pues en la pregunta lo explico. Nadie me lo aclara muy bien. Me ha dicho un abogado que puedo acojerme al 30% de descuento por pagar antes de los 30 días (infracción muy grave con multa de 520 € retirada de carnet de 1 mes y 4....) y presentar después el recurso de alegaciones. ¿Es cierto?.
¿Puedo pagar para reducir el 30% y luego recurrir?
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Toño
¿Puedo pagar para reducir el 30% y luego recurrir?
Hola amigos,
pues en la pregunta lo explico. Nadie me lo aclara muy bien. Me ha dicho un abogado que puedo acojerme al 30% de descuento por pagar antes de los 30 días (infracción muy grave con multa de 520 € retirada de carnet de 1 mes y 4....) y presentar después el recurso de alegaciones. ¿Es cierto?.

pues en la pregunta lo explico. Nadie me lo aclara muy bien. Me ha dicho un abogado que puedo acojerme al 30% de descuento por pagar antes de los 30 días (infracción muy grave con multa de 520 € retirada de carnet de 1 mes y 4....) y presentar después el recurso de alegaciones. ¿Es cierto?.
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Invitado
Hola Toño,
buena pregunta. parece ser que sí. Y si ganas el recurso, luego han de reintegrarte el importe abonado..
Yo tengo por ahí un par de cuestiones pendientes que agradecería fueran contestadas;
Un boletín de denuncia sin firma no es una notificación fehaciente. ¿esto es cierto?. Esto implica que aún puedo recurrir pues hace ya más de 25 días del boletín y la notificación me llegó ayer, con lo que empezaría el plazo de 10-15 días para presentar alegaciones a partir de la noptificación.
Agradecería que me contestar alguien que conociera este aspecto de la ley.
Salud.
buena pregunta. parece ser que sí. Y si ganas el recurso, luego han de reintegrarte el importe abonado..
Yo tengo por ahí un par de cuestiones pendientes que agradecería fueran contestadas;
Un boletín de denuncia sin firma no es una notificación fehaciente. ¿esto es cierto?. Esto implica que aún puedo recurrir pues hace ya más de 25 días del boletín y la notificación me llegó ayer, con lo que empezaría el plazo de 10-15 días para presentar alegaciones a partir de la noptificación.
Agradecería que me contestar alguien que conociera este aspecto de la ley.
Salud.
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Toño
Notificación fehaciente
Hola invitado,
efectivamente, si no la firmas no es una notificación fehaciente. El tiempo empieza a contar desde que te llega la Notificación, no desde la entrega del boletín de denuncia (salvo que lo firmes).
Suerte
efectivamente, si no la firmas no es una notificación fehaciente. El tiempo empieza a contar desde que te llega la Notificación, no desde la entrega del boletín de denuncia (salvo que lo firmes).
Suerte
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