Ante todo saludos a todos,
Me acabo de llevar mi segunda multa y me surgen dudas importantes, os explico:
Me ha llegado una carta pa identificar conductor, diciendo que iba a 122km/h en tramo de la A7 limitado a 80km/h.
en la otra multa que me pusieron (en el mismo sitio), en esa si me pararon, he leido el texto de la multa que dice que circulo a 108 en tramo de 80 bla bla bla, y al final dice "para la graduación de la sanción se han tenido en cuenta los margenes de error admitidos reglamentariamente"
Ahí surge mi duda:
Esos margenes de error (entre el 3% y el 10%), se aplican a los 122 km/h, o esa velocidad esta estipulada ya con los margenes aplicados???
Es que la diferencia es bestia según la Ley.
Si ya estan aplicados me funden por sancion muy grave ya que paso del 50% permitido, y me retiran el carnet.
Si no estan aplicados y se han de aplicar, por muy poco que se gradue, pongamos el 3%, ya bajo la velocidad a 118,34km/h y me puedo librar de la retirada.
La verdad es que estoy acojonao, ya que mi trabajo depende del coche, porfavor que que alguien me aclare esto.
Gracias de antemano.
Duda importante. Exceso 122 en autovia de 80
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Invitado
Re: Duda importante. Exceso 122 en autovia de 80
La velocidad que marca en la multa se supone que ya está corregida por los márgenes de error
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