¡¡NO SOY PROPIETARIO VEHICULO¡¡
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- Registrado: Lun Jun 28, 2010 7:41 pm
¡¡NO SOY PROPIETARIO VEHICULO¡¡
a ver ya estoy aquí otra vez, como me encuentro fuera de mi lugar de residencia mi pregunta es la siguiente¿ puedo recurrir una sanción de trafico (sin ser el propietario del vehículo) (EL VEHICULO ERA PRESTADO (ni itv ni seguro 1500 EUROS) antes de recibir notificación en mi antiguo domicilio? si es así como debo hacer esta gestión? ¿si no soy propietario del vehículo me pueden multar por no tener el vehículo seguro obligatorio? GRACIAS POR VUESTRA AYUDA
Re: ¡¡NO SOY PROPIETARIO VEHICULO¡¡
Ley de Seguridad Vial, Artículo 69: PERSONAS RESPONSABLES (En relación a las infracciones cometidas con un vehículo).:
1.- La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta ley, recaerá DIRECTAMENTE en el autor del hecho en que consistiera la infracción. NO OBSTANTE:
f) El titular, o el arrendamiento a largo plazo, en el supuesto de que se constatase en el Registro de Vehículos, será, EN TODO CASO responsable de las infracciones relativas a documentación del vehículo, a los reconocimientos periódicos y a su estado de conservación, cuando las deficiencias afecten a las condiciones de seguridad del vehículo.
Según este artículo, el denunciado sería el titular del vehículo, por lo que únicamente él, puede presentar un recurso contra la sanción que le impongan, ya que tú no puedes recurrir una sanción que no te han puesto, aunque tu nombre figure en la denuncia como conductor, el sancionado es el titular y a él le corresponde presentar el correspondiente recurso.
1.- La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta ley, recaerá DIRECTAMENTE en el autor del hecho en que consistiera la infracción. NO OBSTANTE:
f) El titular, o el arrendamiento a largo plazo, en el supuesto de que se constatase en el Registro de Vehículos, será, EN TODO CASO responsable de las infracciones relativas a documentación del vehículo, a los reconocimientos periódicos y a su estado de conservación, cuando las deficiencias afecten a las condiciones de seguridad del vehículo.
Según este artículo, el denunciado sería el titular del vehículo, por lo que únicamente él, puede presentar un recurso contra la sanción que le impongan, ya que tú no puedes recurrir una sanción que no te han puesto, aunque tu nombre figure en la denuncia como conductor, el sancionado es el titular y a él le corresponde presentar el correspondiente recurso.
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