inspección de tacógrafo
inspección de tacógrafo
Tengo una duda con respecto a una inspección, tengo un compañero que al inspeccionar los archivos de un tacógrafo, han detectado un conductor distinto al habitual ya que se trata de un autónomo y le han solicitado los tc1 de la empresa, resulta que se trata de su padre que en una ocasión muy especial y por un tiempo reducido condujo el vehiculo logicamente con su tarjeta, pero con el agravante de estar jubilado por lo tanto no tiene relacción con la empresa y ademas jubilado. Que le puede pasar? que tipo de sanción?
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FERMINEITOR
Re: inspección de tacógrafo
Me faltan datos para poder ser mas concreto en mi respuesta, pero intentaré ayudarte.
Si la inspeccion la ha realizado el Servicio Territorial de la Comunidad Autonoma que corresponda, es probable que no suceda nada, en relacion con lo del padre. En principio, como ya no es obligatorio que las empresas de transporte publico, tengan declarados los conductores que trabajan en ellas, no supone ninguna infraccion a la normativa de transportes, el que se efectuen conducciones por personas ajenas.
El problema viene por otro lado, por otra normativa. El problema es en relacion con la normativa de TRABAJO Y SEG. SOCIAL. Si la comunidad autonoma, pone en conocimiento del Servicio de Inspeccion de Trabajo y Seg. Social, el hecho de que una persona jubilada, y pensionista, está realizando funciones de conductor, aunque sea un familiar, es cuando puede suponer que dicho organo administrativo central, requiera una Inspeccion de Trabajo, y realizarian una citacion, para que sea aclarado dicha incidencia. Esto, si es puntual y esporadico, tampoco tiene por que ser muy preocupante.
Pero en definitiva, y salvo que lo comuniquen de una administracion a la otra, no tienes por que preocuparte, ya que transportes no suele abrir expediente de sancion por esto, por la dificulatad normativa que supone, y tampoco es habitual que pase informacion a otra administracion, salvo en los casos de abuso y de aquellos que le hechan mucho morro.
Espero haberte ayudado.
Si la inspeccion la ha realizado el Servicio Territorial de la Comunidad Autonoma que corresponda, es probable que no suceda nada, en relacion con lo del padre. En principio, como ya no es obligatorio que las empresas de transporte publico, tengan declarados los conductores que trabajan en ellas, no supone ninguna infraccion a la normativa de transportes, el que se efectuen conducciones por personas ajenas.
El problema viene por otro lado, por otra normativa. El problema es en relacion con la normativa de TRABAJO Y SEG. SOCIAL. Si la comunidad autonoma, pone en conocimiento del Servicio de Inspeccion de Trabajo y Seg. Social, el hecho de que una persona jubilada, y pensionista, está realizando funciones de conductor, aunque sea un familiar, es cuando puede suponer que dicho organo administrativo central, requiera una Inspeccion de Trabajo, y realizarian una citacion, para que sea aclarado dicha incidencia. Esto, si es puntual y esporadico, tampoco tiene por que ser muy preocupante.
Pero en definitiva, y salvo que lo comuniquen de una administracion a la otra, no tienes por que preocuparte, ya que transportes no suele abrir expediente de sancion por esto, por la dificulatad normativa que supone, y tampoco es habitual que pase informacion a otra administracion, salvo en los casos de abuso y de aquellos que le hechan mucho morro.
Espero haberte ayudado.
Re: inspección de tacógrafo
muchas gracias ya te contaré.
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