radar movil (un laguna blanco) a las 12 y media de la noche.

El problema o problemón, es que creo que podia llegar a duplicar el límite, ya que este era 30 y yo iba a unos 60... si, triste pero cierto, era una calle con bastante visibilidad y con poco tráfico... también decir que soy novel desde hace un par o 3 de meses...


Puede ser? es decir, yo estoy convencido (casi que por el miedo) a que fue foto, pero tmbién pudo ser un reflejo en un capó de una luz del coche de atrás o no se... que puede pasarme?

Gracias y si, eso me pasa por ir rápido y bla bla bla, mas charla que la que me he metido yo a mi mismo no puedo recibir así que ahora me queda esperar..

Re: ¿Radar movil en poblado?

Publicado: Lun Ago 31, 2009 11:25 am
por Agente
Como poder ser, puede ser, los radares también sacan fotos de noche, y como tu dices te toca esperar.

Re: ¿Radar movil en poblado?

Publicado: Lun Ago 31, 2009 9:46 pm
por franviga
Estimado Sr.

Efectivamente únicamente le queda esperar a ser notificado de la denuncia, en su caso.

Llegado el momento, habra que ver si la infracción se califica como GRAVE (hasta 300 euros más pérdida de puntos (2, 3 o 4, según el exceso de velocidad) y posible, aunque no obligatoria, suspensión del permiso de 1-3 meses) o MUY GRAVE (sanción económica de 301 a 600 euros, pérdida de 6 puntos y necesariamente suspensión del permiso de conducción –de 1 a 3 meses–.

En ese caso, sería recomendable entrar a discutir el fondo del asunto (la infracción propiamente dicha) mediante la presentación de alegaciones y proposición de pruebas (en los 15 días hábiles siguientes a la notificación del boletín) y mediante la presentación del correspondiente escrito hasta agotar la vía administrativa, y ello por muchas razones:

1ª.- El alargamiento del procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción (6 meses o 1 año, según el caso) o vicios de nulidad del procedimiento (p.ej., que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).

2ª.- En muchas ocasiones, las sanciones son desproporcionadas y no respetan los criterios legales de graduación de las mismas (p. ej., es común que a un conductor sin antecedentes infractores o cuya infracción no ha puesto en peligro la seguridad, la Administración, en lugar de imponer el mínimo legal, lo sobrepasa hasta la mitad o más incluso.

3ª.- No hacer nada o pagar anticipadamente con la bonificación del 30% supone muchas veces pagar más dinero de lo que se debería y conformarse con la suspensión del permiso propuesta y, lo que puede ser incluso más importante, con la pérdida de los puntos propuestos (de 2 a 6 en su caso), sobre todo si se tiene en cuenta que solamente hay 12 puntos disponibles y que si el titular del permiso se queda sin puntos pierde el permiso sin posibilidad de obtener uno nuevo hasta transcurridos 6 meses (3 meses para conductores profesionales) o 12 meses (6 meses para conductores profesionales) la segunda vez, para lo cual se deberán abonar, realizar y superar los correspondientes cursos de hasta 30 horas de duración.


No obstante, de momento, como ya le dije, aguarde a recibir la denuncia y no se precipite. Es posible que ni siquiera le sea notificada.

Para cualquier duda o aclaración puede visitarnos en http://www.+++PUBLICIDAD NO ACEPTADA++++.

F.A.Villar
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Re: ¿Radar movil en poblado?

Publicado: Mar Sep 01, 2009 1:39 am
por Gasgas
Gracias por contestar Franviga, pero teoricamente esto --> http://www.infocoches.com/art/informe-t ... 42756.html dice que como mucho tendré que pagar 400 y me quitarán 4 puntos.

Y una pregunta, si pago la multa con el 30% de descuento por haberlo hecho anticipadamente... almenos me tiene que llegar antes no? es decir, si tarda 6 meses y la pago al dia siguiente tendré ese descuento no?