Hola, el motivo de mi consulta es ver si a alguien le ha ocurrido lo que a mí y me puede explicar el tema,
La cuestión es que el año pasado conduciendo por la M30 una patrulla de la Policía Municipal de Madrid me paró y me hizo un control de alcoholemia no rutinario, en el que di positivo con 0,62, total, juicio rápido, ocho meses de retirada de carnet, 600 euros de multas y los correspondientes días de servicios a la comunidad (que no se hace) y curso de sensibilización (que si se hace, porque cuesta 350 euros), total que ya he cumplido mi condena, pagado la multa impuesta por el juez y realizado el curso, y cual es mi sorpresa que de repente me encuentro en el buzón con una carta de pago de la Agencia tributaria de Madrid de la Subdirección General de Recaudación, en la que me reclaman por prodencia de apremio un importe de 166,51 euros por una multa de tráfico referente al día de la sancíón de la prueba de alcoholemia por la que me denuncian por conducción negligente y me exigen el pago de la multa, mi pregunta es, ¿Si ya he tenido un juicio y cumplido mi sanción judicialmente hablando, me pueden imponer también una sanción administrativa y multarme los municipales por el mismo hecho? Además en esta denuncia uno de mis dos apellidos es erroneo aunque el resto de datos están bien. ¿Qué puedo hacer? Muchas gracias
Alcoholemia y conducción negligente
Re: Alcoholemia y conducción negligente
Me temo que se trata de dos sanciones distintas: Una por alcoholemia y otra por conducir de forma negligente. Uno de los motivos que contempla la ley para que te puedean realizar la prueba de alcoholemia es que cometas una infracción y para poder justificar que te hagan soplar, si no tuvistes accidente ni te pararon en un control preventivo, debidamente autorizado, la única opción que les queda para que soples, es ceñirse al supuesto de haber cometido una infracción: Es decir, te ven conducir de forma negligente, te denuncian y te hacen soplar, dando positivo. Por eso, la sanción de alcoholemia va por un lado (Via judicial por conducir bajo el efecto de bebifdas alcohólicas) y otra para justificar la parada y posterior prueba (Conducir de modo negligente). Lo correcto habría sido que te diesen copia de esa denuncia en el momento. Un saludo.
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invitado
Re: Alcoholemia y conducción negligente
Cabe la posibilidad que te dieran la denuncia, pero con tantos papeles se te perdiera, o puede que con las 2 cervezas que te tomaste se te traspapelara.
Un saludo.
Un saludo.
Re: Alcoholemia y conducción negligente
100% con la respuesta de lois, el motivo de la parada fue la conducción negligente por la que previamente se te denuncia administrativamente. Esa infracción se puede obviar a fin de no gravar más al denunciado pero se corre el riesgo que mediante recurso quede nulo el procedimiento, porque no se han cumplido los requisitos necesarios. La denuncia está bien formulada.
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