multa por no insertar la tarjeta de tacografo

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
pikas

multa por no insertar la tarjeta de tacografo

Mensajepor pikas » Mar Nov 04, 2008 2:43 pm

Buenas , conduzco un camión porta-contenedores de escombro , esta mañana he llegado tarde al trabajo y con las prisas se me a olvidado de meter la tarjeta en el tacografo , no hago na mas que salir de la nave y a 3 kilometros , me para la guardia civil , revisan todo y ven la tarjeta fuera del tacografo , me han multado por no llevarla metida , ¿hay algo que pueda alegar?

me han dicho que el camión porta-contenedores se considera servicio urbano , ¿esto quiere decir que estoy exento de llevar tacografo? a sido en madrid

si no puedo alegar nada ¿ de cuanto es la multa ?

gracias

triana
Mensajes: 27
Registrado: Jue Feb 12, 2009 2:44 pm

Re: multa por no insertar la tarjeta de tacografo

Mensajepor triana » Jue Feb 12, 2009 6:48 pm

creo que lo tienes negro eso pienso yo que es manipulacion,suelen ser caras i ademas tienen puntos

Agente

Re: multa por no insertar la tarjeta de tacografo

Mensajepor Agente » Jue Feb 12, 2009 9:47 pm

pikas escribió:Buenas , conduzco un camión porta-contenedores de escombro , esta mañana he llegado tarde al trabajo y con las prisas se me a olvidado de meter la tarjeta en el tacografo , no hago na mas que salir de la nave y a 3 kilometros , me para la guardia civil , revisan todo y ven la tarjeta fuera del tacografo , me han multado por no llevarla metida , ¿hay algo que pueda alegar?

me han dicho que el camión porta-contenedores se considera servicio urbano , ¿esto quiere decir que estoy exento de llevar tacografo? a sido en madrid

si no puedo alegar nada ¿ de cuanto es la multa ?

gracias


Bajo mi opinión estás exento de utilizar el tacógrafo, te explico:

Por un lado el Reglamento 561/2006 dice en su artículo 13 h) que están exentos los...........:

h) vehículos utilizados en el ámbito de los servicios de alcantarillado, de protección contra las inundaciones, de
abastecimiento de agua y de mantenimiento de las redes de gas y de electricidad, de mantenimiento y control de
carreteras, de recogida de basura a domicilio y de eliminación de residuos, servicios de telégrafos y teléfonos,
de teledifusión y radiodifusión, de detección de receptores y transmisores de radio y televisión;

y por otro lado el RD 640/2007 establece en su artículo 2 que están exentos los.............:

d) Transportes realizados para la eliminación de residuos de carácter urbano íntegramente comprendidos en
un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehículo.

Como verás por lo expuesto, bajo mi opinión estás exento de la utilización del tacógrafo, por lo tanto yo recurriría por lo expuesto anteriormente.

Suerte

ALICATE

Re: multa por no insertar la tarjeta de tacografo

Mensajepor ALICATE » Mar May 05, 2009 9:17 pm

No está exento de tacógrafo. El escombro no es un residuo urbano, sino industrial, y la sanción son 3301 euros.



Agente escribió:
pikas escribió:Buenas , conduzco un camión porta-contenedores de escombro , esta mañana he llegado tarde al trabajo y con las prisas se me a olvidado de meter la tarjeta en el tacografo , no hago na mas que salir de la nave y a 3 kilometros , me para la guardia civil , revisan todo y ven la tarjeta fuera del tacografo , me han multado por no llevarla metida , ¿hay algo que pueda alegar?

me han dicho que el camión porta-contenedores se considera servicio urbano , ¿esto quiere decir que estoy exento de llevar tacografo? a sido en madrid

si no puedo alegar nada ¿ de cuanto es la multa ?

gracias


Bajo mi opinión estás exento de utilizar el tacógrafo, te explico:

Por un lado el Reglamento 561/2006 dice en su artículo 13 h) que están exentos los...........:

h) vehículos utilizados en el ámbito de los servicios de alcantarillado, de protección contra las inundaciones, de
abastecimiento de agua y de mantenimiento de las redes de gas y de electricidad, de mantenimiento y control de
carreteras, de recogida de basura a domicilio y de eliminación de residuos, servicios de telégrafos y teléfonos,
de teledifusión y radiodifusión, de detección de receptores y transmisores de radio y televisión;

y por otro lado el RD 640/2007 establece en su artículo 2 que están exentos los.............:

d) Transportes realizados para la eliminación de residuos de carácter urbano íntegramente comprendidos en
un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehículo.

Como verás por lo expuesto, bajo mi opinión estás exento de la utilización del tacógrafo, por lo tanto yo recurriría por lo expuesto anteriormente.

Suerte

Agente

Re: multa por no insertar la tarjeta de tacografo

Mensajepor Agente » Mar May 05, 2009 11:25 pm

ALICATE escribió:No está exento de tacógrafo. El escombro no es un residuo urbano, sino industrial, y la sanción son 3301 euros.



Agente escribió:
pikas escribió:Buenas , conduzco un camión porta-contenedores de escombro , esta mañana he llegado tarde al trabajo y con las prisas se me a olvidado de meter la tarjeta en el tacografo , no hago na mas que salir de la nave y a 3 kilometros , me para la guardia civil , revisan todo y ven la tarjeta fuera del tacografo , me han multado por no llevarla metida , ¿hay algo que pueda alegar?

me han dicho que el camión porta-contenedores se considera servicio urbano , ¿esto quiere decir que estoy exento de llevar tacografo? a sido en madrid

si no puedo alegar nada ¿ de cuanto es la multa ?

gracias


Bajo mi opinión estás exento de utilizar el tacógrafo, te explico:

Por un lado el Reglamento 561/2006 dice en su artículo 13 h) que están exentos los...........:

h) vehículos utilizados en el ámbito de los servicios de alcantarillado, de protección contra las inundaciones, de
abastecimiento de agua y de mantenimiento de las redes de gas y de electricidad, de mantenimiento y control de
carreteras, de recogida de basura a domicilio y de eliminación de residuos, servicios de telégrafos y teléfonos,
de teledifusión y radiodifusión, de detección de receptores y transmisores de radio y televisión;

y por otro lado el RD 640/2007 establece en su artículo 2 que están exentos los.............:

d) Transportes realizados para la eliminación de residuos de carácter urbano íntegramente comprendidos en
un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehículo.

Como verás por lo expuesto, bajo mi opinión estás exento de la utilización del tacógrafo, por lo tanto yo recurriría por lo expuesto anteriormente.

Suerte



Hola Alicate, me podrías decir donde viene eso de que el escombro es un residuo industrial?


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