PARA FERMINEITOR.
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francis
Re: PARA FERMINEITOR.
SALUDOS A TODOS,E LEIDO EN UN BLOG QUE SE LLAMA TACOGRAFEROS ALGO ASI COMO QUE SE ATENUAN LAS INFRACCIONES POR NO CABER LAS 9HORAS DE DESCANSO EN LA JORNADA DE 24HORAS SIEMPRE QUE NO TE PASES DE LAS 9 O 10 HORAS DE CONDUCCION,ALGUEN SABE ALGO MAS NO LO HABIA ESCUCHADO NUNCA.TENGO UN CAMION DE REPARTOS HAY VECES QUE EMPIEZO A LAS 4 DE LA MAÑANA Y LLEGO A CAS A LAS 9 DE LA NOCHE CON 5HORAS DE CONDUCCION,TAMPOCO ME LO HABIA PLANTEADO DE OTRA FORMA SIEMPRE HAGO EL DESCANSO DE 9 O 11 HORAS EN CASA.GRACIAS A TODOS.
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FERMINEITOR
Re: PARA FERMINEITOR.
Como bien dices, si el descanso que efectuas, es inferior a las 9 h. minimas de descanso ininterrumpido, que marca el Reg CEEE 561/06, en las 24 horas siguientes al comienzo de la JORNADA LABORAL, es considerado como una infraccion, la cual sera graduada dependiendo de la minoracion efectuada.
Ahora bien, existen unos CRITERIOS de interpretacion de infracciones, segun los cuales, si en esa jornada de trabajo, no se han excedido los tiempos maximos de conduccion, es decir, si no se superan las 9 o 10 h. segun corresponda, de conduccion diaria, dicen esos criterios, que la infraccion de la minoracion del descanso dentro de las 24 h., si una vez superadas esas 24 h. se sigue descansando, sera atenuada. Esto quiere decir que el instrucctor del expediente, tendra en cuenta a la hora de cuantificar la sancion, si se han excedido las horas de conduccion y si una vez que se hayan superado las 24 h. se sigue descansando.
Pero habiendote explicado esto, viene cuando la matan......ESTO SON CRITERIOS, SOLO CRITERIOS, que NI SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO POR PARTE DEL INSTRUCTOR, y ni mucho menos obligan a los agentes a denunciar en base a ellos, y aunque lo hayas visto en ese Blog, es muy posible que JAMAS los veas reflejados en un documento oficial.
Los que andais al reparto, si bien no haceis muchas horas de conduccion diaria, las haceis muy mal, y entiendeme bien, estais todo el dia pringados para alla y para aca, y ni conducis mucho, pero mucho menos descansais en condiciones. Lo que siempre tienes que procurar hacer es que desde que te pares, te resten un minimo de 9 h. hasta que se cumplan las 24 h. del inicio.
Ya se que es algo dificil, pero si no lo haces asi te pueden denunciar.
Ahora bien, existen unos CRITERIOS de interpretacion de infracciones, segun los cuales, si en esa jornada de trabajo, no se han excedido los tiempos maximos de conduccion, es decir, si no se superan las 9 o 10 h. segun corresponda, de conduccion diaria, dicen esos criterios, que la infraccion de la minoracion del descanso dentro de las 24 h., si una vez superadas esas 24 h. se sigue descansando, sera atenuada. Esto quiere decir que el instrucctor del expediente, tendra en cuenta a la hora de cuantificar la sancion, si se han excedido las horas de conduccion y si una vez que se hayan superado las 24 h. se sigue descansando.
Pero habiendote explicado esto, viene cuando la matan......ESTO SON CRITERIOS, SOLO CRITERIOS, que NI SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO POR PARTE DEL INSTRUCTOR, y ni mucho menos obligan a los agentes a denunciar en base a ellos, y aunque lo hayas visto en ese Blog, es muy posible que JAMAS los veas reflejados en un documento oficial.
Los que andais al reparto, si bien no haceis muchas horas de conduccion diaria, las haceis muy mal, y entiendeme bien, estais todo el dia pringados para alla y para aca, y ni conducis mucho, pero mucho menos descansais en condiciones. Lo que siempre tienes que procurar hacer es que desde que te pares, te resten un minimo de 9 h. hasta que se cumplan las 24 h. del inicio.
Ya se que es algo dificil, pero si no lo haces asi te pueden denunciar.
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Tacograferos
Re: PARA FERMINEITOR.
francis escribió:SALUDOS A TODOS,E LEIDO EN UN BLOG QUE SE LLAMA TACOGRAFEROS ALGO ASI COMO QUE SE ATENUAN LAS INFRACCIONES POR NO CABER LAS 9HORAS DE DESCANSO EN LA JORNADA DE 24HORAS SIEMPRE QUE NO TE PASES DE LAS 9 O 10 HORAS DE CONDUCCION,ALGUEN SABE ALGO MAS NO LO HABIA ESCUCHADO NUNCA.TENGO UN CAMION DE REPARTOS HAY VECES QUE EMPIEZO A LAS 4 DE LA MAÑANA Y LLEGO A CAS A LAS 9 DE LA NOCHE CON 5HORAS DE CONDUCCION,TAMPOCO ME LO HABIA PLANTEADO DE OTRA FORMA SIEMPRE HAGO EL DESCANSO DE 9 O 11 HORAS EN CASA.GRACIAS A TODOS.
Buenas a Tod@s
Me gustaría saber donde ha leido UD., esa afirmación en mi Blog...gracias
Un saludo
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FERMINEITOR
Re: PARA FERMINEITOR.
La peña "ha oido" o "le han dicho", cositas, y luego dice que lo "ha visto", escrito en algun que otro Blog.
La verdad es que yo no lo he visto en tu Blog, aunque conozca el asunto, ya me entiendes.
La verdad es que yo no lo he visto en tu Blog, aunque conozca el asunto, ya me entiendes.
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ar
Re: PARA FERMINEITOR.
Hoy voy a intervenir aunque últimamente lo hago poco, hace dias intervine por que negaban lo de la descarga de la tarjeta de conductor a los 28 días y puse el reglamento que lo regula, no es de oidas. Efectivamente en la pagina de tacograferos, pagina de Fulgencio a la que soy asiduo entre otras cosas por su altruismo,caso parecido al de Fermin, no figura nada al respecto mas que nada por que sólo son criterios. Pero no es menos cierto que los ha publicado fenadismer en su pagina web, en mi opinión si no está refrendado por Fomento no deberían haberlos publicado ya que llevan a error a los transportistas, por otra parte también sirven para aportar algo al pliego de alegaciones si el instructor quiere tenerlos en cuenta.Ejemplo. un compañero, comienza jornada a las 6 de la mañana y debe descansar a las 23, conducción diaria, no os cachondeis, 3 horas, para a las 23. 45 y realiza un descanso semanal de 56 horas. En León. Aquí creo que si que deberían aplicarle los indices correctores o denunciarlo por vago.
Esto lo descarge de FENADISMER, que suelen meter la patita de vez en cuando.
Se rebaja la gravedad de algunas infracciones de transporte
jueves, 22 julio 2010
La Inspección de Transporte rebaja la gravedad de algunas infracciones de transporte.
Los nuevos criterios serán aplicados por el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas.
En base a la solicitud que previamente habíamos remitido las asociaciones nacionales de transportistas que conformamos el Comité Nacional de Transporte por Carretera, el Grupo de Trabajo de Inspección formado por el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas han acordado modificar sus criterios sancionadores respecto a algunas infracciones en materia de transporte, que se aplicarán a partir de ahora:
1) Carecer de tacógrafo digital: no se sancionará a los vehículos que no lo llevaban instalado antes del 1 de mayo de 2006.
2) No pasar la revisión del tacógrafo: si se revisa en el plazo de 3 meses desde que caducó, la infracción se reduce de 1501 euros a 201 euros.
3) Carencia de discos tacógrafo a bordo del vehículo: si se aportan en un plazo de 15 días y no se detectan infracciones, la infracción se reduce de 2001 euros a 401 euros.
4) Carencia de papel para impresión de actividades del conductor: si no se detectan infracciones, la infracción se reduce de 1501 a 301 euros.
5) Utilización de discos tacógrafos no homologados con el aparato tacógrafo: se sancionará con simple apercibimiento.
6) Descanso diario: se atenúa la infracción en caso de no haber exceso de conducción, si sigue descansando al cumplirse 24 horas desde el inicio de la jornada.
7) No llevar a bordo certificado de conductor de terceros países: si el conductor cumplía los requisitos pero no se solicitó, se rebaja la sanción de 1201 euros a 201 euros. Su había previamente solicitado el certificado y no lo ha obtenido, no se le sanciona.
Contratar con intermediarios o transportistas autorizados: si no han realizado el visado de transporte de su autorización que poseen, no será sancionada la empresa que los contrate.
9) No llevar extintores en correcto uso: el agente denunciante deberá detallar esas condiciones de no correcto uso, no siendo sancionado en caso contrario.
Esto lo descarge de FENADISMER, que suelen meter la patita de vez en cuando.
Se rebaja la gravedad de algunas infracciones de transporte
jueves, 22 julio 2010
La Inspección de Transporte rebaja la gravedad de algunas infracciones de transporte.
Los nuevos criterios serán aplicados por el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas.
En base a la solicitud que previamente habíamos remitido las asociaciones nacionales de transportistas que conformamos el Comité Nacional de Transporte por Carretera, el Grupo de Trabajo de Inspección formado por el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas han acordado modificar sus criterios sancionadores respecto a algunas infracciones en materia de transporte, que se aplicarán a partir de ahora:
1) Carecer de tacógrafo digital: no se sancionará a los vehículos que no lo llevaban instalado antes del 1 de mayo de 2006.
2) No pasar la revisión del tacógrafo: si se revisa en el plazo de 3 meses desde que caducó, la infracción se reduce de 1501 euros a 201 euros.
3) Carencia de discos tacógrafo a bordo del vehículo: si se aportan en un plazo de 15 días y no se detectan infracciones, la infracción se reduce de 2001 euros a 401 euros.
4) Carencia de papel para impresión de actividades del conductor: si no se detectan infracciones, la infracción se reduce de 1501 a 301 euros.
5) Utilización de discos tacógrafos no homologados con el aparato tacógrafo: se sancionará con simple apercibimiento.
6) Descanso diario: se atenúa la infracción en caso de no haber exceso de conducción, si sigue descansando al cumplirse 24 horas desde el inicio de la jornada.
7) No llevar a bordo certificado de conductor de terceros países: si el conductor cumplía los requisitos pero no se solicitó, se rebaja la sanción de 1201 euros a 201 euros. Su había previamente solicitado el certificado y no lo ha obtenido, no se le sanciona.
9) No llevar extintores en correcto uso: el agente denunciante deberá detallar esas condiciones de no correcto uso, no siendo sancionado en caso contrario.
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FRANCIS
Re: PARA FERMINEITOR.
FERMINEITOR escribió:La peña "ha oido" o "le han dicho", cositas, y luego dice que lo "ha visto", escrito en algun que otro Blog.
La verdad es que yo no lo he visto en tu Blog, aunque conozca el asunto, ya me entiendes.
hola a todos por alusiones.no entro normalmente en el foro,pero lo leo a diario(EL LUNES 2/8/2010 Y PUBLICADO POR FULGENCIO CON EL TITULO REBAJAS EN LAS INFRACCIONES DE TRANSPORTES),el que quiera lo puede leer,que son fuentes de fenadismer del otro o del de la moto me parece muy bien,quiero dejar claro que ni lo he oido ni me lo an dicho,de todas formas era una duda y te lo pregunte a ti fermineitor cuando quieras lo lees y tu personalmente le contestas a fulgencio.saludos a todos
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FERMINEITOR
Re: PARA FERMINEITOR.
Lamento mucho que te hayas molestado, lo siento.
Como ya te dije en el post, del dia 04-11-10, todo lo que podamos hablar sobre rebajas, descuentos, reducciones, son CRITERIOS, que ni estan ni van a estar por escrito oficialmente. Tu tienes que trabajar, y tienes que tener en cuenta solamente lo que dice la normativa vigente, y publicada al respecto. El resto de cosas, seran de aplicacion o no, dependiendo del instructor, dela CCAA de procedimiento, etc, lo cual quiere decir, que de nada sirve que en una comunidad te hagan tal o cual rebaja, si enla de al lado, no te lo hacen, o no tienen en cuenta algun que otro criterio.
Espero que ahora si te haya contestado.
Como ya te dije en el post, del dia 04-11-10, todo lo que podamos hablar sobre rebajas, descuentos, reducciones, son CRITERIOS, que ni estan ni van a estar por escrito oficialmente. Tu tienes que trabajar, y tienes que tener en cuenta solamente lo que dice la normativa vigente, y publicada al respecto. El resto de cosas, seran de aplicacion o no, dependiendo del instructor, dela CCAA de procedimiento, etc, lo cual quiere decir, que de nada sirve que en una comunidad te hagan tal o cual rebaja, si enla de al lado, no te lo hacen, o no tienen en cuenta algun que otro criterio.
Espero que ahora si te haya contestado.
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francis
Re: PARA FERMINEITOR.
FERMINEITOR escribió:Lamento mucho que te hayas molestado, lo siento.
Como ya te dije en el post, del dia 04-11-10, todo lo que podamos hablar sobre rebajas, descuentos, reducciones, son CRITERIOS, que ni estan ni van a estar por escrito oficialmente. Tu tienes que trabajar, y tienes que tener en cuenta solamente lo que dice la normativa vigente, y publicada al respecto. El resto de cosas, seran de aplicacion o no, dependiendo del instructor, dela CCAA de procedimiento, etc, lo cual quiere decir, que de nada sirve que en una comunidad te hagan tal o cual rebaja, si enla de al lado, no te lo hacen, o no tienen en cuenta algun que otro criterio.
Espero que ahora si te haya contestado.
no pasa nada fermineitor,de todas formas da igual criterios y demas.lo que yo quiero es que cuando puedas visites tacograferos y leas el comentario de marras.veras como es verdad.estoy seguro que el que entro en el foro con el nick tacogrferos no era fulgencio.nada chicos un saludo ADIOS ADIOS-
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4220
Re: PARA FERMINEITOR.
FRANCIS escribió:FERMINEITOR escribió:La peña "ha oido" o "le han dicho", cositas, y luego dice que lo "ha visto", escrito en algun que otro Blog.
La verdad es que yo no lo he visto en tu Blog, aunque conozca el asunto, ya me entiendes.
hola a todos por alusiones.no entro normalmente en el foro,pero lo leo a diario(EL LUNES 2/8/2010 Y PUBLICADO POR FULGENCIO CON EL TITULO REBAJAS EN LAS INFRACCIONES DE TRANSPORTES),el que quiera lo puede leer,que son fuentes de fenadismer del otro o del de la moto me parece muy bien,quiero dejar claro que ni lo he oido ni me lo an dicho,de todas formas era una duda y te lo pregunte a ti fermineitor cuando quieras lo lees y tu personalmente le contestas a fulgencio.saludos a todos
tienes toda la razon francis.yo tambien lo he leido en tacograferos me interesa porque yo tambien ando al reparto,pone practicamente lo mismo que a puesto AR,el de tacograferos sera un pirata capuyo con seguridad que no es fulgencio.pero lo que no me explico es como a salido fermineitor con que unos oyen y otros dicen que lo an leido,esta claro que entre bomberos no se pisan la manguera..por cierto yo hago lo mismo que tu empiezo y cuando termino pues termino,luego descanso en casa,no es que sea un pirata es que no tengo cama.saludos a todos pedazo de foro..........
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Tacograferos
Re: PARA FERMINEITOR.
Hola a Tod@s
Ruego me disculpen por la intromisión en su Foro para poner en duda un comentario de un forero sobre el Blog Tacograferos.
Rectificar es de sabios...el Forero Francis tiene toda la razón y confirmo que el comentario está realizado en una contestación posterior a una entrada del Blog. Creí que el comentario se refería a otro asunto que no viene al caso.
Aprovecho para felicitar a Fermineitor por su trabajo en este Foro...un trabajo de incalculable valor para todos los que trabajais en la Ruta..y reafirmo su palabras...los criterios de Fomento son eso "criterios" vosotros teneís que ajustaros a la norma, el Rtº 561, porque cuando salgais de España es el que se os va aplicar.
Invitaros a visitar mi Blog, que dicho sea de paso, está en la misma línea de Fermineitor, ayudar al profesional del volante.
Salud@s
Ruego me disculpen por la intromisión en su Foro para poner en duda un comentario de un forero sobre el Blog Tacograferos.
Rectificar es de sabios...el Forero Francis tiene toda la razón y confirmo que el comentario está realizado en una contestación posterior a una entrada del Blog. Creí que el comentario se refería a otro asunto que no viene al caso.
Aprovecho para felicitar a Fermineitor por su trabajo en este Foro...un trabajo de incalculable valor para todos los que trabajais en la Ruta..y reafirmo su palabras...los criterios de Fomento son eso "criterios" vosotros teneís que ajustaros a la norma, el Rtº 561, porque cuando salgais de España es el que se os va aplicar.
Invitaros a visitar mi Blog, que dicho sea de paso, está en la misma línea de Fermineitor, ayudar al profesional del volante.
Salud@s
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AR
Re: PARA FERMINEITOR.
Fermi no te ha puesto más que la verdad, a mí me lo han contado y me lo han interpretado cuarenta veces todas diferentes y fué a raiz de una denuncia a un compañero cuando decidí no volver a abrir la boca en un bar, sólo para pedir un café y poco más. Ese parrafo lo bajé de Fenadismer pero en mi opinión no sirve más que para confundir. Leete las normas orientativas que estan en la pagina de fomento. Y si tienes dudas llama a los servicios de inspección que te atenderán gustosamente. un saludo
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francis
Re: PARA FERMINEITOR.
AR escribió:Fermi no te ha puesto más que la verdad, a mí me lo han contado y me lo han interpretado cuarenta veces todas diferentes y fué a raiz de una denuncia a un compañero cuando decidí no volver a abrir la boca en un bar, sólo para pedir un café y poco más. Ese parrafo lo bajé de Fenadismer pero en mi opinión no sirve más que para confundir. Leete las normas orientativas que estan en la pagina de fomento. Y si tienes dudas llama a los servicios de inspección que te atenderán gustosamente. un saludo
ar tiienes razon.no quiero ser borde pero de lo que se trata no es de leer o no leer pagina de fomento o su putamadre.se trata de que yo lei una cosa en tacograferos consulte a fermineitor el me conteto muy bien po cierto y despues de todo pusieron en duda que si lo havia leido o lo habia escuchado en un bar de carreteras o donde fuese,te puedo asegurar que soy camionero antiguo y si de algo no hablo es de 9h 11h o otras tonterias del trabajo salgo de mi casa para hacer la faena y punto.saludos y buen puente hastalueguito.
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ar
Re: PARA FERMINEITOR.
El problema es que los sindicatos quieren vender lo que es invendible, generando confunsión a la gente. Entra en la pagina de fomento y mira las normas orientativas que son de mucho interés para todo el mundo. A veces hacemos gilipolladas con el tacógrafo por desconocimiento de las normas. Lo mismo que me fastidia cuando le mandan algún recadito a Fermi o Fulgencio, cuando las normas no las ponen ellos y precisamente según se explican, no se limitan a sancionar. Creo que para ambos es una perdida de tiempo hacer un blog o estar pendientes de esta pagina de forma desinteresada. Por cierto conocí la pagina tacograferos por un guardia de transportes que me habló de ella, te hace publicidad de la buena Fulgencio.
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