Multa por no tener seguro en vehiculo dado de baja

Todas la dudas que tengáis sobre este tipo multas.
my

Multa por no tener seguro en vehiculo dado de baja

Mensajepor my » Mié Sep 07, 2011 6:55 pm

Buenas, necesito ayuda!!!
Me ha llegado un certificado a la dirección de mis padres y no tengo manera de recogerlo (ni yo , ni ellos), pero he llamado a tráfico y me han dicho que es una multa de 800 € por tener un vehiculo estacionado en vía pública sin seguro, el tema es que el vehículo esta dado de baja temporal (por lo que no tengo obligación de tenerlo asegurado), por lo tanto puede ser un error de forma??
puesto que no me tendrían que haber multado por el seguro, sino por estar en vía pública dado de baja temporal! Creeis que puedo recurrirlo? Y a partir de cuando empieza a contar los 20 días de reducción , a partir de que reciba el certificado? o a partir de cuando ellos lo envían?
Muchas gracias!

MultaMan
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Re: Multa por no tener seguro en vehiculo dado de baja

Mensajepor MultaMan » Mié Sep 07, 2011 11:28 pm

Efectivamente. La obligación de tener contratado un seguro obligatorio en vigor es para aquellos vehículos con domicilio habitual en el territorio español y que estén dados de alta en el registro general de vehículos, esto es, que posean permiso de circulación en vigor. Si tu vehículo no está dentro de estos supuestos, no está obligado a tener contratado el citado seguro obligatorio por lo que puedes presentar un recurso alegando que en la fecha en la que se te denunció por ese concepto el vehículo estaba dado de baja temporal por lo que no tendría obligación de tener contratado el seguro. Por otro lado también es cierto que los vehículos dados de baja en el registro general, bien temporal o bien permanente, no pueden mantenerse estacionados en la vía pública y podrían considerarse un residuo sólido urbano, procediendo a su retirada de la vía pública y, llegado el caso, a su achatarramiento, con los que yo procuraría o bien dar de alta el vehículo y en consecuencia contratar el seguro obligatorio o bien trasladar el vehículo con una grúa a una zona privada de uso privado.

Invitado

Re: Multa por no tener seguro en vehiculo dado de baja

Mensajepor Invitado » Jue Sep 08, 2011 11:09 am

Muchas gracias!!! ya me imaginaba eso...
El vehiculo lo retiré de allí al día siguiente en que me multaron, porque me avisaron de que le habian estado sacando fotos el Seprona! En caso de recurrir la multa por defecto de forma me pueden rectificar la multa y seguir con un nuevo procedimiento? o al no estar el vehiculo ahi ya , ya no me pueden hacer nada..
En caso de que entonces me quisiesen denunciar por residuo sólido urbano, que cuantía tiene la multa? (Lo digo porque si me tienen que denunciar sí, o sí igual me sale "Más barata" una denuncia u otra)

Gracias!!

MultaMan
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Re: Multa por no tener seguro en vehiculo dado de baja

Mensajepor MultaMan » Vie Sep 09, 2011 1:51 am

No, no, el hecho de que el vehículo ya no se encuentre allí no significa nada ya que el procedimiento que abran estará fechado en el día en el que sí estaba, además si dices que estuvieron sacando fotos, como dicen en mi pueblo, date por jodido... Y lo digo porque si se tomaron esa "molestia" es porque verdaderamente van a incoar algún tipo de expediente distinto al de una mera denuncia por estacionamiento en vía pública sin tener contratado seguro obligatorio en vigor, ya que para esto no es necesario ningún documento o prueba fotográfica. Lo digo porque aunque no proceda la sanción por seguro es probable que denuncien por abandono, por estar dado de baja o por residuo sólido urbano y reclamen a su último propietario (entiendo que has sido tú) las costas del o de los procedimientos sancionadores que hayan decidido incoar y tomar las medidas que consideren oportunas, entre las que se puede encontrar la búsqueda y precinto y/o achatarramiento del vehículo. Sobre el coste de las denuncias ya depende de la Administración que las gestione porque si te deciden denunciar por mantener en la vía pública un residuo, dependerá de la tipología del lugar en el que se haye estacionado para aplicar una u otra normativa y un baremo u otro, dependiendo del perjucio que haya podido o no crear... A mayores y dependiendo de si, por ejemplo, está en el campo (lo digo porque has nombrado al SEPRONA) podrían incoar un expediente sancionador por motivos ecológicos pero vamos, que esto ya es mucho divagar y lo más probable es que hagan uso de alguna ordenanza de limpieza o de espacio público que rija en el término municipal en el que se encontrare estacionado el vehículo y aquí sí que cada municipio establece sus tasas y pueden suponer variaciones enormes en unos municipios respecto a otros.


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