sancion tacografo averiado

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
manolo ruiz

sancion tacografo averiado

Mensajepor manolo ruiz » Jue Jun 15, 2006 10:26 pm

hola. conduzco un autobus y un agente redactó dos multas: una a la empresa por estar el tacógrafo averiado desde hacía más de un mes. y otra a mi por no haber puesto en la parte de atrás del disco "averiado", y no hacer anotaciones manuales. El agente no puso el importe en las multas porque decía que es tráfico quien fijaría la cuantía. Además me dijo que de la multa que me puso a mi tambien se hacía cargo la empresa y yo no sería el que tendría que pagarla. Por supuesto no me creo nada de lo que me dijo este agente. Si alguien puede aclararme, gracias.

Invitado

Mensajepor Invitado » Jue Jul 20, 2006 6:55 am

Que poca fe tienes en los "puntitos". Pues te dijo bien. Las multas en principio irán a la empresa, pero no por tráfico sino por transportes, con lo que van a ser unos buenos sablazos. Aquí no tengo el baremo pero para que entre las 2 sumen casi 6000 euros no hará falta mucho.

Otra cosa es que la empresa diga que la multa de no hacer las anotaciones era cosa tuya y te la descuente de la nómina o te amenacen con despedirte si no te haces cargo de ella.

FAVG

Mensajepor FAVG » Mar Feb 05, 2008 12:53 pm

Los expedientes sancionadores se seguirán contra los denunciados en cada uno de los boletines, al margen de las decisiones de la empresa al respecto que pueda tomar.

En todo caso, y como punto de partida, habida cuenta lo elevado de este tipo de infracciones es recomendable entrar a discutir el fondo del asunto (la infracción propiamente dicha) mediante la presentación de alegaciones y proposición de pruebas y mediante la presentación del correspondiente recurso hasta agotar la vía administrativa, y ello por muchas razones:

1ª.- El alargamiento del procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, puede implicar, como frecuentemente sucede en materia de transporte, que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).

2ª.- En muchas ocasiones, como puede ser su caso, las sanciones son desproporcionadas y no respetan los criterios legales de graduación de las mismas, por lo que no recurrir a tiempo poniendo de manifiesto a la Administración las circunstancias que justifican una sanción menor supone asumir una sanción a todas luces fuera de la proporcionalidad que exige la Ley.

Para cualquier sugerencia o aclaración puede visitar nuestra web: www. +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ . com

Un Saludo.


Última reactivación por Anonymous en Mar Feb 05, 2008 12:53 pm


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