Accidente y 0.95
Accidente y 0.95
Hola mi hermano ha tenido un accidente y a dado 0.95 de acohol y se dio contr otro coche en principio no ha habido heridos y no sabemos que le va a pasar si tiene pena de cárcel y me imagino que el seguro no se hará cargo de nada o de a cuanto puede ascender la multa ya que en la denuncia pone 500 euro pero nos han dicho que va por lo penal y será mas Severa la sanción.
La cuestión es que el después del accidente se ha intentado suicidar y estamos muy preocupados y totalmente perdidos a ver si alguien me puede informar de algo
Muchas gracias
La cuestión es que el después del accidente se ha intentado suicidar y estamos muy preocupados y totalmente perdidos a ver si alguien me puede informar de algo
Muchas gracias
Re: Accidente y 0.95
Pena de prision no tiene, si no hay heridos y no tiene antecedentes puede estar tranquilo.
La sancion como ya he dicho en mil post depende de lo que el fiscal pida, lo minimo
es 8 meses de retirada, 480€ de multa y 22 dias de trabajos en beneficio de la comunidad....
pero eso es lo minimo, seguramente sea muchisimo mas, sobre todo teniendo en cuenta el
accidente.
El seguro no se hace cargo de nada, tendra que pagar los daños materiales del accidente y
en el caso de que haya heridos los personales.
No soy especialista de esto hablo desde la experiencia y la informacion que aprendi durante
mi condena, solo ayudo a la gente igual como ami en su momento me ayudaron.
La sancion como ya he dicho en mil post depende de lo que el fiscal pida, lo minimo
es 8 meses de retirada, 480€ de multa y 22 dias de trabajos en beneficio de la comunidad....
pero eso es lo minimo, seguramente sea muchisimo mas, sobre todo teniendo en cuenta el
accidente.
El seguro no se hace cargo de nada, tendra que pagar los daños materiales del accidente y
en el caso de que haya heridos los personales.
No soy especialista de esto hablo desde la experiencia y la informacion que aprendi durante
mi condena, solo ayudo a la gente igual como ami en su momento me ayudaron.
Re: Accidente y 0.95
holas primero de todo tu hermano q se vaya preparando para pasar un autentiko calvario yo te digo sobre los conocimientos q yo tengo a rait de mi alcolemia prision si no tiene antecedentes no kreo y si tiene al no superar los 2 años le darian la condicional q no entraria tengo un amigo q le cayeron año y medio y no entro eso por un lado el seguro no te cubre eso qiere decir q tendra q pagar el areglo del los koches lo peor q le puede pasar ske los okupantes salgan q sy las cervikales q si la rodilla eso es nefasto ya q en kaliente ygual no si estoi bien y despues sale todo si pasase tendria q hacerse cargo el un dineral el juicio es normal ya q ay acidente y hay q valorar los daños ocasionados no tendra rebaja de condena resumiendo esto es lo k yo kreo q le caera multa 1800 euros abogado 900 euros peticion de 3 carcel unos 5 meses o trabajos comunidad 60 dias depende del fiscal retirada de carnet 2 años tiene acidente y eso perjudika lo mejor esk consulteis con un abogado expecializado y os ponga al corriente ese si sabe bien las kosas yo me podria haber arruinado la vida q no choke con otro coche de churro y libre suerte y animo
saludos
saludos
Re: Accidente y 0.95
Hola, estoy en una situación parecida al caso anterior y, también muy arrepentido. Es una mala pesadilla, hasta que no te pasa no eres consciente de lo que podia haber pasado y de la irresponsabilidad. Os cuento, he tenido un accidente con dos heridos leves y di una tasa de 0,57. El coche de la otra parte ha quedado bastante mal, se que el mio no me lo cubre el seguro, pero alguien me puede decir si tengo que pagar todo, es decir, arreglo del otro coche que creo estará siniestro, desperfectos en el quitamiedos a parte de multas y sanciones a los heridos. ¿Los trabajos sociales se pueden hacer fuera de horas de trabajo?. Gracias y un saludo.Luis32
Re: Accidente y 0.95
luis32 estas jodido, las reparaciones las pagara tu seguro que para eso te asegura, pero luego ellos te reclamaran la cuantia de lo que paguen y sino les pagas te haran un requerimiento judicial que no es algo grabe. tendras que pagar tambien tantos dias que las personas afectadas esten de baja, mas te vale que no sean unos cabrones como gente que conzco y se tire de baja un año y no tenga nada simplemente para cobrar del seguro diciendo que les duele el cuello y siendo mentira, para no ir a currar. ves ahorrando pasta tienes que PAGARLO TODO pero no ahroa ya, sino cada cosa en su momento, supongo que tendras un juicio que podra tardar mucho tiempo, conozco un caso que el juicio salio a los 6 años... la alcoholemia no es delito!! porque no es mas de 0.60 aunque supngo que la sancion te la pondra el juez pero si fuera mas de 0.6 seria peor, por lo tanto no creo que hagas trabajos sociales. Nose consulta con tu abogado, ami el seguro me pago uno y no coji el de oficio que son unos inutiles. un saludo y suerte
Re: Accidente y 0.95
Gracias Buff por la respuesta, iré contando en que queda todo esto. Menuda pesadilla.
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Re: Accidente y 0.95
Bueno os explico una cosa es lo que ponen por conducir ebrio y otra muy distinta la pena por lesiones a terceras personas, el fiscal puede pedirte solo por los daños a terceras pèrsonas una pena de entre 1 a 3 años de retirada del carnet de conduicir, aparte de esto tambien retirada del carnet de conducir de entre 1 a 4 años por conducir bajo los efectos del alcohol,Bueno otra cosa muy distinta es el tema del seguro, ellos lo pagaran todo pero como suelten muchas perras de sus arcas pues te las pediran en un juicio aparte, en mi caso no me las pidieron por que fue unos 2500 euros mucha suerte, por cierto me cayo 1 año por el alcohol y 18 meses por daños de los lesionados, bueno tambien tres meses de carcel que se te da la suspension de la condena por no tener antecedentes, suerte y ya veras que todo sale bien
Re: Accidente y 0.95
lius32 escribió:Gracias Buff por la respuesta, iré contando en que queda todo esto. Menuda pesadilla.
Luis32, siento aguarte la alegría pero Buff está totalmente equivocado. Al haber sufrido un accidente y dado positivo el seguro no se hace cargo de NADA, claro que te asegura, pero con unas claúsulas, siendo una de las principales esa, la de que la persona que haga uso del vehículo no arroje tasa positiva en caso de accidente, es decir, no se hace cargo de los daños de tu vehículo, ni los del contrario ni los daños en bienes públicos, que suelen ser muy elevados debido al coste de personal y maquinaria para el arreglo de quitamiedos, vallas, etc, es alucinante las facturas que pasan por 4 metros de valla, ya lo verás. Eso solo son los daños materiales. Respecto a los daños personales también suelen ser facturas bastante abultadas y ahí sí tiene razón Buff, depende en gran medida de lo que lo "estiren" los perjudicados pero tendrás que pagar los días de baja de los afectados (impeditivos y no impeditivos), secuelas, tratamiento médico, rehabilitación, medicación, etc... vamos, un pastizal. Luego están los gastos judiciales de los que también habrás de hacerte cargo, junto con las consecuencias legales derivadas: multa, retirada de carnet, curso de sensibilización, etc... Vamos, una auténtica ruina... Respecto al tema del requerimiento judicial de pago de costas no sé si será algo grave, no lo será si tienes el dinero y lo pagas, de lo contrario es una cuestión de embargos, si eso no es nada grave... La alcoholemia SI ES DELITO!!! Porque una de las causas que hacen que una alcoholemia con tasa inferior a 0'60mg/l sea delito es que medie accidente de tráfico, como es el caso y además con el agravante de haber causado heridos y daños en bienes públicos. En cualquier caso y como digo en estas ocasiones, a mí quien realmente me da pena es quien circula correctamente y se ve afectado por quien no lo hace de esta manera. Un saludo y suerte, que la necesitarás.
Re: Accidente y 0.95
Bueno quizas no recalque bien en mi comentario que yo estoy en el mismo caso y e sido juzgado por eso multaman a corregido mi comentario sin saber que yo pase por lo mismo hace unos meses, tube un accidente cause lesiones y rompi parte de la via publica y no e pasgado nada de nada y mucho menos fue mucho dinero lo que rompi en la via publica, la factura ascendio a 480€ pero como el ayunntamiento no se presento al juicio no quedo en nada, por otro lado esta el tema de la aseguradora que paga los desperfectios por ley pero despues puede tomar medidas legales contra ti y acerte devolver lo abonado por ello, pero esto no es seguro que suceda ya que conmigo no lo izo, bueno un saludo y tranquilo que con los nerviso no sacamos nada, lo hecho hecho esta
Re: Accidente y 0.95
olivery28 escribió:Bueno quizas no recalque bien en mi comentario que yo estoy en el mismo caso y e sido juzgado por eso multaman a corregido mi comentario sin saber que yo pase por lo mismo hace unos meses, tube un accidente cause lesiones y rompi parte de la via publica y no e pasgado nada de nada y mucho menos fue mucho dinero lo que rompi en la via publica, la factura ascendio a 480€ pero como el ayunntamiento no se presento al juicio no quedo en nada, por otro lado esta el tema de la aseguradora que paga los desperfectios por ley pero despues puede tomar medidas legales contra ti y acerte devolver lo abonado por ello, pero esto no es seguro que suceda ya que conmigo no lo izo, bueno un saludo y tranquilo que con los nerviso no sacamos nada, lo hecho hecho esta
Coño!!! Y si no se presenta ninguna de las partes afectadas y renuncian los heridos a todo tipo de indemnización, pues claro que te sale barato!!! Pero eso no es lo normal, lo normal es que las partes se presenten a reclamar los daños recibidos, que para eso son parte perjudicada. En tu caso concreto los daños serían mínimos puesto que en una rotura de valla te cobran: la valla, el trasnporte (camión) y las horas de los operarios y te aseguro que eso sale bastante más de 480€... Y ya en farolas ni te cuento si tienen que usar una grúa, al precio que tienen la hora... Lo de las reclamaciones de daños es como todo: tú puedes pegar una paliza a una persona y ésta irse para casa sin reclamar nada, por lo que no significa que pegar a alguien sea gratis, sino que si no te reclaman nada pues en ese caso te ha salido gratis, que es muy diferente... Y sobre las aseguradoras, lo pagarán en un principio pero luego te lo solicitarán con lo que, a fin de cuentas es lo mismo ¿qué no te lo reclaman...? Ya es raro, puesto que es una claúsula bien clara y ellos no están para perder dinero, pero lo mismo no te lo reclaman y ya de paso te invitan a cenar o te compran un apartamento en la playa, puestos a imaginar...
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Re: Accidente y 0.95
Bueno como veo que no atiendes a razones y hablas por hablar multaman, te voy a dar la descripcion completa de los daños: barrida de cristales:182€(la mano de obra) traslado del material y movimiento de los vehiculos 300€ por lo tanto 482€, por otra parte comentarte que leyendo las personas somos capaces de apreder sobre cualquier tipo de tema y te cuento por esto mi caso y mis conocimientos sobre el tema:
El asegurador por ley esta obligado a pagar a los indemnizados con la cifra que le corresponda, pudiendo este despues tomar medidas legales reclamando al asegurado la cantidad desembolsada (ahora viene lo interante que dice la ley sobre los seguros) estos suelen pueden reclamar durante un año despues de recibir el indemnizado el dinero, por lo tanto si se pasa la fecha pues BUalaaaa!!!Como lo mio fue en Julio del 2009 si sabemos contar, sabiendo que estamos en el 2011, pues ya no estan a tiempo, por otro lado esta que algun dia el ayuntamiento me haga pagar los desperfectos nombrados con antelacion, pero como hasta ahora no se a dado el caso no pago ni un duro.
Por otro ladoo queria comentar que al haber menos impuetos en canarias quias las facturas por desperfectos en la penin sean mas elevadas, pero bueno eso es otro tema, un saludo y suerte
El asegurador por ley esta obligado a pagar a los indemnizados con la cifra que le corresponda, pudiendo este despues tomar medidas legales reclamando al asegurado la cantidad desembolsada (ahora viene lo interante que dice la ley sobre los seguros) estos suelen pueden reclamar durante un año despues de recibir el indemnizado el dinero, por lo tanto si se pasa la fecha pues BUalaaaa!!!Como lo mio fue en Julio del 2009 si sabemos contar, sabiendo que estamos en el 2011, pues ya no estan a tiempo, por otro lado esta que algun dia el ayuntamiento me haga pagar los desperfectos nombrados con antelacion, pero como hasta ahora no se a dado el caso no pago ni un duro.
Por otro ladoo queria comentar que al haber menos impuetos en canarias quias las facturas por desperfectos en la penin sean mas elevadas, pero bueno eso es otro tema, un saludo y suerte
Re: Accidente y 0.95
oliverypunto escribió:Bueno como veo que no atiendes a razones y hablas por hablar multaman, te voy a dar la descripcion completa de los daños: barrida de cristales:182€(la mano de obra) traslado del material y movimiento de los vehiculos 300€ por lo tanto 482€, por otra parte comentarte que leyendo las personas somos capaces de apreder sobre cualquier tipo de tema y te cuento por esto mi caso y mis conocimientos sobre el tema:
El asegurador por ley esta obligado a pagar a los indemnizados con la cifra que le corresponda, pudiendo este despues tomar medidas legales reclamando al asegurado la cantidad desembolsada (ahora viene lo interante que dice la ley sobre los seguros) estos suelen pueden reclamar durante un año despues de recibir el indemnizado el dinero, por lo tanto si se pasa la fecha pues BUalaaaa!!!Como lo mio fue en Julio del 2009 si sabemos contar, sabiendo que estamos en el 2011, pues ya no estan a tiempo, por otro lado esta que algun dia el ayuntamiento me haga pagar los desperfectos nombrados con antelacion, pero como hasta ahora no se a dado el caso no pago ni un duro.
Por otro ladoo queria comentar que al haber menos impuetos en canarias quias las facturas por desperfectos en la penin sean mas elevadas, pero bueno eso es otro tema, un saludo y suerte
Pues entonces en tu caso no se produjeron "desperfectos en bienes públicos" como tales, sino que hubo una actuación de los servicios municipales, forales o a quien competa, según la titularidad de la vía, correspondientes para la limpieza de la calzada y la retirada de vehículos de la misma a fin de poder reanudar el tránsito de vehículos... Eso no son daños ni desperfectos en bienes públicos y son gastos menores que muy probablemente no te reclamará el Ayuntamiento por considerarlos como una atención preferente y de urgencia así como por su bajo coste. Es que eso no tiene absolutamente nada que ver con provocar daños (rotura de biondas, pretiles, vallas, farolas, marquesinas, etc...) Te aseguro que no hablo por hablar y que lo que digo es con conocimiento de causa pero si estamos hablando de cosas diferentes, lógicamente no pueden cuadrar...
Respecto a la reclamación de daños por parte de la compañía, vuelvo a lo mismo: está en su derecho de reclamar todos y cada uno de los gastos dimanantes del accidente, otra cosa es que no haga uso de ese derecho y también te digo que depende mucho de las circunstancias personales y de la relación de cada asegurado con su correspondiente compañía, del total de los costes y de alguna variable más, pero que en la mayoría de los casos estas costas se requieren judicialmente. Cada caso es un mundo pero casi siempre suelen llevar todos la misma línea o muy similar. Un saludo.
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