Alcoholemia (0,43)
Publicado: Vie Nov 07, 2008 5:49 pm
Hola mi pregunta es al dar 0,43 en el alcoholimetro, partiendo de mi desconocimiento del tema:
Que tipo de sancion apareja esta tasa?
300-600€
+
1 a 3 meses de retirada
+
Hasta 4 puntos
Me dan la opción de si pago antes de 15 días pagar solo el 50 % de la sanción, esta me la puso el ayuntamiento de Toledo, en ella no figura nada de puntos ni de retirada, esto me imagino que te lo notifican despues no, o que si no me han dicho nada es que no hay nada de eso por medio?
En el boletin expedido por la policia local el dia del control, no figura nada de puntos ni de retirada, ni yo les pregunté sobre el tema, ni ellos me dijeron nada, esto quiere decir que no me retiran el carnet, ni pierdo puntos.
Alude en la parte de detrás que el pago de la sanción antes de dictar resolución pone fin al procedimiento, esto quiere decir que se paraliza la resolución de una sanción con perdida de puntos y de carnet, si no hay algaciones, aludiendo al art 8.2 RD 1398/1993.
Si la sanción no se gradua, de tal manera que me aplican el máximo 602 €, 4 puntos, y retirada 3 meses, al amparo del artículo 69 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la LSV la puedo recurrir para que apliquen dicha graduación?
Que posibilidades aparte de esta hay para recurrir?
Hay noticias de que prosperen dichos recursos?
Para que prescriban en el año que circunstancias tienen que darse, se ha dado algún caso?
Que tipo de sancion apareja esta tasa?
300-600€
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1 a 3 meses de retirada
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Hasta 4 puntos
Me dan la opción de si pago antes de 15 días pagar solo el 50 % de la sanción, esta me la puso el ayuntamiento de Toledo, en ella no figura nada de puntos ni de retirada, esto me imagino que te lo notifican despues no, o que si no me han dicho nada es que no hay nada de eso por medio?
En el boletin expedido por la policia local el dia del control, no figura nada de puntos ni de retirada, ni yo les pregunté sobre el tema, ni ellos me dijeron nada, esto quiere decir que no me retiran el carnet, ni pierdo puntos.
Alude en la parte de detrás que el pago de la sanción antes de dictar resolución pone fin al procedimiento, esto quiere decir que se paraliza la resolución de una sanción con perdida de puntos y de carnet, si no hay algaciones, aludiendo al art 8.2 RD 1398/1993.
Si la sanción no se gradua, de tal manera que me aplican el máximo 602 €, 4 puntos, y retirada 3 meses, al amparo del artículo 69 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la LSV la puedo recurrir para que apliquen dicha graduación?
Que posibilidades aparte de esta hay para recurrir?
Hay noticias de que prosperen dichos recursos?
Para que prescriban en el año que circunstancias tienen que darse, se ha dado algún caso?