Hola, el sábado la policia municipal me pillo después de salir del restuarante con un par de copas de vino y me dió 0.32 la primera y 0.30 la segunda, se portaron bastante bien, a pesar de todo", me metieron en el cuartel para hacer las pruebas varias veces. yo les preguntaba si esto me causaria retirada de carnet y no me lo sabian contestar, me dijeron que fuera a pagarla a tráfico y allí, me informara a lo que me repercutia.
en la multa pone 450 eur. de multa con 30% de Dto. si se paga antes de un mes. y la perdida de 4 puntos, pero en la casilla de los meses de retirada no pone nada, alguien me puede ayudar para averiguar si me van a quitar el carnet o no? Iré a trafico la semana que viene despues de reyes.
es la primera vez que me multan desde hace 5 años por lo mismo. me repercutirá en algo..Un saludo.
Multa de la Pol. Municipal de 0.32 y la seg. 0.30
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Inma
Re: Multa de la Pol. Municipal de 0.32 y la seg. 0.30
Inma escribió:Hola, el sábado la policia municipal me pillo después de salir del restuarante con un par de copas de vino y me dió 0.32 la primera y 0.30 la segunda, se portaron bastante bien, a pesar de todo", me metieron en el cuartel para hacer las pruebas varias veces. yo les preguntaba si esto me causaria retirada de carnet y no me lo sabian contestar, me dijeron que fuera a pagarla a tráfico y allí, me informara a lo que me repercutia.
en la multa pone 450 eur. de multa con 30% de Dto. si se paga antes de un mes. y la perdida de 4 puntos, pero en la casilla de los meses de retirada no pone nada, alguien me puede ayudar para averiguar si me van a quitar el carnet o no? Iré a trafico la semana que viene despues de reyes." Detras de la multa pone que puedo pagarla en el Banco Santander Hispano"
es la primera vez que me multan desde hace 5 años por lo mismo. me repercutirá en algo..Un saludo.
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Invitado
Re: Multa de la Pol. Municipal de 0.32 y la seg. 0.30
Pues yo creo que por 0,30 se ubiesen esperao un poco y seguro que bajabas a 0,25 que es el limite y no multarte, pero depende del agente, y lo de llevarte al cuartel nose raro.
Pero bueno en la multa pondra lo que debes hacer, si pagas ya mismo tienes 30% de descuento, debes de hacer un giro a la jefatura de trafico de donde proceda la multa, alomejor eres de Madrid y te an parao en Alicante, pues entonces mandarla a Alicante y poner en el giro tu nombre y numero de expediente de la multa. O espera que te venga a tu domicilio y haces lo mismo.
Yo hace 2 años di 0,80 y el carnet solo me lo quitaron 1 mes.
Pero bueno en la multa pondra lo que debes hacer, si pagas ya mismo tienes 30% de descuento, debes de hacer un giro a la jefatura de trafico de donde proceda la multa, alomejor eres de Madrid y te an parao en Alicante, pues entonces mandarla a Alicante y poner en el giro tu nombre y numero de expediente de la multa. O espera que te venga a tu domicilio y haces lo mismo.
Yo hace 2 años di 0,80 y el carnet solo me lo quitaron 1 mes.
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Invitado
Re: Multa de la Pol. Municipal de 0.32 y la seg. 0.30
Estimado Sr.
En contestación a su consulta, le participo que, efectivamente, al tratarse de una INFRACCIÓN MUY GRAVE, además de la multa económica y la pérdida de puntos, será suspendido del permiso de conducción –de 1 a 3 meses–.
En todo caso, puede ser conveniente recurrir la multa para alargar el procedimiento administrativo con las alegaciones y pruebas (15 días hábiles) y recursos posteriores, que puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia –se computa desde el mismo día que recibió el boletín de denuncia– sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se debe archivar de oficio o a instancia de parte interesada) o prescripción de la infracción (1 año, aunque puede interrumpirse por actuaciones de la Administración). Y todo ello al margen de que con la presentación de alegaciones se pueda forzar algún vicio de nulidad (esperar que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente la causa principal de denegación de las pruebas propuestas...), circunstancias que harían nulo el procedimiento, o de alegar desproporcionalidad de la sanción económica que pudiera proponerse e imponerse (el mínimo es 301 y el máximo 600) y comprobar la ideneidad y vigencia del alcoholímetro utilizado.
Para cualquier duda o aclaración, puede visitar nuestra web:
www.+++PUBLICIDAD NO ACEPTADA++++
http://www.+++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++.es
En contestación a su consulta, le participo que, efectivamente, al tratarse de una INFRACCIÓN MUY GRAVE, además de la multa económica y la pérdida de puntos, será suspendido del permiso de conducción –de 1 a 3 meses–.
En todo caso, puede ser conveniente recurrir la multa para alargar el procedimiento administrativo con las alegaciones y pruebas (15 días hábiles) y recursos posteriores, que puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia –se computa desde el mismo día que recibió el boletín de denuncia– sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se debe archivar de oficio o a instancia de parte interesada) o prescripción de la infracción (1 año, aunque puede interrumpirse por actuaciones de la Administración). Y todo ello al margen de que con la presentación de alegaciones se pueda forzar algún vicio de nulidad (esperar que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente la causa principal de denegación de las pruebas propuestas...), circunstancias que harían nulo el procedimiento, o de alegar desproporcionalidad de la sanción económica que pudiera proponerse e imponerse (el mínimo es 301 y el máximo 600) y comprobar la ideneidad y vigencia del alcoholímetro utilizado.
Para cualquier duda o aclaración, puede visitar nuestra web:
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solanero17
Re: Multa de la Pol. Municipal de 0.32 y la seg. 0.30
Las multas por alcoholemia SIEMPRE LLEVAN RETIRADA DEL CARNET DE CONDUCIR COMO MINIMO 1 MES
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