Multado por tener caducada la ITV de un DIA!

Todas la dudas que tengáis sobre este tipo multas.
jorlolli
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Registrado: Jue Abr 28, 2011 8:36 pm

Multado por tener caducada la ITV de un DIA!

Mensajepor jorlolli » Jue Abr 28, 2011 8:55 pm

Hola, les agradecería mucho que me echasen una mano, ya que es la primera vez que intento recurrir una multa.

Verán, el pasado lunes me pilló un radar de la guardia civil dirección a Ponferrada circulando a una velocidad poco superior a la permitida, (81km/h en lugar de 60) una vez me entregaron esta sanción empezó el problema, me pidieron la documentación del vehículo y se dieron cuenta de que la ITV me había caducado al día anterior, fue cuando intenté explicar al policía que no había podido pasar la itv en Galicia ya que me encontraba de vacaciones de semana santa y que había sido festivo, que no habitaba ahí y que iba de vuelta a Barcelona, donde ya tenía más que planeado pasar la ITV. El agente me dijo que lo lamentaba mucho pero que la multa me la tenía que poner, que la intentase recurrir alegando que me había sido imposible pasar la itv. Al final me llevé la multa de 50€ de velocidad, y una de 100€ que se transformarían en 200€ en un plazo de 15 días. Mi pregunta es: ¿tengo alguna posibilidad de recurrir esta multa y poder acabar pagando 200€ si no gano, o sería mejor pagar los 100€ y olvidarme? Si ven posibilidades de recurrir ¿me podrían aconsejar sobre que documentos serían favorables de presentar para intentar retirar la multa? La ITV ya la pasé hoy, antes de los 10 días de plazo que me daban para no retirarme el permiso de circulación.

Muchas gracias, les agradezco mucho su atención y su ayuda, y les agradecería que me pudiesen ayudar con la mayor brevedad, porque los 15 días de plazo para recurrir se me están agotando. Muchas gracias y un saludo!

Jorge López

MultaMan
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Registrado: Lun Jun 21, 2010 3:06 pm

Re: Multado por tener caducada la ITV de un DIA!

Mensajepor MultaMan » Vie Abr 29, 2011 5:21 pm

Hay que partir de la base de que la fecha que figura en la Tarjeta de Características Técnicas, con el sello de la última revisión, lo que indica es el último día que se tiene para pasar la revisión de la I.T.V. Partiendo de esa base, queda claro que desde ese día, si no se ha pasado la preceptiva revisión, este hecho es denunciable, por lo que la denuncia está perfectamente puesta. Además no es una denuncia subjetiva como un estacionamiento o una infracción circulando, ya que queda probada con la fecha de caducidad de la revisión y la fecha de la denuncia. Mi opinión es que las posibilidades de que prospere un recurso en esta denuncia son mínimas aunque siempre pueden existir, pero no se ajustarían rigurosamente a derecho y no sé si el Agente estaría dispuesto a ello... El 50% de descuento es un buen motivo para olvidarte del recurso y su poca viabilidad es la puntilla (en mi opinión...)


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