DISPONIBILIDAD Y CONDUCCION

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
maroto
Mensajes: 1
Registrado: Vie Dic 24, 2010 9:24 pm

DISPONIBILIDAD Y CONDUCCION

Mensajepor maroto » Vie Dic 24, 2010 9:52 pm

Hola¡ soy nuevo por aqui y me gustaria saber a quien le va la multa por el tema de disponibilidad y horas de conducción y descansos, un ejemplo antes de ayer trabaje de 03.50 a 20.30 hice 9 horas de descanso y ayer volvi hacer de 05.30 a 23,08 y otras 9 horas de descanso y la empresa me obliga y no se que puedo hacer, me comentan que es conducción temeraria que me quitan el carnet y tal como estan las cosas pues imaginate, mi jefe dice que no pasa nada y yo digo hasta que pase, desde que pongo la tarjeta a las 05,00 han de pasar 15 horas que serian las 20,00 creo yo, y con todo y eso me paso 1,2,3, horas estoy un poco atado, que puedo hacer ante esta injusticia? Creo que como yo hay mucha gente, gracias

FERMINEITOR

Re: DISPONIBILIDAD Y CONDUCCION

Mensajepor FERMINEITOR » Sab Dic 25, 2010 12:20 am

Vamos a ver, que segun lo pones tu, y segun como yo estoy ahora mismo, lo veo muy borrosooooooo.....
Las JORNADAS DE TRABAJO, van desde el momento en que se comienza, hasta que se realiza un DESCANSO DIARIO.
Si tu jornada comienza a las 5:00 h, y una vez que haces las horas de conduccion que sea, haces 9 h. de DESCANSO, todo lo que hagas despues, ya corresponde a otra JORNADA DE TRABAJO, por tanto no se pueden sumar las horas que habias hecho antes del descanso a las que haces despues, pero ojo, siempre y cuando hagas DESCANSO, de un minimo de 9 h..
Por tanto, tu jefe tiene razon, y aunque te está haciendo trabajar mas de lo normal, NO ESTÁ obligandote a hacer nada ilegal.
Cosa distinta seria que te obligara a conducir, sin que hubieras hecho un periodo de descanso reglamentario (+ 9 h.).
Espero haberte ayudado, aunque no es mi mejor dia......jkajajajajajajajajajaja

ar

Re: DISPONIBILIDAD Y CONDUCCION

Mensajepor ar » Sab Dic 25, 2010 7:24 pm

Puntualizo que para que comienzes nueva jornada vale con un descanso de 7 horas, logicaménte ese descanso es una infracción con su correspondiente sanción, Fermi deja de pelearte con los langostinos que no te han hecho nada, jodido

FERMINEITOR

Re: DISPONIBILIDAD Y CONDUCCION

Mensajepor FERMINEITOR » Dom Dic 26, 2010 4:57 pm

Efectivamente "ar", tienes razon con lo de las 7 h., pero es unicamente a efectos del fin y del inicio de una nueva jornada de trabajo, pero hay que tomarselo con la mayor de las reservas, pues si esto es mal entendido o interpretado, puede confundirse con el hecho de que con hacer 7 h. ya es suficiente, y no es así.
El periodo minimo de descanso valido, como tal y que se debe de tomar en cuenta como inicio y fin de los periodos de trabajo es de 9 horas. El resto de "criterios", instrucciones varias, etc, son eso, solo eso, y no se pueden tener en cuenta como una norma general, sino como algo excepcional, y muy peligroso, ya que solo son de aplicacion en España.

ar

Re: DISPONIBILIDAD Y CONDUCCION

Mensajepor ar » Lun Dic 27, 2010 1:28 pm

Ya especifique lo de las 7 horas, que es una infracción antes bastaba con encontrar un periodo de una hora para contabilizar la jornada. La puntualización que has hecho sobre las salidas al extranjero son ciertas, lo que te permiten en España de más no te lo toleran en esos países que estan ahí arriva.


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