Ayuda con multa muy grave radar movil r-2
Publicado: Jue Mar 25, 2010 1:44 pm
Buenas!
Como podeis ver, soy nuevo en este foro aunque llevo un buen tiempo siguiendolo, y este va a ser mi primer post.
La verdad es que me hubiera gustado empezar con mejor pie, pero bueno, aquí va.
Me ha llegado a casa una notificación que me pide identificar al conductor del vehículo.
Me han cazado con el famoso radar móvil de Guadalajara en el km.48 de la R-2. Hecho que se notifica:
CIRCULAR A 206 KM/H, TENIENDO LIMITADA LA VELOCIDAD A 120 KM/H. EXISTE UNA LIMITACIÓN GENERICA EN VIA INTERURBANA. CINEMOMETRO 1427MULTANOVA. APROBADO EL 20/05/2004. PARA EL CALCULO DE EXCESOS DE VELOCIDAD Y SANCION APLICABLE, SE HAN TENIDO EN CUENTA LOS MARGENES DE ERROR ESTIPULADOS EN LA NORMA UNE 26444. -NO SE NOTIFICA POR ESTAR NOTIFICANDO A OTROS USUARIOS.
Ahora bien, soy plenamente consciente de la locura que he cometido y la verdad es que tengo muy claro que nunca lo volveré a hacer. Fue un error por mi parte, aunque, para aquellos que me consideren un criminal indecente; tengo que decir que no había ni un sólo coche en toda la carretera ya que esto fue a las 4 de la madrugada de un jueves.
Mi duda es la siguiente: ¿Qué sanción conlleva esto? Entiendo que superar los 200 km/h se considera delito, pero quería saber si a la medición de 206km/h que me sale en la multa se la aplica el márgen de error del cinemómetro.
Si es así, con un mero 3% me salvaría del delito y me quedaría con el golpe de perder 6 puntos y 600€.
¿Alguien me puede aclarar esto?
Muchisimas gracias!
Como podeis ver, soy nuevo en este foro aunque llevo un buen tiempo siguiendolo, y este va a ser mi primer post.
La verdad es que me hubiera gustado empezar con mejor pie, pero bueno, aquí va.
Me ha llegado a casa una notificación que me pide identificar al conductor del vehículo.
Me han cazado con el famoso radar móvil de Guadalajara en el km.48 de la R-2. Hecho que se notifica:
CIRCULAR A 206 KM/H, TENIENDO LIMITADA LA VELOCIDAD A 120 KM/H. EXISTE UNA LIMITACIÓN GENERICA EN VIA INTERURBANA. CINEMOMETRO 1427MULTANOVA. APROBADO EL 20/05/2004. PARA EL CALCULO DE EXCESOS DE VELOCIDAD Y SANCION APLICABLE, SE HAN TENIDO EN CUENTA LOS MARGENES DE ERROR ESTIPULADOS EN LA NORMA UNE 26444. -NO SE NOTIFICA POR ESTAR NOTIFICANDO A OTROS USUARIOS.
Ahora bien, soy plenamente consciente de la locura que he cometido y la verdad es que tengo muy claro que nunca lo volveré a hacer. Fue un error por mi parte, aunque, para aquellos que me consideren un criminal indecente; tengo que decir que no había ni un sólo coche en toda la carretera ya que esto fue a las 4 de la madrugada de un jueves.
Mi duda es la siguiente: ¿Qué sanción conlleva esto? Entiendo que superar los 200 km/h se considera delito, pero quería saber si a la medición de 206km/h que me sale en la multa se la aplica el márgen de error del cinemómetro.
Si es así, con un mero 3% me salvaría del delito y me quedaría con el golpe de perder 6 puntos y 600€.
¿Alguien me puede aclarar esto?
Muchisimas gracias!