jornadas de descanso

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
Invitado

jornadas de descanso

Mensajepor Invitado » Lun Nov 29, 2010 7:11 pm

hola: mi duda es la siguiente,trabajo de lunes a viernes todo el dia y los sabados medio dia , mi jornada de trabajo es de 9 o 10 horas diarias pero de conduccion solo conduzco unas 4 horas el resto carga y descarga que no lo hago yo . el total de horas conducidas a la semana suele ser de 20 o 25 horas y la pregunta es :tiene que ser la pausa semanal de 48 horas, o las 48 horas de descanso tienen que ser despues de 45 horas conducidas aunque sean en mas de una semana
(pdt) perdon por mi ignorancia pero soy nuevo en esto

FERMINEITOR

Re: jornadas de descanso

Mensajepor FERMINEITOR » Lun Nov 29, 2010 8:47 pm

La conduccion semanal, es la realizada entre las 00:00 h. del lunes y las 24:00 h. del domingo. Y esa conduccion, NO PUEDE, ser superior a 56 h.
El descanso semanal NORMAL, sera de un minimo de 45 h., aunque puede ser reducido y realizarse por un periodo que puede oscilar entre 24 y 45 h. Las horas reducidas, es decir las no descansadas, deben de compensarse como mucho, en la tercera semana posterior, lo cual quiere decir que las puedes compensar en las tres semanas siguientes a la reduccion.
Ahora bien, que me enrollo, el DESCANSO SEMANAL, no es proporcional a la CONDUCCION SEMANAL, lo mismo da que hagas 20 h. de conduccion, que hagas 50 h. de conduccion, el DESCANSO SEMANAL, debes de realizarlo o bien de 45 h. (normal), o bien un periodo que oscile entre 24 - 45 h. (reducido).
Resumiendo, si conduces 56 h., descansas 45 h., y si conduces 25 h., descansas 45 h., Si descansas menos, sera por que te interese, pero no por las horas que hayas conducido, y tienes que compensar la reduccion.
Espero haberte ayudado.

lucía

Re: jornadas de descanso

Mensajepor lucía » Mar Nov 30, 2010 11:33 am

o lo que es lo mismo, las horas de descanso NUNCA dependen del número de horas de conducción .... (aunque fermineitor lo explica mucho mejor)

Invitado

Re: jornadas de descanso

Mensajepor Invitado » Jue Dic 09, 2010 12:37 pm

Para aclararlo un poco más.
> Horas de conducción son MÁXIMAS (p. ej. 10 horas conducción diaria)
> Horas de descanso son MÍNIMAS (p. ej. 45 horas descanso semanal)

HOLA HOLITA
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Re: jornadas de descanso

Mensajepor HOLA HOLITA » Jue Dic 09, 2010 6:01 pm

Querido Invitado:

No estaría de más que te leyeras el reglamento 561/2006, te la adjunto, ahí tienes respuesta a todas tus dudas, es tu biblia y no es tan larga si te pones a ello. Tienes un resumen de fomento por si no te aclaras con el reglamento, copia este enlace y pegalo en su navegador:

http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/3F8D ... ografo.pdf

Y más aún, si quieres saber si lo estas haciendo bien o mal puedes utilizar el procedimiento que detallé en el apartado de " INFORME DE INFRACCIONES GRATUITO " y enviame el archivo de descarga de tu tarjeta, comentaremos en este foro tus posibles infracciones y podrás resolver tus dudas,te detallo el procedimiento:

- Me enviais el archivo a descarga@tacografodigital.com
- Yo os confirmo por email que teneis en este apartado del foro la información de las infracciones cometidas adjuntando al mensaje el detalle de las actividades sin los datos personales para que así todo el foro pueda comentar lo expuesto.

Ánimo,

http://www.tacografodigital.com
http://www.talleresmendezmatelo.com
Adjuntos
Reglamento CE 561-2006.pdf
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