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El infractor ha fallecido

Publicado: Vie Ene 15, 2010 8:42 am
por Invitado
Tengo una consulta,

El otro dia me llego una multa de velocidad de antes del verando pasado. Por esas fechas el coche no lo conducia yo, lo llevaba un familiar. Dicho familiar ha fallecido recientemente.

Al ser una multa de radar, me solicitan identificar al conductor, pero claro esta persona ha fallecido y no puede aceptar la multa ¿Que hago?

Re: El infractor ha fallecido

Publicado: Vie Ene 15, 2010 9:07 am
por Invitado
Adjunta un escrito con copia del documento que acredita el fallecimiento. AL ser el titular y al estar muerto no se puede identificar el expediente se archivará.

Saludos.

Re: El infractor ha fallecido

Publicado: Vie Ene 15, 2010 11:35 am
por invitado
Gracias,

Pero el problema es que ella no era el titular, el titular soy yo, pero era ella la que conducia.

Re: El infractor ha fallecido

Publicado: Sab Ene 16, 2010 7:20 pm
por multasfuera
Estimado Sr.

El incumplimiento de la obligación de identificar al conductor sólo supone una multa económica (sin puntos ni suspensión del permiso) que puede llegar hasta los 1.500 euros, aunque lo habitual es que sea inferior. En cambio, la infracción por la que ha sido denunciado conlleva pérdida de puntos.

En estos casos, caben dos opciones:
a.) No identificar y correr con la sanción económica (el titular), pero sin el riesgo de la pérdida de puntos de la infracción originaria, cuyo expediente se archivaría.

b.) Identificar al familiar fallecido acompañando certificación de defunción y fotocopia del libro de familia que acredite su relación familiar o, en su caso, a algún amigo o conocido que, llegado el caso y por sus circunstancias personales, estuviera dispuesto, en el peor de los casos, a pechar con la pérdida de puntos. En este último caso, la denuncia que ha recibido volvería a ser notificada, esta vez, a la persona identificada, con la que se seguiría el procedimiento adminitrativo.

En principio, la identificación de una persona fallecida justificando la relación familiar podría ser suficiente para archivar el procedimiento, pues al reiniciar el expediente contra la persona que ha fallecido, la responsabilidad se extinguiría.

Si decide optar por la identificación del conductor, ya sea el familiar fallecido, ya otro, sepa que la infracción por la que se le ha denunciado es grave e implica sanción económica de 91 a 300 euros, no implica necesariamente suspensión del permiso de conducción –es potestativo para la Administración, lo puede hacer o no, aunque no es habitual que lo haga en este tipo de sucesos, suele hacerlo únicamente en incidentes de mayor gravedad y/o cuando se ha puesto en serio peligro la circulación y/o conductores con antecedentes infractores diversos, y en estos casos solamente durante 1 mes, pero casi con toda seguridad no lo haría en tu caso– y en todo caso lleva aparejada la pérdida de puntos (dependiendo del exceso de velocidad denunciado).

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

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Re: El infractor ha fallecido

Publicado: Mar Ene 19, 2010 1:27 pm
por Invitado
debes identificar a quien conducia, con independencia de si a fallecido o no, ya que de no hacerlo seras sancionada por incumplir con tu obligacion de identificar (doble de la sancion economica). una vez identifacada llegara una nueva notificacion a nombre de esa persona y es en ese momento cuando debes aportar una copia del certificado literal de defuncion.

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