Saludos,y gracias de antemano
duda descanso semanal
-
camionero acongojado
duda descanso semanal
Tengo la siguiente duda: Si yo paro el camión a las 12.30 horas del Sábado..podría arrancar a las 16.00 horas del Domingo...sería esto un descanso semanal reducido no???.....la semana anterior lo hice de más de 45 horas...supongo y espero me confirmeis que se puede hacer así....pero es que tal como está el tema de la G.C. últimamente esto da panico....Que Horror compañeros.
Saludos,y gracias de antemano
Saludos,y gracias de antemano
-
Totem
Re: duda descanso semanal
Hola, claro que lo podrías hacer, seria un descanso semanal reducido y podrías devolverle el descanso no producido hasta en la 3 semana de producirse
-
FERMINEITOR
Re: duda descanso semanal
Naturalmente que puedes hacer ese descanso, aunque tienes que recuperar las horas que te faltan hasta las 45 normales.
Lo que tu haces es un descanso REDUCIDO, al ser de tan solo 27 h. y 30 min., que está permitido, ya que se considera descanso reducido, todo aquel inferior a 45 h. pero superior a 24 h.
En cualquiera de las tres semanas posteriores debes de compensar o recuperar, como quieras entenderlo, las horas que te faltan, en concreto te faltarian 17 h. y 30 min., las cuales debes de recuperarlas unidas o bien a otro descanso semanal, o bien unidas a un periodo de como minimo 9 h. de un descanso diario, por ejemplo, y por tanto en cualquiera de esas tres semanas posteriores, debes de tener, ademas del periodo de descanso semanal que te corresponda un periodo de como minimo 26 h. y 30 minutos, si lo unes a un descanso diario (9+17'30), o en su defecto 41 h. 30 min (24+17'30), o por ultimo 62 h. 30 min (45+17'30).
Otra cosa que tienes que tener en cuenta que la semana siguiente a la que haces un descanso reducido, NO PUEDES, hacer otro reducido, debes obligatoriamente hacer uno NORMAL, es decir de como minimo 45 h.
Espero que te haya quedado claro.
Lo que tu haces es un descanso REDUCIDO, al ser de tan solo 27 h. y 30 min., que está permitido, ya que se considera descanso reducido, todo aquel inferior a 45 h. pero superior a 24 h.
En cualquiera de las tres semanas posteriores debes de compensar o recuperar, como quieras entenderlo, las horas que te faltan, en concreto te faltarian 17 h. y 30 min., las cuales debes de recuperarlas unidas o bien a otro descanso semanal, o bien unidas a un periodo de como minimo 9 h. de un descanso diario, por ejemplo, y por tanto en cualquiera de esas tres semanas posteriores, debes de tener, ademas del periodo de descanso semanal que te corresponda un periodo de como minimo 26 h. y 30 minutos, si lo unes a un descanso diario (9+17'30), o en su defecto 41 h. 30 min (24+17'30), o por ultimo 62 h. 30 min (45+17'30).
Otra cosa que tienes que tener en cuenta que la semana siguiente a la que haces un descanso reducido, NO PUEDES, hacer otro reducido, debes obligatoriamente hacer uno NORMAL, es decir de como minimo 45 h.
Espero que te haya quedado claro.
Volver a “Sanciones tacógrafo”
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado