¿ya puedo conducir? i urge!

La prueba ha sido legal? Retirada del permiso, como recurrir...
jesulin

¿ya puedo conducir? i urge!

Mensajepor jesulin » Lun Nov 07, 2011 1:08 pm

Buenos dias :

El próximo mes, me cumple la condena de un año sin permiso.Todo por via penal (Diciembre dl 2010).Simplemente quisiera saber si tengo que hacer el famoso curso antes de poder volver a conducir. Me urge la información sobre todo por motivos laborales...En la sentencia solo aparece multa (ya pagada) y el año de retirada. Muchas gracias.

Invitado

Re: ¿ya puedo conducir? i urge!

Mensajepor Invitado » Lun Nov 07, 2011 3:53 pm

Me uno a tu pregunta. A mi todavía no me ha llegado la dichosa carta. ¿Y si no me llega? Se supone que yo tengo que saber lo del curso sin que nadie me lo diga.
En el curso que hice (en vez de los trabajos sociales), me dijeron que si que era obligatorio hacerlo, que sería sobre unos 350 euros, y que si la policía te para y no tienes el "dichoso" curso te pondrán una multa de unos 300 euros...
Alguien que sepa más que nos ilumine por favor.

Jesulin

Re: ¿ya puedo conducir? i urge!

Mensajepor Jesulin » Mié Nov 09, 2011 9:44 am

Buenas :
No se si tu tema fue por lo penal,juicio rápido etc....En principio nadie me ha notificado nada solo tengo una sentencia de juez,la carta para pagar los 700 y pico (ya abonados) y otra en la que informa de que el 26 D puedo ir a retirar mi carnet.Tengo intencion de ir a recogerlo con la moto unos dias despues y empezar a trabajar desde ese momento...al primer guardia urbano que vea por aquí (Barcelona) le preguntaré sobre el tema.pero si nadie dice nada,nada voy a hacer.PARA EVITAR MAS MOVIDAS..............,eso a ver si algun compi nos aclara el tema. SALUDOS ! y ANIMOS !.

deejay

Re: ¿ya puedo conducir? i urge!

Mensajepor deejay » Mié Nov 09, 2011 5:13 pm

Tienes que hacer el curso de 350 euros,si te paran y no tienes el curso te multaran con una multa de 300 aprox y seguiras con la obligacion de hacer el curso,por cierto en la dgt en tu historial de conductor figura si haces el curso o no,asi que te recomiendo que lo hagas porque ellos en todo momento saben si lo haces o no.espero haberte ayudado ,un saludo.

jesulin

Re: ¿ya puedo conducir? i urge!

Mensajepor jesulin » Dom Nov 13, 2011 1:49 pm

Buenas tardes:
Estoy hecho un lio..he preguntado a dos agentes de la guardia urbana y me comentan de que ellos a la hora de pedir informes,lo del curso si no lo ha mandado el juez no les aparece en los archivos y nodenuncian..aunke tampoco me fio de su palabra...¿donde puedo leer mis obligaciones al respecto ? Agradeceria ayuda. Gracias

jesulin

Re: ¿ya puedo conducir? i urge!

Mensajepor jesulin » Dom Nov 13, 2011 4:15 pm

Buenas de nuevo: he encontrado ésto creo que habbrá que hacer el curso por que en tráfico queda constancia y por que está escrito así de "clarito" ...para variar..........

"....Me temo que sí que deberá hacer el curso. Aunque muchos lo ignoran, por que el legislador nos lo puso en plan trampa en una disposición adicional a la reforma de la ley de puntos, SIEMPRE QUE HAYA RETIRADA PENAL se habrá de superar un curso para volver a conducir. No tiene nada que ver con los puntos, que no se pierden por la sanción penal. Y hasta ahora tráfico no se estaba esforzando en que se cumpliera.

La norma es esta:

Veinticuatro. Se incorpora una disposición adicional decimotercera, con la siguiente redacción:

“Disposición adicional decimotercera. Efectos administrativos de las condenas penales que conlleven la privación del derecho a conducir.

El titular del permiso o licencia de conducción que haya sido condenado por sentencia firme por la comisión de un delito castigado con la privación del derecho a conducir un vehículo a motor o ciclomotor, para volver a conducir, deberá acreditar el haber superado con aprovechamiento el curso de reeducación y sensibilización vial al que hace referencia el primer párrafo del artículo 63.7.”


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