¡¡sin seguro ni itv el coche prestado¡¡
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- Registrado: Lun Jun 28, 2010 7:41 pm
¡¡sin seguro ni itv el coche prestado¡¡
hola a todos este caso es algo curioso, os cuento me dejaron un vehículo el cual carecía de itv y de seguro esto lo comprobaron a través de la matricula del mismo, me tomaron los datos y la maquina escupió un papel con mis datos y la multa susodicha de 1500 euros que si pagas antes de 20 días se queda en el 50% del valor, los agentes me dijeron que estuviera tranquilo que contra mi no iba nada , Mi pregunta es la siguiente¿ tendré que pagar yo la multa o es el propietario del vehículo el responsable de esta anomalía? ¿le enviaran una multa también al propietario del vehículo por carecer de seguro y de itv? gracias por vuestra ayuda. aun así deberé recurrir la multa antes de que me llegue a mi domicilio? estaré ausente durante bastante tiempo y esto impedirá que pueda recurrir. Gracias
Re: ¡¡sin seguro ni itv el coche prestado¡¡
Ley de Seguridad Vial, Artículo 69: PERSONAS RESPONSABLES (En relación a las infracciones cometidas con un vehículo).:
1.- La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta ley, recaerá DIRECTAMENTE en el autor del hecho en que consistiera la infracción. NO OBSTANTE:
f) El titular, o el arrendamiento a largo plazo, en el supuesto de que se constatase en el Registro de Vehículos, será, EN TODO CASO responsable de las infracciones relativas a documentación del vehículo, a los reconocimientos periódicos y a su estado de conservación, cuando las deficiencias afecten a las condiciones de seguridad del vehículo.
A mi entender, el seguro es documentación obligatoria del vehículo y los reconocimientos periódicos se refiere a la ITV, con lo que el responsable de no tener esos documentos en vigor es el titular, teniendo que figurar el conductor en la denuncia únicamente por conducir en ese momento el vehículo. Un saludo.
1.- La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta ley, recaerá DIRECTAMENTE en el autor del hecho en que consistiera la infracción. NO OBSTANTE:
f) El titular, o el arrendamiento a largo plazo, en el supuesto de que se constatase en el Registro de Vehículos, será, EN TODO CASO responsable de las infracciones relativas a documentación del vehículo, a los reconocimientos periódicos y a su estado de conservación, cuando las deficiencias afecten a las condiciones de seguridad del vehículo.
A mi entender, el seguro es documentación obligatoria del vehículo y los reconocimientos periódicos se refiere a la ITV, con lo que el responsable de no tener esos documentos en vigor es el titular, teniendo que figurar el conductor en la denuncia únicamente por conducir en ese momento el vehículo. Un saludo.
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